Comercializadora Vinos & Secos Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
la compraventa, importación, exportación, fabricación, distribución y comercialización de todo tipo de vinos, licores, cervezas, alcoholes, destilados o no, y otros relacionados con estos, el almacenamiento y envase de dichos vinos, licores o cervezas y cualquier otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionada con lo anterior, que los socios acuerden llevar a cabo
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-1 | 11.xxx.xxx-1 | 25% | $250.000 |
María de los Ángeles Olate Gutiérrez Socio 16.xxx.xxx-8 | 16.xxx.xxx-8 | 25% | $250.000 |
Socio 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | 25% | $250.000 |
Karem del Rosario Maldonado Córdova Socio 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 25% | $250.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, Ahumada 312, of. 236, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de octubre del 2017, ante mí, Rodrigo Juvenal Oyarzo Agüero, cedula nacional de identidad número 11.834.926-1, domiciliado en calle Colombia número 9844, comuna de La Florida; María de los Ángeles Olate Gutiérrez, cedula nacional de identidad número 16.538.350-8, domiciliada en calle Viollier número 53, departamento 21, comuna de Santiago; Marta Lorena Morales Abadie, cedula nacional de identidad número 17.950.141-4, domiciliada en calle Francisco Bilbao número 450, casa 3, comuna de Peñaflor ; y Karem del Rosario Maldonado Córdova, cedula nacional de identidad número 12.210.538-5, domiciliada en calle Francisco Coloane número 9, casa 270, comuna de Maipú, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de Comercializadora Vinos & Secos Limitada, pudiendo usar, para todos los efectos legales, el nombre de fantasía de Vinos & Secos Ltda. La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a Rodrigo Juvenal Oyarzo Agüero y Marta Lorena Morales Abadie, quienes actuando conjuntamente podrán representar a la sociedad Comercializadora Vinos & Secos Limitada, con las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes sociales, señaladas escritura extractada. El capital de la sociedad será de un millón de pesos, que se aporta, entera y paga por los socios de la siguiente manera: a) Rodrigo Juvenal Oyarzo Agüero, aporta la suma de $250.000., que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; b) María de Los Ángeles Olate Gutiérrez, aporta la suma de $250.000., que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; c) a Marta Lorena Morales Abadie, aporta la suma de $250.000., que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera y total satisfacción; y d) Karem del Rosario Maldonado Córdova, aporta la suma de $250.000., que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera y total satisfacción. De esta manera, ha quedado íntegramente aportado, enterado y pagado el capital social. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. El objeto de la sociedad será la compraventa, importación, exportación, fabricación, distribución y comercialización de todo tipo de vinos, licores, cervezas, alcoholes, destilados o no, y otros relacionados con estos, el almacenamiento y envase de dichos vinos, licores o cervezas y cualquier otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionada con lo anterior, que los socios acuerden llevar a cabo. La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de tres años prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final de período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al márgen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del término del respectivo período en curso. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 30 de octubre del año 2017.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Comercializadora Vinos & Secos Limitada
CVE 1299084
