Enrique y Alberto Barros Abogados Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
la prestación de servicios profesionales jurídicos o legales y ejecutar, por medio de sus socios, sea directamente o participando en otras sociedades profesionales, todos los actos y celebrar todos los contratos, asesorías, patrocinios, informes y demás actividades propias del ejercicio de la profesión de la abogacía
Capital
Capital total
$740.000
Capital libéré
$740.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | $739.260 |
Socio | - | - | $740 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26 Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, comuna de Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2022, Rep. 11.755, ante mi, ENRIQUE GUSTAVO BARROS BOURIE y ALBERTO BARROS BORDEU, ambos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea número 3.120, piso 3-A, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad de profesionales, civil de responsabilidad limitada, de cuyo contrato social extracto: Socios y razón social. Se forma entre don Enrique Gustavo Barros Bourie y don Alberto Barros Bordeu, una sociedad de profesionales, civil de responsabilidad limitada, que girará bajo la razón social de “ENRIQUE Y ALBERTO BARROS ABOGADOS LIMITADA”. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Objeto. El objeto de la sociedad es la prestación de servicios profesionales jurídicos o legales y ejecutar, por medio de sus socios, sea directamente o participando en otras sociedades profesionales, todos los actos y celebrar todos los contratos, asesorías, patrocinios, informes y demás actividades propias del ejercicio de la profesión de la abogacía. Capital. El capital de la sociedad es de $740.000 aportado en dinero efectivo recibido por la sociedad. Don Enrique Gustavo Barros Bourie aporta $739.260 y don Alberto Barros Bordeu $740. Responsabilidad socios. La responsabilidad de los socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, actuando indistintamente cualquiera de ellos. En el evento del fallecimiento, renuncia o incapacidad, de alguno de los socios, la administración y el uso de su razón social corresponderá al otro socio. Vigencia. La sociedad regirá por el plazo de cuatro años contados desde la fecha de esta escritura, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de dos años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo original o de cualquiera de sus renovaciones, lo que se expresará por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del período correspondiente. Santiago, 20 de diciembre de 2022. HQM. Not. Pub.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
ENRIQUE Y ALBERTO BARROS ABOGADOS LIMITADA
CVE 2241417
