Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria E Inversiones Al Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 févr. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-02-16Voir le PDF (CVE 2455195)

Informations sociétaires

Ltda
Temuco, Araucanía
Durée: indefinida
Administration: Corresponderá al socio PATRICIO ARTURO ASTABURUAGA MERINO, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición. Sin perjuicio de ello, estarán facultados para representar a la sociedad los socios FRANCISCO JAVIER ASTABURUAGA LATORRE, MARIA IGNACIA ASTABURUAGA LATORRE, MARIA JESUS ASTABURUAGA LATORRE y LILIANA ALEXANDRA LATORRE BALBONTÍN, quienes deberán actuar siempre al menos tres cualesquiera de ellos conjuntamente, debiendo en tal caso siempre comparecer LILIANA ALEXANDRA LATORRE BALBONTÍN.

Objet social

La inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, derechos sociales, cuotas o cualquier otro título de participación en toda clase de sociedades, asociaciones, fondos, así como en cualquier otra figura legal que permita la inversión de recursos; la administración de las mismas inversiones, y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; La realización por cuenta propia o ajena de negocios inmobiliarios, adquisición, venta, compraventa, arrendamiento, administración, explotación, loteo, subdivisión, fusión y comercialización de toda clase de bienes inmuebles propios o ajenos, sea por naturaleza, por adherencia o destinación; La celebración de toda clase de actos y contratos respecto de bienes raíces, además de todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario; Y, en general, efectuar cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que se relacione con el giro social.

Capital

Capital total

$47.753.100

Capital libéré

$24.368.850

Capital restant dû

$23.384.250

Actions

100

Associés (5)

NomParticipation

PATRICIO ARTURO ASTABURUAGA MERINO

Socio

9.xxx.xxx-9

50%

LILIANA ALEXANDRA LATORRE BALBONTÍN

Socio

8.xxx.xxx-7

20%

FRANCISCO JAVIER ASTABURUAGA LATORRE

Socio

17.xxx.xxx-2

10%

MARIA IGNACIA ASTABURUAGA LATORRE

Socio

17.xxx.xxx-6

10%

MARIA JESUS ASTABURUAGA LATORRE

Socio

19.xxx.xxx-9

10%

Administrateurs (1)

PATRICIO ARTURO ASTABURUAGA MERINO

9.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cuatro de Enero de dos mil veinticuatro, ante mí, Uno) don PATRICIO ARTURO ASTABURUAGA MERINO, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número nueve millones quinientos cuarenta y seis mil ciento seis guion nueve; Dos) doña LILIANA ALEXANDRA LATORRE BALBONTÍN, chilena, casada y separada de bienes, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad número ocho millones novecientos ochenta y seis mil novecientos sesenta y uno guion siete; Tres) don FRANCISCO JAVIER ASTABURUAGA LATORRE, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos veintisiete mil quinientos dieciocho guion dos; Cuatro) doña MARIA IGNACIA ASTABURUAGA LATORRE, chilena, soltera, diseñadora gráfica, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos sesenta y cuatro mil novecientos veintiséis guion seis; y, Cinco) doña MARIA JESUS ASTABURUAGA LATORRE, chilena, soltera, estudiante de medicina, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos diecinueve mil setecientos cinco guion nueve; todos domiciliados para estos efectos en calle Inglaterra cero mil veintiuno, comuna de Temuco, Región de la Araucanía, constituyeron Sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES AL LIMITADA”, nombre de fantasía “AL Ltda.”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá al socio don PATRICIO ARTURO ASTABURUAGA MERINO, quien actuando individualmente, y anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, facultades en pacto social. Limitaciones: Sin perjuicio de lo dispuesto, se encontrarán facultados para representar a la Sociedad con todas las facultades señaladas en escritura extractada los socios señores FRANCISCO JAVIER, MARIA IGNACIA Y MARIA JESUS, todos de apellido ASTABURUAGA LATORRE y doña LILIANA LATORRE quienes deberán actuar siempre al menos tres cualesquiera de ellos conjuntamente, debiendo, en tal caso, siempre comparecer doña LILIANA ALEXANDRA LATORRE BALBONTÍN, todos ya individualizados. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. CAPITAL: $47.753.100.- cuarenta y siete millones setecientos cincuenta y tres mil cien pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: Uno) don PATRICIO ARTURO ASTABURUAGA MERINO, suscribe el cincuenta por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, ascendientes a veintitrés millones ochocientos setenta y seis mil quinientos cincuenta pesos, los cuales paga en este acto, íntegramente con el aporte en especies de los derechos sociales que actualmente mantiene en la sociedad “Fumigaciones Sin Plagas Limitada”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos cuarenta mil seiscientos setenta y ocho guion cuatro, ascendientes al noventa y siete por ciento de los derechos en el capital de dicha sociedad, el cual se avalúa por los socios de acuerdo a las normas tributarias vigentes, según su costo tributario histórico reajustado, en la cantidad de veintitrés millones ochocientos setenta y seis mil quinientos cincuenta pesos.-; Dos) doña LILIANA ALEXANDRA LATORRE BALBONTÍN, suscribe el veinte por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, ascendientes a nueve millones quinientos cincuenta mil seiscientos veinte pesos, los cuales paga de la siguiente forma: i) con dinero efectivo por la cantidad de nueve millones cincuenta y ocho mil trescientos veinte pesos, los cuales pagará en un plazo de tres años a medida que las necesidades sociales así lo requieran; y ii) con el aporte en especies de los derechos sociales que actualmente mantiene en la sociedad “Fumigaciones Sin Plagas Limitada”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos cuarenta mil seiscientos setenta y ocho guion cuatro, ascendientes al dos por ciento de los derechos en el capital de dicha sociedad, el cual se avalúa por los socios de acuerdo a las normas tributarias vigentes, según su costo tributario histórico reajustado, en la cantidad de cuatrocientos noventa y dos mil trescientos pesos; Tres) don FRANCISCO JAVIER ASTABURUAGA LATORRE suscribe el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, ascendientes a cuatro millones setecientos setenta y cinco mil trescientos diez pesos, los cuales pagará en un plazo de tres años a medida que las necesidades sociales así lo requieran; Cuatro) doña MARIA IGNACIA ASTABURUAGA LATORRE suscribe el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, ascendientes a cuatro millones setecientos setenta y cinco mil trescientos diez pesos los cuales pagará en un plazo de tres años a medida que las necesidades sociales así lo requieran; y, Cinco) doña MARIA JESUS ASTABURUAGA LATORRE suscribe el diez por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, ascendientes a cuatro millones setecientos setenta y cinco mil trescientos diez pesos los cuales pagará en un plazo de tres años a medida que las necesidades sociales así lo requieran. OBJETO: será: Uno) La inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, derechos sociales, cuotas o cualquier otro título de participación en toda clase de sociedades, asociaciones, fondos, así como en cualquier otra figura legal que permita la inversión de recursos; la administración de las mismas inversiones, y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven; Dos) La realización por cuenta propia o ajena de negocios inmobiliarios, adquisición, venta, compraventa, arrendamiento, administración, explotación, loteo, subdivisión, fusión y comercialización de toda clase de bienes inmuebles propios o ajenos, sea por naturaleza, por adherencia o destinación; Tres) La celebración de toda clase de actos y contratos respecto de bienes raíces, además de todas aquellas actividades relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario; Cuatro) Y, en general, efectuar cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que se relacione con el giro social. DURACION: indefinida. DOMICILIO: será la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas, representaciones o sucursales que puedan establecerse en cualquier punto del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Febrero de 2024.

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