Société à responsabilité limitée

Gastronomia Perla Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 oct. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-10-20Voir le PDF (CVE 2393053)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 15 años desde fecha escritura extractada, renovables por períodos iguales de 10 años cada uno en la forma que en ella se indica
Administration: Corresponderá a don JESUS ALEXANDER VEGA VIDAL y a don PABLO VICENTE VEGA JULCA, quienes actuarán separada e indistintamente uno cualquiera de ellos respecto de negocios y operaciones que no excedan el equivalente en pesos moneda nacional a cien unidades de fomento; y ambos actuando conjuntamente respecto de negocios y operaciones que excedan el equivalente en pesos moneda nacional a cien unidades de fomento. En caso de incapacidad, ausencia temporal o fallecimiento de administrador, administración y uso razón social corresponderá a dos cualesquiera de los socios quienes actuarán conjuntamente.

Objet social

a) La construcción, instalación y explotación, en todas sus formas y a cualquier título, de establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, incluida la organización de servicios de banquetes en locales propios o ajenos; b) tomar en arrendamiento, con o sin opción de compra, en concesión, en usufructo o en comodato bienes inmuebles para explotar en ellos el giro de restaurante; c) la importación, exportación, distribución, compra, venta y comercialización en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios e ingredientes, concentrados o materias primas; d) en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con los anteriores; y e) todo otro negocio que los socios acuerden

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

IRMA ROSMERY VIDAL GARCIA

Socio

14.xxx.xxx-4

20%

JOCELYN ROSMERY VEGA VIDAL

Socio

21.xxx.xxx-0

40%

JESUS ALEXANDER VEGA VIDAL

Socio

20.xxx.xxx-9

40%

Administrateurs (2)

JESUS ALEXANDER VEGA VIDAL

20.xxx.xxx-9Administrador

PABLO VICENTE VEGA JULCA

14.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 16 de Octubre de 2023, Repertorio N°13.464/2023, ante mí, doña IRMA ROSMERY VIDAL GARCIA, C.I. N°14.672.619-4, doña JOCELYN ROSMERY VEGA VIDAL, C.I. N° 21.550.453-0 y don JESUS ALEXANDER VEGA VIDAL, C.I. N°20.761.090-9, todos domiciliados en calle Bramante N° 431, comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyas principales menciones son: Razón social: “GASTRONOMIA PERLA LIMITADA”, también “PERLA LTDA.”. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: a) La construcción, instalación y explotación, en todas sus formas y a cualquier título, de establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, incluida la organización de servicios de banquetes en locales propios o ajenos; b) tomar en arrendamiento, con o sin opción de compra, en concesión, en usufructo o en comodato bienes inmuebles para explotar en ellos el giro de restaurante; c) la importación, exportación, distribución, compra, venta y comercialización en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos alimenticios e ingredientes, concentrados o materias primas; d) en general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con los anteriores; y e) todo otro negocio que los socios acuerden..- Administración y uso razón social: Corresponderá a don JESUS ALEXANDER VEGA VIDAL y a don PABLO VICENTE VEGA JULCA, C.I. N°14.673.187-2, quienes actuarán: A) Separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y debiendo anteponer su firma a la razón social, representará y obligará a la sociedad en negocios y operaciones que no excedan el equivalente en pesos moneda nacional a cien unidades de fomento con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada; y B) Ambos actuando conjuntamente representarán a la sociedad en negocios y operaciones que excedan el equivalente en pesos moneda nacional a cien unidades de fomento con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. En caso de incapacidad, ausencia temporal o fallecimiento administrador, administración y uso razón social corresponderá a dos cualesquiera de los socios quienes actuarán conjuntamente con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. Capital: $10.000.000.- que socios aportan y pagan del modo que sigue: a) IRMA ROSMERY VIDAL GARCIA, aporta $2.000.000.-, equivalentes al 20% de los derechos sociales, enterados arcas sociales, este acto al contado y dinero efectivo; b) JOCELYN ROSMERY VEGA VIDAL, aporta $4.000.000.-, equivalentes al 40% de los derechos sociales, enterados arcas sociales, este acto al contado y dinero efectivo; y c) JESUS ALEXANDER VEGA VIDAL aporta $4.000.000.-, equivalentes al 40% de los derechos sociales, enterados arcas sociales, este acto al contado y dinero efectivo. Capital totalmente suscrito y pagado. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración: 15 años desde fecha escritura extractada, renovables por períodos iguales de 10 años cada uno en la forma que en ella se indica. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 16 de Octubre de 2023.- COSME FERNANDO GOMILA GATICA.- Notario Titular.

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