Société par actions

Inmobiliaria El Portal II SpA

CONSTITUCIÓN — 12 juin 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-06-12Voir le PDF (CVE 2504861)

Informations sociétaires

SpA
Temuco, Araucanía
Administration: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Echavarri Fernández, a don Jorge Sebastián Sandoval Álvarez y a don Ricardo Guillermo García Migueles, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, podrán representar a la sociedad con amplias atribuciones, detalladas en escritura extractada, sin perjuicio de tener que actuar los tres administradores conjuntamente en los casos estipulados en la escritura extractada.

Objet social

El objeto de la Sociedad será: /a/ el desarrollo de inversiones inmobiliarias, compra, venta, explotación y arrendamiento de bienes raíces; el desarrollo de proyectos inmobiliarios y/o cualesquiera otras actividades semejantes, accesorias o relacionadas a las anteriores; la construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, por cuenta propia o ajena; y toda otra actividad o negocio relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; /b/ efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; el otorgamiento y la obtención de financiamiento de terceros mediante la celebración de operaciones de crédito de dinero u otros actos o contratos conducentes al mismo fin. Los negocios incluidos en el objeto social podrán ser desarrollados en forma directa, o indirectamente a través de otras sociedades que constituya o adquiera, total o parcialmente.

Capital

Capital total

$23.000.000

Actions

2 300

Texte officiel de l’extrait

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, piso 1, comuna y ciudad de Temuco, certifica que: Por escritura pública otorgada con fecha 17 de abril de 2024, Repertorio N° 4134-24, ante mí, don Roberto René Pizarro Wolf, la sociedad Comercial Decorene Limitada, don Leonardo Gonzalo García Echavarri, la sociedad Inversiones Entrepuertos Limitada, don José Miguel García Echavarri, doña Carmen Gloria Canseco Canseco, don Tomás Enrique Echavarri Peña, don Tomás Echavarri Fernández, don Simón Gabriel Toro Garretón, don Álvaro Javier Sandoval Trombert, don Alejandro Brandt Jara, doña Graciela Cecilia Mora Castillo, don José Antonio Eduardo Pardo Alarcón, don Rodrigo Javier Peña Puig, don Mario Antonio García García, don José Rosenberg Villarroel y doña Gloria María Luisa Sanguineti Viertel, constituyeron, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: 1) Nombre o Razón Social: "Inmobiliaria El Portal II SpA". La sociedad podrá obrar frente a bancos y terceros con el nombre de fantasía “El Portal II SpA”.- 2) Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ el desarrollo de inversiones inmobiliarias, compra, venta, explotación y arrendamiento de bienes raíces; el desarrollo de proyectos inmobiliarios y/o cualesquiera otras actividades semejantes, accesorias o relacionadas a las anteriores; la construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, por cuenta propia o ajena; y toda otra actividad o negocio relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; /b/ efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones de sociedades, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, todo ello tanto en Chile como en el extranjero; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; el otorgamiento y la obtención de financiamiento de terceros mediante la celebración de operaciones de crédito de dinero u otros actos o contratos conducentes al mismo fin. Los negocios incluidos en el objeto social podrán ser desarrollados en forma directa, o indirectamente a través de otras sociedades que constituya o adquiera, total o parcialmente.- 3) Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $23.000.000, dividido en 2.300 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y se pagarán dentro del plazo indicado en el artículo primero transitorio de la escritura extractada.- 4) Administración: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Echavarri Fernández, a don Jorge Sebastián Sandoval Álvarez y a don Ricardo Guillermo García Migueles, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos, podrán representar a la sociedad con amplias atribuciones, detalladas en escritura extractada, sin perjuicio de tener que actuar los tres administradores conjuntamente en los casos estipulados en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Temuco, 10 de junio de 2024.

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