Société à responsabilité limitée

Constructora Jiménez Y Gómez Limitada

CONSTITUCIÓN — 29 août 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-08-29Voir le PDF (CVE 1264695)

Informations sociétaires

Ltda
Quintero, Valparaíso
Durée: 5 años desde iniciación de su giro o iniciación de actividades, prorrogable por plazos iguales y sucesivos si socios no manifestaren voluntad de ponerle término
Administration: Corresponderá a ambas socias, indistintamente, sin necesidad de actuar de común acuerdo

Objet social

Desarrollo de obras de construcción en general, ejecución, administración inspección y reparación de proyectos u obras civiles, tales como edificaciones públicas, de desarrollo comunal, colegios, consultorios, casas o conjuntos habitacionales, por cuenta propia o ajena, de carácter público o privado; el desarrollo de obras en áreas relativas a la decoración de interiores y exteriores, ambientación de espacios, terminaciones en obras y realización de acabados; participar en cualquier clase de licitación en proyectos inmobiliarios, sean estos públicos o privados; el desarrollo de actividades y prestación de servicios de consultoría, asesoría, y asistencia profesional y técnica a todo tipo de instituciones y personas, sean estas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en el área de la construcción o administración y ejecución de proyectos inmobiliarios; realizar toda clase de inversión mobiliaria o inmobiliaria, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; comprar, vender y administrar máquinas, herramientas y vehículos de toda clase, y sus repuestos, partes, accesorios o piezas independientes, pudiendo arrendarlos, venderlos, constituir derechos o garantías sobre ellos, y en general todo acto de administración; la comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles, productos, mercaderías, materias primas, maquinarias, equipos y tecnologías que provengan del giro de la empresa o que se relacionen con ellas; asumir, por cuenta propia o ajena representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase de otras empresas, ya sean nacionales o extranjeras, públicas o privadas; la realización de todo tipo de convenios, actos, contratos o actividades relacionadas con el objeto o giro social; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; y la realización de todas las actividades conexas o conducentes a la realización de los fines sociales, que sean acordadas por los socios y que no se opongan a la normativa legal y reglamentaria vigente.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ROMMY CAROL GOMEZ JARA

Socio

8.xxx.xxx-7

90%

MILENA ANDREA JIMÉNEZ GÓMEZ

Socio

19.xxx.xxx-0

10%

Texte officiel de l’extrait

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en esta comuna, Avenida Libertad 1155-A, certifica que por escritura pública de fecha 09 de agosto 2017, ante mí, ROMMY CAROL GOMEZ JARA, rut n°8.534.489-7 y; doña MILENA ANDREA JIMÉNEZ GÓMEZ, rut n°19.235.389-0, ambas domiciliadas Ruta F – 126, Camino La Quebrada S/N°, sector el Rungue, comuna de Puchuncaví constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “CONSTRUCTORA JIMÉNEZ Y GÓMEZ LIMITADA”, y su nombre de fantasía “LLANCAY CONSTRUCCIONES LTDA.” GIRO SOCIAL.- Actividad, objeto o giro de la empresa será desarrollo de obras de construcción en general, ejecución, administración inspección y reparación de proyectos u obras civiles, tales como edificaciones públicas, de desarrollo comunal, colegios, consultorios, casas o conjuntos habitacionales, por cuenta propia o ajena, de carácter público o privado; el desarrollo de obras en áreas relativas a la decoración de interiores y exteriores, ambientación de espacios, terminaciones en obras y realización de acabados; participar en cualquier clase de licitación en proyectos inmobiliarios, sean estos públicos o privados; el desarrollo de actividades y prestación de servicios de consultoría, asesoría, y asistencia profesional y técnica a todo tipo de instituciones y personas, sean estas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en el área de la construcción o administración y ejecución de proyectos inmobiliarios; realizar toda clase de inversión mobiliaria o inmobiliaria, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; comprar, vender y administrar máquinas, herramientas y vehículos de toda clase, y sus repuestos, partes, accesorios o piezas independientes, pudiendo arrendarlos, venderlos, constituir derechos o garantías sobre ellos, y en general todo acto de administración; la comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles, productos, mercaderías, materias primas, maquinarias, equipos y tecnologías que provengan del giro de la empresa o que se relacionen con ellas; asumir, por cuenta propia o ajena representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase de otras empresas, ya sean nacionales o extranjeras, públicas o privadas; la realización de todo tipo de convenios, actos, contratos o actividades relacionadas con el objeto o giro social; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; y la realización de todas las actividades conexas o conducentes a la realización de los fines sociales, que sean acordadas por los socios y que no se opongan a la normativa legal y reglamentaria vigente. DOMICILIO.- Quintero. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL.- Corresponderá a ambas socias, indistintamente, sin necesidad de actuar de común acuerdo.- CAPITAL.- $10.000.000, aportados y enterados por las socias de la siguiente manera: Socia ROMMY CAROL GÓMEZ JARA $9.000.000, enterados en dinero efectivo en este acto, correspondientes al 90% derechos sociales; y socia MILENA ANDREA JIMÉNEZ GÓMEZ $1.000.000, enterados en dinero efectivo en este acto, correspondientes al 10% derechos sociales.- DURACIÓN: 5 años desde iniciación de su giro o iniciación de actividades, prorrogable por plazos iguales y sucesivos si socios no manifestaren voluntad de ponerle término. Otras cláusulas escritura extractada.- VIÑA DEL MAR, 21 DE AGOSTO 2017.-

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