Société par actions

Inmobiliaria E Inversiones Terra SpA

CONSTITUCIÓN — 18 nov. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-11-18Voir le PDF (CVE 1683127)

Informations sociétaires

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Durée: Indefinida
Administration: La administración y uso de la razón social corresponderá a uno o más Administradores, elegidos en forma indefinida o por un plazo determinado por los Accionistas, ya sea en junta por acuerdo adoptado con el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto o por medio de escritura pública suscrita por todos ellos. Los administradores representarán a la sociedad válidamente con las más amplias facultades, judiciales y extrajudiciales. Administrador suplente con limitación de actuación conjunta con Vladymir Salvador Pizarro Navia para ciertos actos.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto: A) Por si o a través de terceros, la compra, venta, arrendamiento, loteo, construcción y en general la realización y administración por cuenta propia o ajena de toda clase de inversiones inmobiliarias. B) Efectuar, por si o a través de terceros, en el país o en el extranjero inversiones en toda clase de bienes muebles y/o inmuebles, corporales o incorporales. Para estos efectos, la sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de instrumentos financieros expresados en moneda extranjera o nacional, acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios y percibir sus frutos y rentas.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

2 000

Associés (1)

NomParticipation

REINALDO MARCELINHO NAVIA AMADOR

Accionista

100%

Représentation légale (1)

Texte officiel de l’extrait

EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Viña del Mar, Av. Libertad 901, local A, certifico: Por escritura pública ante mí, 08 de noviembre de 2019, Repertorio N° 948/2019, REINALDO MARCELINHO NAVIA AMADOR, futbolista profesional, domiciliado en Justo Sierra número dos mil ochocientos cuarenta y ocho interior diez, Colonia Vallarta Norte, Estados Unidos Mexicanos, representado en este acto por don Vladymir Salvador Pizarro Navia, abogado, domiciliado en calle Siete Norte, número seiscientos cuarenta y cinco, oficina seiscientos ocho, Edificio Centro Libertad, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, constituyó una sociedad por acciones cuyas clausulas a extractar son: RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRA SpA”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y/o de publicidad el nombre de fantasía y para obligarla válidamente bajo el nombre abreviado o de fantasía de “INMOBILIARIA TERRA SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: A) Por si o a través de terceros, la compra, venta, arrendamiento, loteo, construcción y en general la realización y administración por cuenta propia o ajena de toda clase de inversiones inmobiliarias. B) Efectuar, por si o a través de terceros, en el país o en el extranjero inversiones en toda clase de bienes muebles y/o inmuebles, corporales o incorporales. Para estos efectos, la sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de instrumentos financieros expresados en moneda extranjera o nacional, acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios y percibir sus frutos y rentas. USO DE LA RAZÓN SOCIAL, ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá a uno o más Administradores, elegidos en forma indefinida o por un plazo determinado por los Accionistas, ya sea en junta por acuerdo adoptado con el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto o por medio de escritura pública suscrita por todos ellos, cargo para el cual no se requerirá ser accionista de la sociedad, así, estos administradores, quienes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad válidamente con las más amplias facultades, judiciales y extrajudiciales, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la totalidad de los accionistas actuando en conjunto y a la junta de accionistas. Sin que forme parte de los estatutos, el accionista por medio de este instrumento público, viene en designar como Administrador/es de la sociedad a REINALDO MARCELINHO NAVIA AMADOR de la siguiente manera: Uno) Designación de Administrador y gerente general.- Se designa como Administrador de la sociedad y gerente general, por un plazo indefinido, a don REINALDO MARCELINHO NAVIA AMADOR, quedando facultado desde esta fecha y de manera indefinida para ejecutar todos los actos, celebrar todos los contratos y realizar los gastos, adquisiciones e inversiones y actuar con todas las atribuciones que estos estatutos le confieren.- Dos) Designación de Administrador suplente. En caso de ausencia, impedimento, o incapacidad de don REINALDO MARCELINHO NAVIA AMADOR, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración será ejercida por la persona a quien designe mediante escritura publica quien quedará investido con todas las facultades indicadas en la cláusula décimo segunda de los estatutos, con las siguientes limitaciones: a) Para todos los actos, contratos y actuaciones en que el representante requiera ejercer la facultad de autocontratar, y b) para cualquier acto, contrato, o actuación individualmente considerado de la sociedad, que implique una enajenación, endeudamiento, pago, y/o contraer cualquier clase de obligación principal o accesoria, real o personal, mayor a cinco mil Unidades de Fomento, deberá actuar conjuntamente con don VLADYMIR SALVADOR PIZARRO NAVIA. Artículo Tercero Transitorio. DOMICILIO: Viña del Mar, República de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL: $2.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal, las que suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ingresados en este acto a las arcas sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, A 14 de noviembre de 2019.

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