Inmobiliaria E Inversiones Asturias Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Asimismo, la sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $300.000 |
Sebastián Ignacio Vargas Silva Socio | - | 14% | $140.000 |
Socio | - | 14% | $140.000 |
Socio | - | 14% | $140.000 |
Socio | - | 14% | $140.000 |
Socio | - | 14% | $140.000 |
Texte officiel de l’extrait
JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2021, ante mí, doña Florencia María Silva Cox, don Sebastián Ignacio Vargas Silva, don Benjamín Vargas Silva, don José Francisco Vargas Silva, don Fernando Lucas Vargas Silva y doña Florencia Vargas Silva, todos domiciliados para estos efectos en calle Burgos N°187, departamento 4, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto se extracta lo siguiente: Razón social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales y derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Asimismo, la sociedad podrá adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas. Capital: $1.000.000.- que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: a) Doña Florencia María Silva Cox, aporta la suma de $300.000.-, equivalente al 30% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; b) don Sebastián Ignacio Vargas Silva, aporta la suma de $140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; c) don Benjamín Vargas Silva, aporta la suma de $140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; d) don José Francisco Vargas Silva, aporta la suma de $140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; e) don Fernando Lucas Vargas Silva, aporta la suma de $140.000.- equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo; f) doña Florencia Vargas Silva; aporta la suma de $140.000.-equivalente, al 14% del capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo. Los socios dejan constancia que la responsabilidad de los socios, se limita al monto de sus respectivos aportes. Administración, Representación, y Uso de la Razón Social: La administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá de consuno por todos los socios respecto a las facultades de libre disposición indicadas en la letra A). Respecto a las demás facultades indicadas en las letras B) a la F) deberán concurrir en forma conjunta dos de los siguientes cinco socios: Sebastián Ignacio Vargas Silva, don Benjamín Vargas Silva, don José Francisco Vargas Silva, don Fernando Lucas Vargas Silva y doña Florencia Vargas Silva. Facultades de administración y uso de la razón social, contenidas en el Artículo Sexto de los Estatutos sociales. Duración: La sociedad comienza a regir con fecha 28 de diciembre de 2021 y durará 20 años, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva por periodos de 5 años cada uno, a menos que cualquier de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 7 de enero de 2022.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA
CVE 2069925
