Société à responsabilité limitée

Desarrollos Tecnologicos Keen Water Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 mars 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-03-20Voir le PDF (CVE 1742601)

Informations sociétaires

Ltda
Parcela Cuatro, Fundo El Pangal, Cáhuil
Durée: 10 años, renovable tácita, sucesiva e indefinidamente por períodos de 5 años
Administration: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderán al socio ANDRES GERARDO LOPEZ ADDUARD, quien, anteponiendo o posponiendo a su firma la razón social o nombre de fantasía, obligará a la sociedad frente a terceros, ejerciendo la representación con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.

Objet social

El desarrollo, estudio, diseño, planeación, contratación, realización, construcción, financiación, explotación y administración de negocios de tecnología y recursos naturales y la ejecución de todas las actividades y obras propias de la ingeniería, la construcción y la arquitectura de proyectos de todo tipo en todas sus manifestaciones, modalidades y especialidades, de bienes muebles e inmuebles, dentro o fuera del Territorio Nacional; la prestación de servicios técnicos, de consultoría y de asesoría en los diferentes campos de desarrollo, estudio, diseño, planeación, contratación, realización, construcción, financiación, explotación y administración de negocios de tecnología y recursos naturales y actividades análogas; efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y/o renta; adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase; efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza; promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas, sean éstas industriales o comerciales; asociarse y constituir toda clase de sociedades, incorporarse a sociedades ya existentes, desarrollar actividades de su giro social por sí misma o a través de sociedades que constituya al efecto o en las que se incorpore como socia o accionista; y cualquier otro negocio o actividad que los socios determinen, relacionado directa o indirectamente con el objeto de la empresa.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ANDRES GERARDO LOPEZ ADDUARD

Socio

7.xxx.xxx-1

60%

JORGE OCTAVIO ARANEDA FUENTES

Socio

9.xxx.xxx-4

40%

Administrateurs (1)

ANDRES GERARDO LOPEZ ADDUARD

7.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

JOSE JAVIER GÜELL PEÑA Y LILLO, Notario, Conservador y Archivero Judicial Interino, con oficio en Avenida Daniel Ortúzar Cuevas N°621, Pichilemu, certifica: por Escritura Pública de esta fecha, ante mí; don ANDRES GERARDO LOPEZ ADDUARD, chileno, soletero, ingeniero comercial, Cédula de Identidad número 7.939.449-1; y, don JORGE OCTAVIO ARANEDA FUENTES, chileno, soltero, agricultor, Cédula de Identidad número 9.069.768-4, ambos con domicilio en con domicilio en Parcela Cuatro, Fundo El Pangal, Cáhuil, comuna de Pichilemu, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, constituyeron una sociedad de responsabilidad de limitada en los siguientes términos: RAZÓN SOCIAL. La razón social será “DESARROLLOS TECNOLOGICOS KEEN WATER LIMITADA”, sin embargo la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los Bancos, con el nombre de fantasía de “KEEN WATER LIMITADA”.- OBJETO SOCIAL. El Objeto de la Sociedad será: A) El desarrollo, estudio, diseño, planeación, contratación, realización, construcción, financiación, explotación y administración de negocios de tecnología y recursos naturales y la ejecución de todas las actividades y obras propias de la ingeniería, la construcción y la arquitectura de proyectos de todo tipo en todas sus manifestaciones, modalidades y especialidades, de bienes muebles e inmuebles, dentro o fuera del Territorio Nacional; B) La prestación de servicios técnicos, de consultoría y de asesoría en los diferentes campos de desarrollo, estudio, diseño, planeación, contratación, realización, construcción, financiación, explotación y administración de negocios de tecnología y recursos naturales y actividades análogas; C) Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, para fines de inversión y/o renta. Para estos propósitos la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase; efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza; D) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas, sean éstas industriales o comerciales; E) Asociarse y constituir toda clase de sociedades, incorporarse a sociedades ya existentes, desarrollar actividades de su giro social por sí misma o a través de sociedades que constituya al efecto o en las que se incorpore como socia o accionista;; y, cualquier otro negocio o actividad que los socios determinen, relacionado directa o indirectamente con el objeto de la empresa.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad corresponderán al socio ANDRES GERARDO LOPEZ ADDUARD, quien, anteponiendo o posponiendo a su firma la razón social o nombre de fantasía, obligará a la Sociedad frente terceros, ejerciendo la representación con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- CAPITAL SOCIAL. El Capital Social será la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan en la forma que a continuación se señala: el socio don ANDRES GERARDO LOPEZ ADDUARD, aporta la suma de $600.000.-, suma que se entera en este acto, en dinero en efectivo, ya ingresados en la caja social; y, el socio don JORGE OCTAVIO ARANEDA FUENTES, aporta la suma de $400.000-, suma que se entera en este acto, en dinero en efectivo, ya ingresados en la caja social.- REPARTICIÓN DE UTILIDADES Y PERDIDAS. Las utilidades se repartirán entre los socios en la proporción en la que participan en el capital social. Las eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en la misma proporción. Todo lo anterior de acuerdo al Balance General que se practicará el día 31 de Diciembre de cada año.- VIGENCIA DE LA SOCIEDAD. La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 10 años, periodo que se renovará tácita, sucesiva e indefinidamente por nuevos períodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término, sea al final del período original o de alguna de sus prorrogas que estuviere en curso. Demás estipulaciones escritura que extracto. Pichilemu, 18 de Marzo del 2020.- Doy Fe.-

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