Société à responsabilité limitée

Comercializadora Y Distribuidora Araya E Hija Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 juil. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-07-09Voir le PDF (CVE 1427399)

Informations sociétaires

Ltda
Antofagasta, Antofagasta
Durée: Hasta el 2032-12-31, renovable tácita y sucesivamente por periodos de cinco años cada uno, salvo aviso en contrario
Administration: Administración y uso de la razón social corresponderán a ambos socios, quienes actuando separadamente y anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades.

Objet social

La explotación, por cuenta propia o ajena, de estaciones, establecimientos o centros de servicio para el expendio de gasolina, petróleo y productos derivados, lubricantes, productos diversos y prestación de servicios para vehículos motorizados; explotación de supermercados, autoservicios, restoranes y toda clase de establecimientos para el expendio de comidas, alimentos, bebidas y abarrotes en general; compra, venta, arriendo, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de productos, repuestos, aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias, o elementos afines, sin perjuicio de otros objetos similares o no que los socios acuerden en el futuro.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

MIGUEL ANTONIO ARAYA VLATKO

Socio

85%

TAMARA PAOLA ARAYA CORTEZ

Socio

15%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

XIMENA PATRICIA GARRIDO GRANADA, Notario Público Suplente de la titular de este oficio, doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Prat Nº 482, local 25, Certifica: Escritura hoy ante mí: según consta en la Resolución Simple cero ochocientos MIGUEL ANTONIO ARAYA VLATKO, y TAMARA PAOLA ARAYA CORTEZ, ambos domiciliados en Antofagasta, José Toribio Medina número doscientos cincuenta y cuatro, departamento mil doscientos cinco, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, siguientes términos: El objeto de la sociedad será la explotación, por cuenta propia o ajena, de estaciones, establecimientos o centros de servicio para el expendio de gasolina, petróleo y productos derivados, lubricantes, productos diversos y prestación de servicios para vehículos motorizados; explotación de supermercados, autoservicios, restoranes y toda clase de establecimientos para el expendio de comidas, alimentos, bebidas y abarrotes en general; compra, venta, arriendo, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de productos, repuestos, aparatos, equipos, instrumentos, instalaciones, maquinarias, o elementos afines, sin perjuicio de otros objetos similares o no que los socios acuerden en el futuro. La razón social será “COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA ARAYA E HIJA LIMITADA”. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá funcionar y actuar con el nombre de fantasía de “ARAYA E HIJA LIMITADA.” CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderán a don MIGUEL ANTONIO ARAYA VLATKO y a doña TAMARA PAOLA ARAYA CORTEZ, quienes, actuando separadamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades.- El capital social es la suma de diez millones de pesos, que se aporta de la siguiente forma: a) Don Miguel Antonio Araya Vlatko, aporta la suma de ocho millones quinientos mil pesos, los que equivalen al ochenta y cinco por ciento del total del capital social, y doña Tamara Paola Araya Cortez, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, los que equivalen al quince por ciento del total del capital social. Todos estos aportes son en dinero efectivo ya ingresado a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre de del año dos mil veintidós, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada.- ANTOFAGASTA, 26 de junio de 2018.

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  1. CONSTITUCIÓN

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