Constructora Rigot SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Desarrollar, comercialmente, actividades de toda clase de bienes y mercaderías en general, su comercialización, elaboración, fabricación, transformación, incorporación, adaptación, montaje, ensamblaje, etc. Fabricación, reparación, mantención y montaje de maquinarias para la minería y la construcción; Obras civiles hidráulica, tratamientos de agua, sondaje diseño e instalación de sistemas de alcantarillado y canalización de agua, etc. Tornería, proyecto y diseño de circuitos eléctricos o industriales; prestación de servicios de construcción, arquitectura, diseño e ingeniería, de toda clase de edificaciones en bienes inmuebles, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o de terceros; realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y, particularmente, la adquisición, compra, venta, enajenación, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, rurales o urbanos, sea por cuenta propia o a través de terceros; Producción, fabricación, compraventa, comercialización, distribución, importación, exportación, administración, operación, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, entre ellos, maquinarias y materiales para la construcción y equipamiento para bienes inmuebles, cualquiera sea su naturaleza, pudiendo comprarlos y enajenarlos en cualquier forma; Constituir y participar en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; formar e integrar empresas y asociaciones de carácter inmobiliario, turístico, comercial, de inversiones y de construcción, y avalar y constituirse en codeudora solidaria de otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la Empresa podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, el desarrollo de su negocio o comercio o la inversión de sus fondos disponibles; La importación, compra, venta, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de objetos de joyería de todas las clases, objetos de relojería, artículos de piel, anteojos, perfumes, mobiliario, prendas de vestir, accesorios y en general, de toda clase de bienes muebles; la compra, venta o adquisición en otra forma distinta de acciones, bonos u otros valores mobiliarios; la inversión de los recursos de la sociedad en depósitos bancarios a plazo y de la adquisición de letras de cambio, pagarás y otros instrumentos financieros o mercantiles emitidos por Instituciones Bancarias y Financieras; la compra, venta o adquisición, el arrendamiento y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, urbanos y/o agrícolas, corporales e incorporales; la importación y exportación de toda clase de servicios; la adquisición, arrendamiento, venta y explotación de automóviles; la participación en y/o la constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente; y la explotación de franquicias nacionales o extranjeras y la representación en el país de empresas extranjeras que vendan bienes o presten servicios; Toda clase de Servicios generales e insumos ;preparación del terreno excavaciones y movimientos de tierra; Venta y arriendo de equipos y provisiones ; Venta y alquiler de materiales para la ingeniería y construcción; Venta, arriendo y toda clase de actos jurídicos relativos a insumos para la minería; Importación, distribución y comercialización de artículos eléctricos y de ferretería industrial; venta y arriendo al por mayor o menor de insumos en general así como equipos de oficina , lo que incluye materiales conexos; Alquiler de maquinarias y equipos de construcción e Ingeniería; Alquiler de cualquier equipo de transportes por vía terrestre con o sin chofer; Servicios de mantenimiento y ventas de insumos mineros; arriendo y ventas de grupos generadores de energía y en general la realización de todos los negocios y actividades comerciales que los socios acuerden. Producción y manipulación de alimentos, comercialización de alimentos, importación y exportación de estos, producción de toda clase de eventos, importación y exportación de toda clase de productos, administración y representación de toda clase de franquicias, servicios de asesorías financieras y contables. Compra, venta, importación, mantención, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles, y en especial, artículos de ferretería, quincallería, herramientas, repuestos, partes, piezas y elementos metálicos o plásticos de toda especie; la ejecución de montajes e instalaciones industriales de cualquier naturaleza; la realización de toda clase de actos de comercio e inversiones en bienes muebles, bienes raíces, sean estos urbanos o agrícolas, valores mobiliarios, divisas, títulos de crédito, efectos de comercio y acciones; la explotación, compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, comercialización y administración de toda clase de bienes, servicios, productos establecimientos o negocios; la realización de todo tipo de inversiones financieras, comerciales, industriales, mobiliarias; la explotación comercial, arrendamiento y administración de inmuebles de toda especie; la explotación de marcas, patentes y privilegios industriales; la prestación de asistencia profesional y técnica, y de asesorías y servicios, sean éstos financieros, comerciales o administrativos, y la realización de estudios relacionados con los fines antes señalados; el ejercios de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; y la participación en sociedades vinculadas o no a los objetos sociales, todos ellos tanto por cuenta propia o ajena.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
