Ecosistema StartUp SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$350.000
Capital restant dû
$650.000
Actions
1 000 000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 15% | $150.000 |
Harold Rafael Alonso Walters Guerrero Accionista | - | 20% | $200.000 |
Accionista | - | 5% | $50.000 |
Accionista | - | - | - |
Texte officiel de l’extrait
IVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico que por junta extraordinaria de accionistas celebrada, ante mí, con fecha 13 de junio de 2023, cuya acta se redujo a escritura pública de fecha 14 de junio de 2023, en esta notaría, bajo el repertorio número 9.447-2023, los únicos accionistas con derecho a voto de la sociedad de Ecosistema StartUp SpA (la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 48.450 número 21.242 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2023 y publicada en el Diario Oficial con fecha 3 de junio del mismo año, (i) Cristián Andrés Tala Sánchez, (ii) Harold Rafael Alonso Walters Guerrero, (iii) Shalimar Rubi Caceres Molina, y (iv) Naito Investments SpA, acordaron sanear en conformidad con la Ley N° 19.499, los vicios formales en que se incurrió en la escritura pública de constitución de la Sociedad, de fecha 29 de mayo de 2023 otorgada ante doña Verónica Torrealba Costabal, Notario Suplente del Titular de la 33ª Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, bajo el repertorio número 8.474-2023 (la “Escritura Saneada”). En la Escritura Saneada se incurrió en el vicio formal de señalar erróneamente en el artículo Primero Transitorio que 250.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal fueron suscritas y pagadas por don Harold Rafael Alonso Walters Guerrero, en circunstancias que debió haberse señalado que solo 200.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal fueron suscritas y pagadas por él, incurriendo en un vicio formal correspondiente a un error numérico de carácter sustancial. En consideración de lo anterior, los accionistas acordaron sanear el vicio incurrido, indicando que en el artículo Primero Transitorio dónde dice: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas y de una misma serie, el que se suscribe y paga de la siguiente forma: /I/ Cristián Andrés Tala Sánchez suscribe y paga en este acto la cantidad de ciento cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; /II/ Harold Rafael Alonso Walters Guerrero suscribe y paga en este acto la cantidad de doscientas cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; /III/ Shalimar Rubi Caceres Molina suscribe y paga en este acto la cantidad de cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; y /IV/ seiscientas mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal quedan pendientes de suscripción y pago en el plazo de cinco años desde la fecha de la presente escritura.”, debe decir: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas y de una misma serie, el que se suscribe y paga de la siguiente forma: /I/ Cristián Andrés Tala Sánchez suscribe y paga en este acto la cantidad de ciento cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; /II/ Harold Rafael Alonso Walters Guerrero suscribe y paga en este acto la cantidad de doscientas mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; /III/ Shalimar Rubi Caceres Molina suscribe y paga en este acto la cantidad de cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; y /IV/ seiscientas cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal quedan pendientes de suscripción y pago en el plazo de cinco años desde la fecha de la presente escritura.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2023.
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tiene por objeto: /a/ la promoción y desarrollo de la industria venture capital tanto en Chile como en el extranjero, mediante la generación de contenido, documentos y redes de contacto, y la ejecución de políticas e iniciativas que tengan por objeto promover el apoyo a emprendedores en las distintas etapas de crecimiento, inversionistas y los demás actores de los sectores asociados a la innovación, emprendimiento y el venture capital en general. Para estos fines la Sociedad podrá desarrollar, promocionar, difundir, distribuir y comercializar e implementar asesorías, soportes tecnológicos y soluciones informáticas en las aéreas ya señaladas; /b/ el desarrollo de toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración; y /c/ el desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que los accionistas de común acuerdo convinieren.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$400.000
Capital restant dû
$600.000
Actions
1 000 000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 15% | $150.000 |
Harold Rafael Alonso Walters Guerrero Accionista | - | 25% | $250.000 |
Accionista | - | 5% | $50.000 |
Administrateurs (1)
Représentants auprès du SII (1)
Texte officiel de l’extrait
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33a Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 29 de mayo de 2023, repertorio número 8.474-2023, ante mí, Cristián Andrés Tala Sánchez, Harold Rafael Alonso Walters Guerrero, y Shalimar Rubi Caceres Molina, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad es “Ecosistema StartUp SpA” (en adelante, la “Sociedad”) pudiendo utilizar para efectos de publicidad, propaganda y operaciones de banco, el nombre de fantasía “ESUP”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: /a/ la promoción y desarrollo de la industria venture capital tanto en Chile como en el extranjero, mediante la generación de contenido, documentos y redes de contacto, y la ejecución de políticas e iniciativas que tengan por objeto promover el apoyo a emprendedores en las distintas etapas de crecimiento, inversionistas y los demás actores de los sectores asociados a la innovación, emprendimiento y el venture capital en general. Para estos fines la Sociedad podrá desarrollar, promocionar, difundir, distribuir y comercializar e implementar asesorías, soportes tecnológicos y soluciones informáticas en las aéreas ya señaladas; /b/ el desarrollo de toda clase de inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración; y /c/ el desarrollo de cualquier otra actividad o negocio que los accionistas de común acuerdo convinieren. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal; el que se suscribió y pagó de la siguiente forma: /I/ Cristián Andrés Tala Sánchez suscribió y pago en dicho acto la cantidad de 150.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; /II/ Harold Rafael Alonso Walters Guerrero suscribió y pagó en dicho acto la cantidad de 250.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; /iii/ Shalimar Rubi Caceres Molina suscribió y pagó en dicho acto la cantidad de 50.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal; y /iv/ 600.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal quedaron pendientes de suscripción y pago en el plazo de 5 años desde la fecha de la escritura; Administración: El uso de la razón social, representación y la administración de la sociedad corresponderá a don Cristián Andrés Tala Sánchez, quien la ejercerá por sí mismo o a través de uno o más representantes o mandatarios, especialmente designados al efecto, con las facultades establecidas en el Artículo Décimo Sexto de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 31 de mayo de 2023.
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