Société par actions

Igto Propiedades SpA

CONSTITUCIÓN — 13 avr. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-04-13Voir le PDF (CVE 1381688)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida
Administration: La Administración y el uso de la razón Social corresponderá a ANDREA ELIZABETH RIVAS TAPIA, quien anteponiendo la razón social a su firma y actuando de la forma indicada en los estatutos, representara judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.

Objet social

Realizar y articular por cuenta propia, ajena y/o asociada con terceros dentro de la República de Chile y/o en cualquier otro país o territorio extranjero: A) El corretaje de propiedades en todos sus términos. Realizar los actos de intermediación entre las partes tendientes a concretar la operación inmobiliaria, representando el interés de ambas partes por igual, cooperando en la negociación, aconsejando, acercando diferencias y procurando conciliar los intereses de las partes, con el objeto de lograr un exitoso resultado. El corredor de propiedades también realiza actos de intermediación en el arrendamiento de bienes raíces, y usualmente los administra por cuenta del propietario. Ampliando el concepto de intermediador; es usual que el corredor de propiedades reciba el encargo no sólo de vender; arrendar o administrar, sino también de gestionar dichos negocios por cuenta de quien le otorga el mandato. Gestionar; evaluar y vender proyectos inmobiliarios. Del análisis de las funciones del corredor de propiedades, podemos concluir que sus roles específicos y esenciales son: La intermediación en negocios sobre bienes raíces. La promoción y organización de negocios inmobiliarios. El consejo y asesoría en negocios inmobiliarios. La tasación y evaluación de precios de inmuebles, rentabilidad, valorización, plusvalía, deterioro y tendencias del mercado. Prestar cooperación en la obtención del financiamiento al comprador, al igual que en reunir todos los antecedentes necesarios para efectuar el estudio legal de los títulos del inmueble. La administración de propiedades por cuenta ajena; B) La realización de todo tipo de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, sobre cualquier clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; pudiendo además participar en empresas y sociedades de cualquier naturaleza, civiles o comerciales, de personas o de capital, cualquiera sea su nacionalidad; C) En general, la realización de otros rubros similares, conexos o anexos a los ya señalados, y que los socios estimen adecuado desarrollar para el buen éxito de los negocios sociales, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos necesarios para los fines señalados, ya sea en Chile como en el extranjero.

Capital

Capital total

$500.000

Capital libéré

$500.000

Capital restant dû

$0

Actions

500

Associés (1)

NomParticipation

ANDREA ELIZABETH RIVAS TAPIA

Accionista

100%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público, Titular 27 Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, doña ANDREA ELIZABETH RIVAS TAPIA, domiciliada en pasaje Mahuidanche 8917, Peñalolén, Santiago; constituyo sociedad por acciones, con nombre y/o razón social “IGTO PROPIEDADES SpA”. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $500.000.- (Quinientos mil pesos), dividido en quinientas acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas. Objeto: El objeto de la sociedad será el de realizar y articular por cuenta propia, ajena y/o asociada con terceros dentro de la República de Chile y/o en cualquier otro país o territorio extranjero: A) El corretaje de propiedades en todos sus términos. Realizar los actos de intermediación entre las partes tendientes a concretar la operación inmobiliaria, representando el interés de ambas partes por igual, cooperando en la negociación, aconsejando, acercando diferencias y procurando conciliar los intereses de las partes, con el objeto de lograr un exitoso resultado. El corredor de propiedades también realiza actos de intermediación en el arrendamiento de bienes raíces, y usualmente los administra por cuenta del propietario. Ampliando el concepto de intermediador; es usual que el corredor de propiedades reciba el encargo no sólo de vender; arrendar o administrar, sino también de gestionar dichos negocios por cuenta de quien le otorga el mandato. Gestionar; evaluar y vender proyectos inmobiliarios. Del análisis de las funciones del corredor de propiedades, podemos concluir que sus roles específicos y esenciales son: La intermediación en negocios sobre bienes raíces. La promoción y organización de negocios inmobiliarios. El consejo y asesoría en negocios inmobiliarios. La tasación y evaluación de precios de inmuebles, rentabilidad, valorización, plusvalía, deterioro y tendencias del mercado. Prestar cooperación en la obtención del financiamiento al comprador, al igual que en reunir todos los antecedentes necesarios para efectuar el estudio legal de los títulos del inmueble. La administración de propiedades por cuenta ajena; B) La realización de todo tipo de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, sobre cualquier clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales; pudiendo además participar en empresas y sociedades de cualquier naturaleza, civiles o comerciales, de personas o de capital, cualquiera sea su nacionalidad; C) En general, la realización de otros rubros similares, conexos o anexos a los ya señalados, y que los socios estimen adecuado desarrollar para el buen éxito de los negocios sociales, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos necesarios para los fines señalados, ya sea en Chile como en el extranjero. Administración y uso razón social: La Administración y el uso de la razón Social corresponderá a ANDREA ELIZABETH RIVAS TAPIA, quien anteponiendo la razón social a su firma y actuando de la forma indicada en los estatutos, representara judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Duración: la duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: La ciudad de Santiago de Chile. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de Abril de 2018.

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  1. CONSTITUCIÓN

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