2 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ Accionista 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 100% | $2.000.000 |
Administrateurs (1)
ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ
Texte officiel de l’extrait
JUAN SANTIAGO TREUER MOYA, Notario Público 4° Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Almirante Juan Jose Latorre N°2441, Certifico, que por escritura pública de fecha 06 de Junio de 2018, comparecen ante mí: ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ, C.I.:15.340.935-8; domicilio; Los Aromos 8.791. El Trocadero, Antofagasta. Por este acto, el compareciente viene en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE. “CONSTRUCTORA RIGOT SpA.” DOMICILIO. Antofagasta. DURACIÓN. Indefinida. OBJETO. Desarrollar, comercialmente, actividades de toda clase de bienes y mercaderías en general, su comercialización, elaboración, fabricación, transformación, incorporación, adaptación, montaje, ensamblaje, etc. Fabricación, reparación, mantención y montaje de maquinarias para la minería y la construcción; Obras civiles hidráulica, tratamientos de agua, sondaje diseño e instalación de sistemas de alcantarillado y canalización de agua, etc. Tornería, proyecto y diseño de circuitos eléctricos o industriales; prestación de servicios de construcción, arquitectura, diseño e ingeniería, de toda clase de edificaciones en bienes inmuebles, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o de terceros; realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y, particularmente, la adquisición, compra, venta, enajenación, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, rurales o urbanos, sea por cuenta propia o a través de terceros; Producción, fabricación, compraventa, comercialización, distribución, importación, exportación, administración, operación, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, entre ellos, maquinarias y materiales para la construcción y equipamiento para bienes inmuebles, cualquiera sea su naturaleza, pudiendo comprarlos y enajenarlos en cualquier forma; Constituir y participar en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; formar e integrar empresas y asociaciones de carácter inmobiliario, turístico, comercial, de inversiones y de construcción, y avalar y constituirse en codeudora solidaria de otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la Empresa podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, el desarrollo de su negocio o comercio o la inversión de sus fondos disponibles; La importación, compra, venta, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de objetos de joyería de todas las clases, objetos de relojería, artículos de piel, anteojos, perfumes, mobiliario, prendas de vestir, accesorios y en general, de toda clase de bienes muebles; la compra, venta o adquisición en otra forma distinta de acciones, bonos u otros valores mobiliarios; la inversión de los recursos de la sociedad en depósitos bancarios a plazo y de la adquisición de letras de cambio, pagarás y otros instrumentos financieros o mercantiles emitidos por Instituciones Bancarias y Financieras; la compra, venta o adquisición, el arrendamiento y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, urbanos y/o agrícolas, corporales e incorporales; la importación y exportación de toda clase de servicios; la adquisición, arrendamiento, venta y explotación de automóviles; la participación en y/o la constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente; y la explotación de franquicias nacionales o extranjeras y la representación en el país de empresas extranjeras que vendan bienes o presten servicios; Toda clase de Servicios generales e insumos ;preparación del terreno excavaciones y movimientos de tierra; Venta y arriendo de equipos y provisiones ; Venta y alquiler de materiales para la ingeniería y construcción; Venta, arriendo y toda clase de actos jurídicos relativos a insumos para la minería; Importación, distribución y comercialización de artículos eléctricos y de ferretería industrial; venta y arriendo al por mayor o menor de insumos en general así como equipos de oficina , lo que incluye