Empresa De Transportes Nacional E Internacional Buses Aguilar Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CRISTIAN ALFREDO BELTRAN OLIVA Socio 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 28.xxx.xxx-9 | 28.xxx.xxx-9 | - | - |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, abogado, Notario Público Interino, de la VI Notaría de Iquique, ubicada en Luis Uribe N°330, Iquique, CERTIFICO: Que, por escritura repertorio N°444 de fecha 27/02/2026, ante el Notario Público Suplente don DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS del Titular don ANDRES CUEVAS OSSANDON, don CRISTIAN ALFREDO BELTRAN OLIVA, cédula nacional de identidad N°13.633.645-2, domiciliado en Patricio Lynch N°3.375, ciudad de Calama; y don ELIEL AGUILAR GERONIMO, cédula de identidad de extranjeros N°28.765.421-9, domiciliado en Condominio Pioneros 1, block 1.6, departamento 101, de la comuna de Alto Hospicio; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, “EMPRESA DE TRANSPORTES NACIONAL E INTERNACIONAL BUSES AGUILAR LIMITADA”, con un capital de $10.000.000 con todas las estipulaciones que se establecieron en la señalada escritura primitiva. Lo cual Rectifica en su cláusula CUARTO, con escritura pública repertorio N°731 de fecha 08/04/2026 emitida ante este notario interino, quedando la misma clausula expresada en los siguientes términos: “CUARTO: DEL DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la comuna de Iquique, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en otras ciudades del país o en el extranjero, conforme a la ley.- En todo lo no rectificado continua plenamente vigente el contrato social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique, 08 de abril de 2026.
Informations sociétaires
Objet social
La actividad principal y esencial de la sociedad será el transporte terrestre nacional e internacional, y para el cumplimiento de dicho objeto desarrollará las siguientes actividades: A) La prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros, urbano, rural, interurbano, regional, nacional o internacional, regular o no regular, permanente u ocasional, incluyendo transporte especial, transporte contratado, transporte turístico, transporte escolar y transporte de trabajadores, por cuenta propia o ajena, mediante buses u otros vehículos motorizados, propios, arrendados o de terceros, conforme a la legislación y reglamentación vigente; B) La prestación de servicios de transporte terrestre nacional e internacional de cargas de toda especie, incluyendo mercaderías, productos industriales, insumos, materiales, encomiendas, correspondencia, documentos y bienes en general, destinados al comercio, la industria, la minería y otros sectores productivos, así como los servicios de recolección, traslado, distribución y entrega asociados a dicha actividad; C) La administración, explotación, operación y gestión, a cualquier título, de vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros o de cargas, sean propios o de terceros, incluyendo su utilización, mantención, reparación, control de flota, asignación a rutas y coordinación operativa; D) La venta, comercialización e intermediación de pasajes para servicios de transporte terrestre de pasajeros, nacionales o internacionales, por medios presenciales, electrónicos o cualquier otro permitido por la ley, así como la prestación de servicios de información, atención y gestión asociados al traslado de pasajeros; E) La prestación de servicios logísticos, de apoyo operacional y de coordinación, directamente vinculados al transporte terrestre, incluyendo planificación de rutas, control de servicios, despacho, seguimiento de operaciones y demás actividades complementarias necesarias para la ejecución del objeto principal; F) La compraventa y arrendamiento de vehículos motorizados destinados al transporte, así como de repuestos, accesorios, equipos, herramientas y maquinarias necesarias o útiles para la operación, mantención y desarrollo de las actividades propias del giro principal. La sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios, conducentes o complementarios para el cumplimiento de su objeto principal, siempre que se encuentren directamente relacionados con la actividad de transporte nacional e internacional y sean permitidos por la ley
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CRISTIAN ALFREDO BELTRAN OLIVA Socio 13.xxx.xxx-2 | 13.xxx.xxx-2 | 51% | $5.100.000 |
