Société à responsabilité limitée

Compañía Minera Santa Rosa Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 juin 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-06-22Voir le PDF (CVE 1418743)

Informations sociétaires

S.A.
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, contados desde fecha de escritura, prorrogables automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada.
Administration: 1.- MARCELO ALBERTO HUNFÁN PERELLO ejercerá en forma exclusiva la administración de la sociedad. 2.- MARCELO ALBERTO HUNFÁN PERELLO y HERNÁN GABRIEL RAMÍREZ CARRASCO ejercerán en forma conjunta la administración de la sociedad.

Objet social

La exploración, el reconocimiento, la prospección y la investigación de toda clase de yacimientos de minerales, con el fin de extraer, explotar, procesar, producir y comercializar minerales, concentrados, precipitados, cátodos, barras de cobre o de metales no ferrosos, así como los productos y subproductos que se obtengan y provengan de ellos; denunciar, manifestar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; la explotación de pertenencias mineras, así como la ejecución de otros procesos anexos o complementarios de producción; realizar actividades de asesoría, consultoría u otras en el área de ingeniería, construcción de obras civiles y/o mineras, montajes industriales y/o mineros, servicios, representaciones comerciales de proveedores nacionales o extranjeros, u otras actividades conexas con la actividad minera; participar en sociedades de cualquier clase y objeto; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines antes indicados, al desarrollo de sus negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

MINERA QUIMAL S.A.

Accionista

76.558.220-2

50%

GENERMIN SpA

Accionista

76.150.744-3

50%

Administrateurs (2)

MARCELO ALBERTO HUNFÁN PERELLO

7.xxx.xxx-kAdministrador

HERNÁN GABRIEL RAMÍREZ CARRASCO

2.xxx.xxx-9Administrador

Représentation légale (2)

Hernán Gabriel Ramírez Carrasco

2.xxx.xxx-9En représentation de MINERA QUIMAL S.A.76.558.220-2

Marcelo Alberto Hunfán Perello

7.xxx.xxx-kEn représentation de GENERMIN SpA76.150.744-3

Texte officiel de l’extrait

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular de la 16 Notaría y Conservador de Minas de Santiago, San Sebastián 2750, comuna de Las Condes, certifico: que, por escritura pública de hoy, ante mí: MINERA QUIMAL S.A., R.U.T. 76.558.220-2, representada por Hernán Gabriel Ramírez Carrasco, chileno, casado, industrial minero, C.N.I. 2.862.793-9, ambos Doctor Torres Boonen 762, Providencia, y GENERMIN SpA, R.U.T. 76.150.744-3, representada por Marcelo Alberto Hunfán Perello, chileno, licenciado en matemáticas, divorciado, C.N.I. 7.543.636-K, ambos Los Conquistadores 1700, piso 6, Providencia, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada.- Razón social: “COMPAÑÍA MINERA SANTA ROSA LIMITADA”, pudiendo también actuar usando nombres de fantasía “SANTA ROSA LIMITADA” y “SANTA ROSA LTDA.”.- Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero.- Objeto: 1.- La exploración, el reconocimiento, la prospección y la investigación de toda clase de yacimientos de minerales, con el fin de extraer, explotar, procesar, producir y comercializar minerales, concentrados, precipitados, cátodos, barras de cobre o de metales no ferrosos, así como los productos y subproductos que se obtengan y provengan de ellos; 2.- Denunciar, manifestar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; 3.- La explotación de pertenencias mineras, así como la ejecución de otros procesos anexos o complementarios de producción, comprendiendo dicha explotación todas las fases que la industria minera presenta para su ejercicio y desarrollo. De este modo, la sociedad podrá constituir propiedad minera sobre los yacimientos que descubra; adquirir yacimientos o pertenencias mineras constituidas o en trámite de constitución; permutar pertenencias mineras; dar y tomar en arrendamiento pertenencias mineras; celebrar contratos de explotación de pertenencias mineras; instalar y operar con dicho objeto plantas de extracción, tratamiento o beneficio; vender minerales, ya sean en bruto o beneficiados, tanto dentro del país como en el exterior; importar o exportar minerales u otros bienes; comprar, vender, procesar, beneficiar, transportar o comercializar, de cualquier forma, toda clase de sustancias y de productos minerales; celebrar contratos de compraventa, arrendamiento, explotación, hipoteca, avío o de opción respecto de pertenencias o de derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título, y en general, ejercer todas las actividades que directa o indirectamente se relacionen con la industria minera; 4.- La realización de actividades de asesoría, consultoría u otras en el área de ingeniería, construcción de obras civiles y/o mineras, montajes industriales y/o mineros, servicios, representaciones comerciales de proveedores nacionales o extranjeros, u otras actividades conexas con la actividad minera; 5.- Participar en sociedades de cualquier clase y objeto, y 6.- En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines antes indicados, al desarrollo de sus negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Para la realización de su objeto, la sociedad podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; formar parte e incorporarse en cualquiera de las formas legales posibles a otras sociedades, asociaciones o instituciones de cualquier tipo; emitir debentures, y en general, ejecutar todos los actos y contratos que directa o indirectamente sean necesarios y/o conducentes al cumplimiento de los negocios sociales.- Duración: 5 años, contados desde fecha de escritura, prorrogables automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada.- Capital: $4.000.000.-, aportado en partes iguales por ambos socios a razón de $2.000.000.- cada uno, al contado y en dinero efectivo, ingresado en el acto a caja social.- Responsabilidad de los socios: limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración: 1.- MARCELO ALBERTO HUNFÁN PERELLO, C.N.I. 7.543.636-K, ejercerá en forma exclusiva la administración de la sociedad y anteponiendo a su sola firma la razón social, la representará y obligará válidamente sólo en los actos y contratos, y con las atribuciones que taxativamente se enumeran en los literales a.- a la z.-, ambos inclusive, del numeral Uno de la cláusula Octava de la escritura extractada; 2.- MARCELO ALBERTO HUNFÁN PERELLO, ya individualizado, y HERNÁN GABRIEL RAMÍREZ CARRASCO, C.N.I. 2.862.793-9, ejercerán en forma conjunta la administración de la sociedad y anteponiendo a sus respectivas firmas la razón social, la representarán y obligarán válidamente en los actos y contratos, y con las atribuciones que taxativamente se enumeran en los literales a.- a la g.-, ambos inclusive, del numeral Dos de la cláusula Octava de la escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de junio de 2018.-

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