materiales conexos; Alquiler de maquinarias y equipos de construcción e Ingeniería; Alquiler de cualquier equipo de transportes por vía terrestre con o sin chofer; Servicios de mantenimiento y ventas de insumos mineros; arriendo y ventas de grupos generadores de energía y en general la realización de todos los negocios y actividades comerciales que los socios acuerden. Producción y manipulación de alimentos, comercialización de alimentos, importación y exportación de estos, producción de toda clase de eventos, importación y exportación de toda clase de productos, administración y representación de toda clase de franquicias, servicios de asesorías financieras y contables. Compra, venta, importación, mantención, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles, y en especial, artículos de ferretería, quincallería, herramientas, repuestos, partes, piezas y elementos metálicos o plásticos de toda especie; la ejecución de montajes e instalaciones industriales de cualquier naturaleza; la realización de toda clase de actos de comercio e inversiones en bienes muebles, bienes raíces, sean estos urbanos o agrícolas, valores mobiliarios, divisas, títulos de crédito, efectos de comercio y acciones; la explotación, compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, comercialización y administración de toda clase de bienes, servicios, productos establecimientos o negocios; la realización de todo tipo de inversiones financieras, comerciales, industriales, mobiliarias; la explotación comercial, arrendamiento y administración de inmuebles de toda especie; la explotación de marcas, patentes y privilegios industriales; la prestación de asistencia profesional y técnica, y de asesorías y servicios, sean éstos financieros, comerciales o administrativos, y la realización de estudios relacionados con los fines antes señalados; el ejercios de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; y la participación en sociedades vinculadas o no a los objetos sociales, todos ellos tanto por cuenta propia o ajena. CAPITAL. $2.000.000.-, dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se establece en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN. Administrada por un Gerente General. designado por escritura pública suscrita por los accionistas que representen a lo menos el setenta por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad; se indicarán las facultades que se le otorgan. REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL Corresponderá al Gerente General, que estará investido de todas las facultades de administración y de disposición dentro de los límites legales, reglamentarios y estatutarios y, por lo tanto, no será nece-sario otorgar poder especial alguno aun cuando ello se exija por la ley para la realización de ciertos actos y contratos. El Gerente General podrá conferir poderes y delegar parte de sus facultades en ejecutivos y abogados de la sociedad, y para objetos determinados en otras personas. JUNTA DE ACCIONISTAS. Los accionistas se reunirán en Juntas. Estas se constituirán en primera citación con la mayoría absoluta de las acciones emitidas y en segunda citación con las que estén presentes o representadas, cualquiera sea su número. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de las acciones presentes o representadas en la Junta. Con todo, dentro del primer cuatrimestre de cada año deberá celebrarse una junta con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros de la sociedad. La Junta de Accionistas será la que resuelva respecto de cada ejercicio si se hará distribución de dividendos a los accionistas, y en caso afirmativo el monto a repartir. El Gerente General queda facultado para distribuir dividendos provisionales a los accionistas con cargo a las utilidades del respectivo ejercicio, siempre que no existan pérdidas acumuladas y todo ello bajo su responsabilidad personal. BALANCE. La sociedad hará un balance general de sus operaciones al treinta y uno de diciembre de cada año. FISCALIZACIÓN. La Junta de Accionistas designará cada año, en aquella que deberá celebrarse dentro del primer cuatrimestre, dos Inspectores de Cuentas que fiscalicen la administración de la sociedad mediante el examen de la contabilidad, balance, inventarios y otros estados financieros, debiendo rendir cuenta por escrito en la junta próxima sobre el cumplimiento de su mandato. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. La sociedad se disolverá por las causales legales, en cuyo caso su liquidación se practicará por una comisión liquidadora compuesta por tres miembros nombrados por la Junta de Accionistas. ARBITRAJE: Cualquier dificultad que se presente entre los accionistas en su calidad de tales o entre ellos y la sociedad o su administración, por la interpretación o aplicación de los estatutos, será resuelta por un árbitro arbitrador designado por la Justicia Ordinaria. