Société par actions

Inmobiliaria E Inversiones Jara-Santana-Díaz SpA

CONSTITUCIÓN — 24 nov. 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-11-24Voir le PDF (CVE 2221996)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: corresponderá a FERNANDO ESTEBAN ANTONIO JARA MENA, MARCO ALEJANDRO SANTANA GONZÁLEZ, JUAN PABLO DÍAZ AZOCAR amplias facultades

Objet social

a) Efectuar negocios inmobiliarios con carácter permanente o transitorio, e invertir en toda clase de bienes, acciones o valores, y en general efectuar todos los negocios que los socios libremente acuerden; b) efectuar toda clase de inversiones en bienes, corporales e incorporales, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliario; percibir, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones realizadas; c) por último, podrá realizar todas las operaciones industriales, comerciales o que acuerden los socios y actuar como socia gestora y/o en comandita y/o ambas cosas a la vez, en toda clase de sociedades, sin distinción ni limitación, que tengan por objeto el comercio y la industria, concurrir a la formación de nuevas sociedades, modificar, transformar las existentes. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital libéré

$30.000.000

Actions

3 000

Associés (3)

NomParticipation

FERNANDO ESTEBAN ANTONIO JARA MENA

Accionista

33.3%

MARCO ALEJANDRO SANTANA GONZÁLEZ

Accionista

33.3%

JUAN PABLO DÍAZ AZOCAR

Accionista

33.3%

Texte officiel de l’extrait

ALBERTO EDUARDO ROJAS LOPEZ, 6 Notaría, Bandera 465 oficina 201, Santiago, certifica: por escritura pública, de fecha 11/11/2022 Repertorio 838, ante notario suplente Francisca Rojas Damm, FERNANDO ESTEBAN ANTONIO JARA MENA, Santa Victoria número N° 562 dpto. 203, comuna de Santiago; MARCO ALEJANDRO SANTANA GONZÁLEZ, Zúrich Sur N° 1251 dpto. 22, comuna de La Cisterna; JUAN PABLO DÍAZ AZOCAR, Victoria N° 8540, comuna de La Cisterna Constituyen Sociedad por Acciones. NOMBRE: “INMOBILIARIA E INVERSIONES JARA-SANTANA-DÍAZ SPA”. OBJETO a) Efectuar negocios inmobiliarios con carácter permanente o transitorio, e invertir en toda clase de bienes, acciones o valores, y en general efectuar todos los negocios que los socios libremente acuerden; b) efectuar toda clase de inversiones en bienes, corporales e incorporales, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliario; percibir, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones realizadas; c) por último, podrá realizar todas las operaciones industriales, comerciales o que acuerden los socios y actuar como socia gestora y/o en comandita y/o ambas cosas a la vez, en toda clase de sociedades, sin distinción ni limitación, que tengan por objeto el comercio y la industria, concurrir a la formación de nuevas sociedades, modificar, transformar las existentes. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. ADMINISTRACIÓN: corresponderá a FERNANDO ESTEBAN ANTONIO JARA MENA, MARCO ALEJANDRO SANTANA GONZÁLEZ, JUAN PABLO DÍAZ AZOCAR amplias facultades. CAPITAL SOCIAL: $30.000.000, dividida en 3.000 acciones nominativas, misma y única serie, don FERNANDO ESTEBAN ANTONIO JARA MENA, suscribiendo este acto 1.000 acciones equivalente a 33.3 % de acciones, $10.000.000, don MARCO ALEJANDRO SANTANA GONZÁLEZ, suscribiendo en este acto 1.000 acciones, equivalente al 33.3 %, $10.000.000 don JUAN PABLO DÍAZ AZOCAR, suscribiendo en este acto 1.000 acciones equivalente al 33,3 % $10.000.000.- lo que determina un valor total de suscripción ascendente a $30.000.000, pagados en este acto; DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Otras estipulaciones escritura extractada.-

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