Société à responsabilité limitée

Inmobiliaria Chumal Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 mars 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-03-18Voir le PDF (CVE 2784092)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: La Sociedad tendrá una duración de cinco años, plazo que se prorrogará tácita, automática e indefinidamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su deseo de poner término a la Sociedad.
Administration: La administración y el uso de su razón social corresponderá a don José Nicolas Hurtado Vicuña, a don José Nicolás Hurtado Cruzat y a don Tomás Hurtado Cruzat, quienes, actuando individual y separadamente, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones.

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones, derechos sociales, cuotas de participación y toda clase de valores o instrumentos representativos de capital o deuda de sociedades o cooperativas, nacionales o extranjeras, que desarrollen o fomenten actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias; Dos) La adquisición, compra, venta, arrendamiento, explotación, administración y tenencia a cualquier título, de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como la percepción de los frutos, utilidades y rentas que de ellos provengan; Tres) La explotación por cuenta propia o de terceros de actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias en general y la prestación de asesorías y servicios relacionados a dicha explotación; y Cuatro) En general, la realización de cualquier actividad conexa con las anteriores, ya sea de forma directa, o a través de otras sociedades en que esta participe.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

José Nicolas Hurtado Vicuña

Socio

4.xxx.xxx-8

80%

José Nicolas Hurtado Cruzat

Socio

10.xxx.xxx-k

10%

Tomás Hurtado Cruzat

Socio

10.xxx.xxx-1

10%

Administrateurs (3)

José Nicolas Hurtado Vicuña

4.xxx.xxx-8Administrador

José Nicolás Hurtado Cruzat

10.xxx.xxx-kAdministrador

Tomás Hurtado Cruzat

10.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, certifico ante mi: Por escritura pública de fecha 6 de marzo de 2026, ante mí, bajo el repertorio número 3.681-2026: don JOSÉ NICOLÁS HURTADO VICUÑA, cédula de identidad número 4.773.781-8, domiciliado en Avenida Presidente Riesco 5435, piso 12, comuna de Las Condes, don JOSÉ NICOLÁS HURTADO CRUZAT, cédula de identidad número 10.160.148-k, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy 9.070, oficina 1.301, comuna de Vitacura y don TOMÁS HURTADO CRUZAT, cédula de identidad número 10.160.147-1, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy 9.070, piso 13, comuna de Vitacura, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “INMOBILIARIA CHUMAL LIMITADA” (la “Sociedad”). Administración: La administración y el uso de su razón social corresponderá a don José Nicolas Hurtado Vicuña, a don José Nicolás Hurtado Cruzat y a don Tomás Hurtado Cruzat, quienes, actuando individual y separadamente, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones. Capital: $1.000.000, el que ha sido enterado y pagado en el acto de constitución de la forma siguiente: (i) don José Nicolas Hurtado Vicuña aportó la cantidad de $800.000 pesos equivalentes a un 80% de participación en el capital social, el que enteró y pagó en dicho acto, al contado y en dinero en efectivo; (ii) don José Nicolas Hurtado Cruzat aportó la cantidad de $100.000 pesos, equivalentes a un 10% de participación en el capital social, el que enteró y pagó en dicho acto, al contado y en dinero en efectivo; y (iii) don Tomás Hurtado Cruzat aportó la cantidad de $100.000 pesos, equivalentes a un 10% de participación en el capital social, que enteró y pagó en dicho acto, al contado y en dinero en efectivo. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones, derechos sociales, cuotas de participación y toda clase de valores o instrumentos representativos de capital o deuda de sociedades o cooperativas, nacionales o extranjeras, que desarrollen o fomenten actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias; Dos) La adquisición, compra, venta, arrendamiento, explotación, administración y tenencia a cualquier título, de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como la percepción de los frutos, utilidades y rentas que de ellos provengan; Tres) La explotación por cuenta propia o de terceros de actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias en general y la prestación de asesorías y servicios relacionados a dicha explotación; y Cuatro) En general, la realización de cualquier actividad conexa con las anteriores, ya sea de forma directa, o a través de otras sociedades en que esta participe. Duración: La Sociedad tendrá una duración de cinco años, plazo que se prorrogará tácita, automática e indefinidamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su deseo de poner término a la Sociedad. Responsabilidad de los socios: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2026.

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