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social a que se refiere el artículo quinto de estos estatutos, que asciende a la suma de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, es suscrito por don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ, las que paga en este acto al contado y en dinero efectivo a razón de mil pesos por acción, ingresando a la caja social la suma de dos millones de pesos. ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: El accionista compareciente, titular del cien por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad, designase Gerente General de la compañía confiriéndose al efecto las más amplias facultades y sin que la enumeración, en escritura extractada sea taxativa; A) En el orden administrativo general de la sociedad: B) En el orden bancario; C) En el orden judicial: tendrá la representación judicial activa y pasiva de la sociedad ante cualquier Tribunal de la República, sea ordinario o especial. Tendrá las facultades contempladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, incluidas las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos y términos legales; transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores; absolver posiciones, aprobar convenios y percibir; podrá designar abogados patrocinantes y apoderados y mandatarios judiciales con todas o con algunas de las facultades antes indicadas. D) Otorgar, tantas veces cuantas estime necesario, mandatos especiales en la o las personas que al efecto designe, pudiendo dejar sin efecto tales mandatos y delegaciones las veces que estime conveniente. El Gerente queda expresamente facultado para autocontratar. ARTICULO TERCERO TRANSITORIO: Se designan como Inspectores de Cuentas a doña Yoselyn Riquelme Rigot a don Enrique Riquelme, quienes deberán examinar la contabilidad, balance, inventario y estados financieros del primer ejercicio social. En la junta a que se refiere el artículo décimo cuarto deberán rendir cuenta por escrito de su cometido, y en esa misma oportunidad deberán designarse los Inspectores de Cuentas definitivos. Demás disposiciones constan en escritura en escritura extractada. Antofagasta, 06 de Junio del 2018.
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Objet social
Desarrollar, comercialmente, actividades de toda clase de bienes y mercaderías en general, su comercialización, elaboración, fabricación, transformación, incorporación, adaptación, montaje, ensamblaje, etc. Fabricación, reparación, mantención y montaje de maquinarias para la minería y la construcción; Obras civiles hidráulica, tratamientos de agua, sondaje diseño e instalación de sistemas de alcantarillado y canalización de agua, etc. Tornería, proyecto y diseño de circuitos eléctricos o industriales; pprestación de servicios de construcción, arquitectura, diseño e ingeniería, de toda clase de edificaciones en bienes inmuebles, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o de terceros; realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y, particularmente, la adquisición, compra, venta, enajenación, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, rurales o urbanos, sea por cuenta propia o a través de terceros; Producción, fabricación, compraventa, comercialización, distribución, importación, exportación, administración, operación, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, entre ellos, maquinarias y materiales para la construcción y equipamiento para bienes inmuebles, cualquiera sea su naturaleza, pudiendo comprarlos y enajenarlos en cualquier forma; Constituir y participar en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; formar e integrar empresas y asociaciones de carácter inmobiliario, turístico, comercial, de inversiones y de construcción, y avalar y constituirse en codeudora solidaria de otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la Empresa podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, el desarrollo de su negocio o comercio o la inversión de sus fondos disponibles; La importación, compra, venta, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de objetos de joyería de todas las clases, objetos de relojería, artículos de piel, anteojos, perfumes, mobiliario, prendas de vestir, accesorios y en general, de toda clase de bienes muebles; la compra, venta o adquisición en otra forma distinta de acciones, bonos u otros valores mobiliarios; la inversión de los recursos de la sociedad en depósitos bancarios a plazo y de la adquisición de letras de cambio, pagarás y otros instrumentos financieros o mercantiles emitidos por Instituciones Bancarias y Financieras; la compra, venta o adquisición, el arrendamiento y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, urbanos y/o agrícolas, corporales e incorporales; la importación y exportación