Société à responsabilité limitée

Fuenzalida Abogados Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 oct. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-10-11Voir le PDF (CVE 2711783)

Informations sociétaires

Ltda
No consta en el extracto
Durée: 5 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo período
Administration: La administración y representación de la sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá indistinta y separadamente a don RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA y/o a doña CAMILA ANDREA FUENZALIDA MONTECINOS, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, actuando de la manera indicada, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, en todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social.

Objet social

La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA

Socio

9.xxx.xxx-6

99%

SEBASTIÁN ALBERTO LLONA SOLIS DE OVANDO

Socio

16.xxx.xxx-k

1%

Administrateurs (2)

RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA

9.xxx.xxx-6Administrador

CAMILA ANDREA FUENZALIDA MONTECINOS

22.xxx.xxx-1Administrador

Représentants auprès du SII (2)

RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA

9.xxx.xxx-6Representante

CAMILA ANDREA FUENZALIDA MONTECINOS

22.xxx.xxx-1Representante

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública ante el Notario Titular don Eduardo Diez Morello de fecha 9 de octubre de 2025, repertorio número 17.365-2025, don RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA, cédula de identidad número 9.485.902-6, domiciliado en Avenida La Dehesa número 404, oficina 325, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don SEBASTIÁN ALBERTO LLONA SOLIS DE OVANDO, cédula de identidad número 16.940.349-K, domiciliado en Ronda número 8.410, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada civil, cuyos estatutos contienen las siguientes menciones extractables: Razón Social: La razón social de la sociedad será FUENZALIDA ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA. Administración: La administración y representación de la sociedad, con el uso de la razón social, corresponderá indistinta y separadamente a don RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA y/o a doña CAMILA ANDREA FUENZALIDA MONTECINOS, cédula nacional de identidad número 22.207.311-1, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, actuando de la manera indicada, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, en todos los actos y contratos que sea necesario realizar y celebrar para cumplir con el objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, que los socios aportaron, pagaron y enteraron de la siguiente forma: /Uno/ don RODOLFO DANIEL FUENZALIDA SANHUEZA aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 990.000 pesos, equivalente al 99 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y /Dos/ don SEBASTIÁN ALBERTO LLONA SOLIS DE OVANDO aportó, pagó y enteró, en el acto de constitución de la sociedad, la suma de 10.000 pesos, equivalente al 1 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Objeto: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su constitución, y tendrá una duración de 5 años, renovable sucesiva y automáticamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del respectivo período. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 09 de octubre de 2025.- Maria de los Angeles Ubilla Santa Cruz.- Notario Suplente.

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