Société par actions

Inmobiliaria e Inversiones Santa Amalia SpA

CONSTITUCIÓN — 7 juil. 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-07-07Voir le PDF (CVE 1973207)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO JOSE TAGLE GALILEA, a don MATIAS OSVALDO ERRÁZURIZ MOLINA, y a doña LORETO GARCIA - HUIDOBRO TORRES, quienes actuando separada e indistintamente por la sociedad la obligarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario, con limitaciones para enajenar inmuebles, acciones o derechos sociales y para contraer endeudamiento superior a USD 20.000, casos en que se requiere la firma de dos representantes legales.

Objet social

Realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país y/o el extranjero las siguientes actividades: A) La adquisición, enajenación, comercialización, permuta, consignación, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación; loteo, subdivisión, construcción y urbanización bienes raíces urbanos o rurales, cuenta propia o ajena; asesoría y gestión inmobiliaria todas sus formas, a través promoción, tasación, corretaje, administración de inmuebles todas sus formas, a través de promoción, tasación, corretaje, administración de inmuebles o conjunto de ellos y percepción de sus frutos; desarrollo proyectos inmobiliarios, realización de loteos y obras de urbanización; inversión en bienes raíces urbanos y rurales, edificados y plantados o no, como en bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y cualquier tipo de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; y B) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como acciones, bonos, debentures y en general, invertir en cualquiera clase de valore mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad por acciones podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada y en general cualquier otra actividad relacionada con el giro no existiendo ningún tipo de restricción en el pacto social al respecto.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (4)

NomParticipation

INMOBILIARIA PINAMAR S.A.

Accionista

26.7%

COMERCIAL ASESORIAS E INVERSIONES PUDONG SpA

Accionista

40%

AGRÍCOLA INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PEDRO SpA

Accionista

20%

INVERSIONES E INMOBILIARIA EL ROSARIO LIMITADA

Accionista

13.3%

Texte officiel de l’extrait

ALVARO GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 02 de julio de 2021, Repertorio N° 27.869-2021, COMERCIAL ASESORIAS E INVERSIONES PUDONG SpA, representada por Eduardo Jose Tagle Galilea, Avenida Bello Horizonte 869 of 124 Rancagua, Región del Libertador Bernardo O´higgins; AGRÍCOLA INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PEDRO SpA, representada por Matias Osvaldo Errázuriz Molina, Sector B Parcela número Diez sin número, Requinoa, Región del Libertador Bernardo O´higgins, INMOBILIARIA PINAMAR S.A. representada, por Anibal Ovalle Hurtado, y por Loreto Garcia - Huidobro Torres, Avenida del Condor, 600, piso 5 Huechuraba Santiago, Región Metropolitana; y, INVERSIONES E INMOBILIARIA EL ROSARIO LIMITADA, representada por Luis Enrique Alamos Olivos, Río Claro 10.040 Las Condes Santiago; constituyeron Sociedad por Acciones, según presente estatuto y Arts. 424 y siguientes Código de Comercio y supletoriamente por normas S.A. Razón social: INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA AMALIA SpA. Nombre de Fantasía: SANTA AMALIA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país y/o el extranjero las siguientes actividades: A) La adquisición, enajenación, comercialización, permuta, consignación, intermediación, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación; loteo, subdivisión, construcción y urbanización bienes raíces urbanos o rurales, cuenta propia o ajena; asesoría y gestión inmobiliaria todas sus formas, a través promoción, tasación, corretaje, administración de inmuebles todas sus formas, a través de promoción, tasación, corretaje, administración de inmuebles o conjunto de ellos y percepción de sus frutos; desarrollo proyectos inmobiliarios, realización de loteos y obras de urbanización; inversión en bienes raíces urbanos y rurales, edificados y plantados o no, como en bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y cualquier tipo de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; y B) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como acciones, bonos, debentures y en general, invertir en cualquiera clase de valore mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad por acciones podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada y en general cualquier otra actividad relacionada con el giro no existiendo ningún tipo de restricción en el pacto social al respecto.- Administración y Uso de la Razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don EDUARDO JOSE TAGLE GALILEA, a don MATIAS OSVALDO ERRÁZURIZ MOLINA, y a doña LORETO GARCIA - HUIDOBRO TORRES, ya individualizados, quienes actuando separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la obligarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario: Con expresa limitacion de que no podrán vender, gravar, enajenar o cualquier titulo, bienes inmuebles, acciones ni derechos sociales, materias respecto a lo cual se requerira la firma de dos cualquiera de sus representates legales; asi como contratar préstamos, créditos simples, créditos documentarios, o celebrar cualquier acto que signifique un endeudamiento de la sociedad por un monto que en cada caso no podra exceder del monto equivalente en pesos a la suma de Veinte mil dolares (20.000 USD) de los Estados Unidos de America materias respecto a las cuales se requerira la concurrencia de dos de sus representantes legales.- Capital y Acciones: El capital social asciende a la suma de $10.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social. No será necesario, una vez emitidas dichas acciones, imprimir las láminas físicas de los títulos en donde consten las acciones, todo de conformidad al artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio. Cada una de las acciones asciende al valor de $10.000.- El monto del capital social es enterado, en este acto por los accionistas de la siguiente forma: i.- La sociedad INMOBILIARIA PINAMAR S.A., debidamente representada con la suma de $2.670.000, que equivalen a 267 acciones; ii.- La sociedad COMERCIAL ASESORIAS E INVERSIONES PUDONG SpA, debidamente representada con la suma de $4.000.000, que equivalen a 400 acciones; iii.- La sociedad AGRÍCOLA INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PEDRO SpA, debidamente representada con la suma de $2.000.000, que equivalen a 200 acciones; y, iv.- La sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA EL ROSARIO LIMITADA, debidamente representada con la suma de $1.330.000, que equivalen a 133 acciones. Dichos montos se encuentra ingresado a la caja social.- Duración: Indefinida.-Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 2 de Julio 2021.

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