de toda clase de servicios; la adquisición, arrendamiento, venta y explotación de automóviles; la participación en y/o la constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente; y la explotación de franquicias nacionales o extranjeras y la representación en el país de empresas extranjeras que vendan bienes o presten servicios; Toda clase de Servicios generales e insumos ;preparación del terreno excavaciones y movimientos de tierra; Venta y arriendo de equipos y provisiones; Venta y alquiler de materiales para la ingeniería y construcción; Venta, arriendo y toda clase de actos jurídicos relativos a insumos para la minería; Importación, distribución y comercialización de artículos eléctricos y de ferretería industrial; venta y arriendo al por mayor o menor de insumos en general así como equipos de oficina , lo que incluye materiales conexos; Alquiler de maquinarias y equipos de construcción e Ingeniería; Alquiler de cualquier equipo de transportes por vía terrestre con o sin chofer; Servicios de mantenimiento y ventas de insumos mineros; arriendo y ventas de grupos generadores de energía y en general la realización de todos los negocios y actividades comerciales que los socios acuerden. Producción y manipulación de alimentos, comercialización de alimentos, importación y exportación de estos, producción de toda clase de eventos, importación y exportación de toda clase de productos, administración y representación de toda clase de franquicias, servicios de asesorías financieras y contables. Compra, venta, importación, mantención, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles, y en especial, artículos de ferretería, quincallería, herramientas, repuestos, partes, piezas y elementos metálicos o plásticos de toda especie; la ejecución de montajes e instalaciones industriales de cualquier naturaleza; la realización de toda clase de actos de comercio e inversiones en bienes muebles, bienes raíces, sean estos urbanos o agrícolas, valores mobiliarios, divisas, títulos de crédito, efectos de comercio y acciones; la explotación, compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, comercialización y administración de toda clase de bienes, servicios, productos establecimientos o negocios; la realización de todo tipo de inversiones financieras, comerciales, industriales, mobiliarias; la explotación comercial, arrendamiento y administración de inmuebles de toda especie; la explotación de marcas, patentes y privilegios industriales; la prestación de asistencia profesional y técnica, y de asesorías y servicios, sean éstos financieros, comerciales o administrativos, y la realización de estudios relacionados con los fines antes señalados; el ejercios de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; y la participación en sociedades vinculadas o no a los objetos sociales, todos ellos tanto por cuenta propia o ajena.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
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$0
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2 000
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| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ Accionista 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 100% | $2.000.000 |
Administrateurs (1)
ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ
Texte officiel de l’extrait
JUAN SANTIAGO TREUER MOYA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Antofagasta, con oficio en calle Juan Jose Latorre N°2441, certifico: que por escritura pública de fecha 25 de Abril de 2018, comparecen ante mí: ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ, C.I.:15.340.935-8; domicilio; Los Aromos 8.791. El Trocadero, Antofagasta. Por este acto, el compareciente viene en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE. “CONSTRUCTORA RIGOT SpA.” DOMICILIO. Antofagasta. DURACIÓN. Indefinida. OBJETO. Desarrollar, comercialmente, actividades de toda clase de bienes y mercaderías en general, su comercialización, elaboración, fabricación, transformación, incorporación, adaptación, montaje, ensamblaje, etc. Fabricación, reparación, mantención y montaje de maquinarias para la minería y la construcción; Obras civiles hidráulica, tratamientos de agua, sondaje diseño e instalación de sistemas de alcantarillado y canalización de agua, etc. Tornería, proyecto y diseño de circuitos eléctricos o industriales; pprestación de servicios de construcción, arquitectura, diseño e ingeniería, de toda clase de edificaciones en bienes inmuebles, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o de terceros; realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y, particularmente, la adquisición, compra, venta, enajenación, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes inmuebles, rurales o urbanos, sea por cuenta propia o a través de