Société à responsabilité limitée

Héctor Manuel Salomón Barra Matamala Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 mai 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-05-04Voir le PDF (CVE 1585546)

Informations sociétaires

Ltda
Pucón, Araucanía
Durée: Indefinida
Administration: Corresponderá al socio don Héctor Manuel Salomón Barra Matamala y don Javier Ignacio Barra Granadino, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente.

Objet social

Arrendamiento, compra y venta, en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces urbanos y rurales, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliario; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase se valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficina y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo; y toda otra actividad relacionada y que los socios acuerden, en general podrán celebrar todo tipo de actos o contratos de los giros aludidos o de cualquier otro ramo que los socios acuerden desarrollar relacionado con los objetivos y fines sociales anotados precedentemente, acuerdo que se presumirá por el sólo hecho de su realización.

Capital

Capital total

$230.000.000

Capital libéré

$230.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

Héctor Manuel Salomón Barra Matamala

Socio

50%

Carmen Lorena Granadino Torres

Socio

20%

Javier Ignacio Barra Granadino

Socio

15%

Carolina de Lourdes Barra Granadino

Socio

15%

Représentation légale (1)

Texte officiel de l’extrait

LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público Titular de Pucón, con oficio en calle General Urrutia número 283, Oficina 26, certifico: Que, por escritura pública de fecha 26 de abril de 2019, ante mí, don HÉCTOR MANUEL SALOMÓN BARRA MATAMALA, domiciliado para estos efectos en camino ex balsa Quelhue, Altura del 600, Sector Tres Esquinas, de la comuna de Pucón, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía; doña CARMEN LORENA GRANADINO TORRES, domiciliado para estos efectos en camino ex balsa Quelhue, Altura del 600, Sector Tres Esquinas, de la comuna de Pucón, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía; don JAVIER IGNACIO BARRA GRANADINO, domiciliado en calle Colo-Colo número 270, de la comuna y ciudad de Pucón, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía; quien actúa por sí y en nombre y representación de doña CAROLINA DE LOURDES BARRA GRANADINO, domiciliada en calle Las Rosas número 61, de la comuna y ciudad de Angol, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “HÉCTOR MANUEL SALOMÓN BARRA MATAMALA Y COMPAÑÍA LIMITADA,” nombre de fantasía: “INMOBILIARIA VISTALTO PUCÓN I” OBJETO: Será: Arrendamiento, compra y venta, en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces urbanos y rurales, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliario; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase se valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficina y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo; y toda otra actividad relacionada y que los socios acuerden, en general podrán celebrar todo tipo de actos o contratos de los giros aludidos o de cualquier otro ramo que los socios acuerden desarrollar relacionado con los objetivos y fines sociales anotados precedentemente, acuerdo que se presumirá por el sólo hecho de su realización. ADMINISTRACIÓN y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá al socio don Héctor Manuel Salomón Barra Matamala y don Javier Ignacio Barra Granadino, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente. CAPITAL: $230.000.000.- (doscientos treinta millones de pesos), que se aporta por los comparecientes y se entera en la siguiente forma: Uno) El socio don Héctor Manuel Salomón Barra Matamala, aportará la suma de $217.000.000.- (doscientos diecisiete millones de pesos), en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; Dos) La socia doña Carmen Lorena Granadino Torres, aportará la suma de $6.000.000.- (seis millones de pesos), en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; Tres) El socio doña don Javier Ignacio Barra Granadino aportará la suma de $3.500.000.- (tres millones quinientos mil pesos) en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social; y Cuatro) La socia doña Carolina de Lourdes Barra Granadino, aportará la suma de $3.500.000.- (tres millones quinientos mil pesos), en dinero efectivo, ingresados en este acto a la caja social. UTILIDADES Y PÉDIDAS: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes, un cincuenta por ciento para el socio don Héctor Manuel Salomón Barra Matamala, un veinte por ciento para la socia doña Carmen Lorena Granadino Torres, un quince por ciento para el socio don Javier Ignacio Barra Granadino y un quince por ciento para la socia doña Carolina de Lourdes Barra Granadino.- DURACIÓN: Indefinida. FALLECIMIENTO: La sociedad continuara con socios restantes y herederos del socio fallecido. DOMICILIO: Pucón, sin perjuicio de las agencias y corresponsalías que constituya en otras ciudades del país o en el extranjero. Demás antecedentes en escritura extractada. Pucón, 26 de abril de 2019.

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