Socio 28.xxx.xxx-9 | 28.xxx.xxx-9 | 49% | $4.900.000 |
Administrateurs (2)
CRISTIAN ALFREDO BELTRAN OLIVA
Représentants auprès du SII (2)
CRISTIAN ALFREDO BELTRAN OLIVA
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior DAVID TORO IGLESIAS, Notario Público Suplente del Titular ANDRES CUEVAS OSSANDON, Luis Uribe 330, Iquique, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: don CRISTIAN ALFREDO BELTRAN OLIVA, cédula nacional de identidad N°13.633.645-2, domiciliado en Patricio Lynch N°3.375, ciudad de Calama; y don ELIEL AGUILAR GERONIMO, cédula de identidad de extranjeros N°28.765.421-9, domiciliado en Condominio Pioneros 1, block 1.6, departamento 101, de la comuna de Alto Hospicio; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “EMPRESA DE TRANSPORTES NACIONAL E INTERNACIONAL BUSES AGUILAR LIMITADA”, pudiendo utilizarse en el giro de sus negocios la denominación de “BUSES AGUILAR LTDA.”. Objeto: La actividad principal y esencial de la sociedad será el transporte terrestre nacional e internacional, y para el cumplimiento de dicho objeto desarrollará las siguientes actividades: A) La prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros, urbano, rural, interurbano, regional, nacional o internacional, regular o no regular, permanente u ocasional, incluyendo transporte especial, transporte contratado, transporte turístico, transporte escolar y transporte de trabajadores, por cuenta propia o ajena, mediante buses u otros vehículos motorizados, propios, arrendados o de terceros, conforme a la legislación y reglamentación vigente; B) La prestación de servicios de transporte terrestre nacional e internacional de cargas de toda especie, incluyendo mercaderías, productos industriales, insumos, materiales, encomiendas, correspondencia, documentos y bienes en general, destinados al comercio, la industria, la minería y otros sectores productivos, así como los servicios de recolección, traslado, distribución y entrega asociados a dicha actividad; C) La administración, explotación, operación y gestión, a cualquier título, de vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros o de cargas, sean propios o de terceros, incluyendo su utilización, mantención, reparación, control de flota, asignación a rutas y coordinación operativa; D) La venta, comercialización e intermediación de pasajes para servicios de transporte terrestre de pasajeros, nacionales o internacionales, por medios presenciales, electrónicos o cualquier otro permitido por la ley, así como la prestación de servicios de información, atención y gestión asociados al traslado de pasajeros; E) La prestación de servicios logísticos, de apoyo operacional y de coordinación, directamente vinculados al transporte terrestre, incluyendo planificación de rutas, control de servicios, despacho, seguimiento de operaciones y demás actividades complementarias necesarias para la ejecución del objeto principal; F) La compraventa y arrendamiento de vehículos motorizados destinados al transporte, así como de repuestos, accesorios, equipos, herramientas y maquinarias necesarias o útiles para la operación, mantención y desarrollo de las actividades propias del giro principal. La sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios, conducentes o complementarios para el cumplimiento de su objeto principal, siempre que se encuentren directamente relacionados con la actividad de transporte nacional e internacional y sean permitidos por la ley.- Administración, representación y uso razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderán conjuntamente a ambos socios, quienes tendrán la calidad de representantes legales, debiendo actuar siempre de consuno, anteponiendo la razón social a sus firmas, obligando válidamente a la sociedad.- Capital:$10.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) CRISTIAN ALFREDO BELTRÁN OLIVA, aporta $5.100.000.-, al contado y en dinero en efectivo, que se ingresan a la caja social; 51% utilidades y pérdidas; y b) ELIEL AGUILAR GERÓNIMO, aporta $4.900.000.-, al contado y en dinero en efectivo, que se ingresan a la caja social; 49% utilidades y perdidas.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Alto Hospicio, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en otras ciudades del país o en el extranjero, conforme a la ley.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique, 27 de febrero de 2026.
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