Société par actions

Constructora Pillan SpA

CONSTITUCIÓN — 27 août 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-08-27Voir le PDF (CVE 2179121)

Informations sociétaires

SpA
Pinto, Ñuble
Durée: Indefinida
Administration: El Administrador de la Sociedad será don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, ya individualizado, quien tendrá las facultades indicadas en el artículo décimo séptimo de los Estatutos de la Sociedad

Objet social

El objeto de la sociedad será: a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios e) Mantención metalmecánica

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital libéré

$20.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

20 000

Associés (1)

NomParticipation

MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA

Accionista

16.xxx.xxx-5

100%

Administrateurs (1)

MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA

16.xxx.xxx-5Administrador

Texte officiel de l’extrait

MARIANA CRISTINA ABUTER GAME, Abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Concepción con Asiento en Chiguayante, con Oficio y domicilio en Chiguayante calle Lo Plaza número sesenta y dos, Sector Plaza, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de agosto de 2022, Repertorio N°770-2022, otorgada ante mí, don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, ingeniero constructor, casado, chileno, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos treinta mil trescientos noventa y ocho guion cinco, domiciliado en calle Luis Acevedo número trescientos quince de la comuna de Chiguayante; mayor de edad, constituyo una sociedad por acciones bajo el Nombre: “CONSTRUCTORA PILLAN SpA”, Domicilio: será en calle Aníbal Pinto número doscientos quince, oficina quinientos dos, comuna de Concepción, Duración: Indefinida, Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de toda clase de construcciones, obras y edificaciones, tales como viviendas, edificios, puentes, caminos, tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, movimientos de tierra; b) La urbanización y dotación de inmuebles, urbanos o rurales; c) La prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras; d) La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios e) Mantención metalmecánica, Capital: es la suma, de VEINTE MILLONES DE PESOS, divididos en veinte mil acciones, acciones nominativas, sin valor nominal, de la misma serie y de igual valor, el capital se suscribió íntegramente por el fundador don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, quien pago y suscribió al contado y en dinero efectivo, Las Utilidades y Pérdidas: Si la Sociedad tuviere pérdidas acumuladas, las utilidades del ejercicio serán destinadas primeramente a absorberlas. Si hubiere pérdida en el ejercicio, ella será absorbida con las utilidades retenidas de ejercicios anteriores, si las hubiere. Una vez verificada la procedencia de las situaciones anteriores, la junta de accionistas determinará el porcentaje de las utilidades líquidas a repartir como dividendo entre sus accionistas. Administración: El Administrador de la Sociedad será don MARCOS ANTONIO ESPINOZA SILVA, ya individualizado, quien tendrá las facultades indicadas en el artículo décimo séptimo de los Estatutos de la Sociedad Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- Chiguayante, 25 de agosto de 2022.

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