Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria Piedra Amarilla Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 avr. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-04-05Voir le PDF (CVE 2475625)

Informations sociétaires

Ltda
Viña del Mar, Valparaíso
Durée: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administration: El uso de la razón social y la administración corresponderá a don Pascal Andres Luis David Rocca y a don Sebastián Patricio José Arenas Rivas, de forma individual e indistinta, y anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada.

Objet social

A) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados y con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. B) La prestación de servicios de gestión inmobiliaria, pudiendo celebrar contractos de prestación de servicios y brindar asesorías en toda clase de materiales relacionadas a las inmobiliarias. Y, C) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros.

Capital

Capital total

$27.054.545

Capital libéré

$26.784.000

Capital restant dû

$270.545

Associés (2)

NomParticipation

INMOBILIARIA DON HOMERO SpA

Socio

76.997.037-1

99%

SEBASTIÁN PATRICIO JOSÉ ARENAS RIVAS

Socio

13.xxx.xxx-4

1%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico que: por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2024, comparecen: (I) INMOBILIARIA DON HOMERO SpA, RUT N°76.997.037-1, domiciliada en calle Angamos N°152, Reñaca, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso; y, (II) SEBASTIÁN PATRICIO JOSÉ ARENAS RIVAS, C.I. N°13.851.714-4, domiciliado en Avenida Bosques de Montemar N°65, oficina 1.201, ciudad y comuna de Concón, Región de Valparaíso; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social será INMOBILIARIA PIEDRA AMARILLA LIMITADA. DOMICILIO: Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social y la administración corresponderá a don Pascal Andres Luis David Rocca y a don Sebastián Patricio José Arenas Rivas, de forma individual e indistinta, y anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: $27.054.545, que los socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) INMOBILIARIA DON HOMERO SpA, aporta la cantidad de $26.784.000, equivalentes al 99% de los derechos sociales, los cuales paga en especies en el acto de constitución, conforme se indica en escritura extractada; y (II) SEBASTIÁN PATRICIO JOSÉ ARENAS RIVAS, aporta la cantidad de $270.545, equivalentes al 1% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados y con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. B) La prestación de servicios de gestión inmobiliaria, pudiendo celebrar contractos de prestación de servicios y brindar asesorías en toda clase de materiales relacionadas a las inmobiliarias. Y, C) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2024.

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  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA PIEDRA AMARILLA LIMITADA

    CVE 2475625

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