terceros; Producción, fabricación, compraventa, comercialización, distribución, importación, exportación, administración, operación, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, entre ellos, maquinarias y materiales para la construcción y equipamiento para bienes inmuebles, cualquiera sea su naturaleza, pudiendo comprarlos y enajenarlos en cualquier forma; Constituir y participar en sociedades, cualquiera sea su naturaleza u objeto; formar e integrar empresas y asociaciones de carácter inmobiliario, turístico, comercial, de inversiones y de construcción, y avalar y constituirse en codeudora solidaria de otras personas naturales o jurídicas. Para el cumplimiento de su objeto, la Empresa podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, el desarrollo de su negocio o comercio o la inversión de sus fondos disponibles; La importación, compra, venta, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de objetos de joyería de todas las clases, objetos de relojería, artículos de piel, anteojos, perfumes, mobiliario, prendas de vestir, accesorios y en general, de toda clase de bienes muebles; la compra, venta o adquisición en otra forma distinta de acciones, bonos u otros valores mobiliarios; la inversión de los recursos de la sociedad en depósitos bancarios a plazo y de la adquisición de letras de cambio, pagarás y otros instrumentos financieros o mercantiles emitidos por Instituciones Bancarias y Financieras; la compra, venta o adquisición, el arrendamiento y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, urbanos y/o agrícolas, corporales e incorporales; la importación y exportación de toda clase de servicios; la adquisición, arrendamiento, venta y explotación de automóviles; la participación en y/o la constitución de sociedades o asociaciones que tengan uno o más objetos similares o complementarios a los indicados anteriormente; y la explotación de franquicias nacionales o extranjeras y la representación en el país de empresas extranjeras que vendan bienes o presten servicios; Toda clase de Servicios generales e insumos ;preparación del terreno excavaciones y movimientos de tierra; Venta y arriendo de equipos y provisiones; Venta y alquiler de materiales para la ingeniería y construcción; Venta, arriendo y toda clase de actos jurídicos relativos a insumos para la minería; Importación, distribución y comercialización de artículos eléctricos y de ferretería industrial; venta y arriendo al por mayor o menor de insumos en general así como equipos de oficina , lo que incluye materiales conexos; Alquiler de maquinarias y equipos de construcción e Ingeniería; Alquiler de cualquier equipo de transportes por vía terrestre con o sin chofer; Servicios de mantenimiento y ventas de insumos mineros; arriendo y ventas de grupos generadores de energía y en general la realización de todos los negocios y actividades comerciales que los socios acuerden. Producción y manipulación de alimentos, comercialización de alimentos, importación y exportación de estos, producción de toda clase de eventos, importación y exportación de toda clase de productos, administración y representación de toda clase de franquicias, servicios de asesorías financieras y contables. Compra, venta, importación, mantención, comercialización y distribución de toda clase de bienes muebles, y en especial, artículos de ferretería, quincallería, herramientas, repuestos, partes, piezas y elementos metálicos o plásticos de toda especie; la ejecución de montajes e instalaciones industriales de cualquier naturaleza; la realización de toda clase de actos de comercio e inversiones en bienes muebles, bienes raíces, sean estos urbanos o agrícolas, valores mobiliarios, divisas, títulos de crédito, efectos de comercio y acciones; la explotación, compra, venta, importación, exportación, distribución, representación, comercialización y administración de toda clase de bienes, servicios, productos establecimientos o negocios; la realización de todo tipo de inversiones financieras, comerciales, industriales, mobiliarias; la explotación comercial, arrendamiento y administración de inmuebles de toda especie; la explotación de marcas, patentes y privilegios industriales; la prestación de asistencia profesional y técnica, y de asesorías y servicios, sean éstos financieros, comerciales o administrativos, y la realización de estudios relacionados con los fines antes señalados; el ejercios de representaciones, mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; y la participación en sociedades vinculadas o no a los objetos sociales, todos ellos tanto por cuenta propia o ajena. CAPITAL. $2.000.000.-, dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se establece en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN. Administrada por un Gerente General designado por escritura pública suscrita por los accionistas que representen a lo menos el setenta por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad; se indicarán las facultades que se le otorgan. REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL Corresponderá al Gerente General, que estará investido de todas las facultades de administración y de disposición dentro de los límites legales, reglamentarios y estatutarios y, por lo tanto, no será necesario otorgar poder especial alguno aun cuando ello se exija por la ley para la realización de ciertos actos y contratos. El Gerente General podrá conferir poderes y delegar parte de sus facultades en ejecutivos y abogados de la sociedad, y para objetos determinados en otras personas. JUNTA DE ACCIONISTAS. Los accionistas se reunirán en Juntas. Estas se constituirán en primera citación con la mayoría absoluta de las acciones emitidas y en segunda citación con las que estén presentes o representadas, cualquiera sea su número. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría absoluta de las acciones presentes o representadas en la Junta. Con todo, dentro del primer cuatrimestre de cada año deberá celebrarse una junta con el objeto de examinar la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros de la sociedad. La Junta de Accionistas será la que resuelva respecto de cada ejercicio si se hará distribución de dividendos a los accionistas, y en caso afirmativo el monto a repartir. El Gerente General queda facultado para distribuir dividendos provisionales a los accionistas con cargo a las utilidades del respectivo ejercicio, siempre que no existan pérdidas acumuladas y todo ello bajo su responsabilidad personal. BALANCE. La sociedad hará un balance general de sus operaciones al treinta y uno de diciembre de cada año. FISCALIZACIÓN. La Junta de Accionistas designará cada año, en aquella que deberá celebrarse dentro del primer cuatrimestre, dos Inspectores de Cuentas que fiscalicen la administración de la sociedad mediante el examen de la contabilidad, balance, inventarios y otros estados financieros, debiendo rendir cuenta por escrito en la junta próxima sobre el cumplimiento de su mandato. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. La sociedad se disolverá por las causales legales, en cuyo caso su liquidación se practicará por una comisión liquidadora compuesta por tres miembros nombrados por la Junta de Accionistas. ARBITRAJE: Cualquier dificultad que se presente entre los accionistas en su calidad de tales o entre ellos y la sociedad o su administración, por la interpretación o aplicación de los estatutos, será resuelta por un árbitro arbitrador designado por la Justicia Ordinaria. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social a que se refiere el artículo quinto de estos estatutos, que asciende a la suma de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, es suscrito por don ESTEBAN ALBERTO DÍAZ PARRAGUEZ, las que paga en este acto al contado y en dinero efectivo a razón de mil pesos por acción, ingresando a la caja social la suma de dos millones de pesos. ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO: El accionista compareciente, titular del cien por ciento de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad, designase Gerente General de la compañía confiriéndose al efecto las más amplias facultades y sin que la enumeración, en escritura extractada sea taxativa; A) En el orden administrativo general de la sociedad: B) En el orden bancario; C) En el orden judicial: tendrá la representación judicial activa y pasiva de la sociedad ante cualquier Tribunal de la República, sea ordinario o especial. Tendrá las facultades contempladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, incluidas las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos y términos legales; transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores; absolver posiciones, aprobar convenios y percibir; podrá designar abogados patrocinantes y apoderados y mandatarios judiciales con todas o con algunas de las facultades antes indicadas. D) Otorgar, tantas veces cuantas estime necesario, mandatos especiales en la o las personas que al efecto designe, pudiendo dejar sin efecto tales mandatos y delegaciones las veces que estime conveniente. El Gerente queda expresamente facultado para autocontratar. ARTICULO TERCERO TRANSITORIO: Se designan como Inspectores de Cuentas a doña Yoselyn Riquelme Rigot a don Enrique Riquelme, quienes deberán examinar la contabilidad, balance, inventario y estados financieros del primer ejercicio social. En la junta a que se refiere el artículo décimo cuarto deberán rendir cuenta por escrito de su cometido, y en esa misma oportunidad deberán designarse los Inspectores de Cuentas definitivos. Demás disposiciones constan en escritura en escritura extractada. Antofagasta, 25 de Abril del 2018.
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