Société par actions

Cyb Servicios Medicos Integrales SpA

CONSTITUCIÓN — 24 juin 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-06-24Voir le PDF (CVE 1776516)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: cinco años contados desde esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo de su vigencia primitiva o de la prórroga en vigencia

Objet social

La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina e investigación farmacológica y la administración de centros médicos, la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Además, podrá efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativo a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Importaciones y exportaciones de productos asociados a las actividades de la empresa.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (2)

NomParticipation

XIMENA ANDREA CAMPOS MORALES

Accionista

-

ROLANDO ANTONIO BASSANO BASSANO

Accionista

-

Texte officiel de l’extrait

Jorge Reyes Bessone Notario Público de San Miguel, José Miguel Carrera 4886, San Miguel, certifico que por instrumento privado protocolizado bajo el Repertorio 2993/2020, número 5377, hoy ante mí, XIMENA ANDREA CAMPOS MORALES y don ROLANDO ANTONIO BASSANO BASSANO, ambos domiciliados en Profesor Juan Gómez Millas 3.003, Ñuñoa, Santiago, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “CYB SERVICIOS MEDICOS INTEGRALES SpA”, sin embargo la sociedad podrá funcionar y actuar en sus relaciones comerciales, incluso con los Bancos, con el nombre de fantasía de GLOBALPEDIATRIC SpA; Objeto: La sociedad tiene por objeto: la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina e investigación farmacológica y la administración de centros médicos, la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Además, podrá efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativo a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros. La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Importaciones y exportaciones de productos asociados a las actividades de la empresa. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo de su vigencia primitiva o de la prórroga en vigencia- Capital: $1.000.000.- dividido en 100 acciones todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagados en la forma que se indica en el artículo primero transitorio de la escritura social. Demás estipulaciones constan de la escritura que extracto.- Santiago, 22 de junio 2020.

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