Comercializadora, Distribuidora Y Transportes Lanasnorsur SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
a) La comercialización, distribución, importación, exportación, manufactura, adquisición, enajenación y cualquier forma de explotación, administración y/o representación en materia de artículos de hilos, lanas, tejidos, proceso de lanas y en general todo tipo de manualidades, b) Transporte de carga y pasajeros, ya sea en vehículos propios o ajenos, ya sea por cuenta propia o de terceros; para lo cual podrá adquirir y explotar a cualquier título, toda clase de vehículos y maquinarias c) otros giros u objetos que los accionistas acuerden llevar a cabo, similares y relacionados con los anteriores
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | 100% | $2.000.000 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
ERNESTO VALENZUELA NORAMBUENA, Abogado Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, Certifico: Por escritura pública otorgada ante mi Suplente Jorge Quintana Miranda, con fecha 26 de Enero de 2018, Don JORGE ALBERTO MOLINA SANCHEZ, C.I.N°12.699.459-1, empresario, domiciliado en calle Marcela Paz N°1.611, Santa Sabina, comuna de Concepción; viene en constituir sociedad por acciones que se denomina COMERCIALIZADORA, DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTES LANASNORSUR SpA, pero podrá actuar ante toda clase de personas, utilizando el nombre de fantasía LANASNORSUR SpA.- Objeto: a) La comercialización, distribución, importación, exportación, manufactura, adquisición, enajenación y cualquier forma de explotación, administración y/o representación en materia de artículos de hilos, lanas, tejidos, proceso de lanas y en general todo tipo de manualidades, b) Transporte de carga y pasajeros, ya sea en vehículos propios o ajenos, ya sea por cuenta propia o de terceros; para lo cual podrá adquirir y explotar a cualquier título, toda clase de vehículos y maquinarias c) otros giros u objetos que los accionistas acuerden llevar a cabo, similares y relacionados con los anteriores. Capital: $2.000.000, dividido en 100 acciones, se suscribe y paga por el constituyente, en este acto, en dinero efectivo, enterado en la caja social. En consecuencia queda íntegramente suscrito y pagado el capital social.- Administrará la sociedad, la representará y usará del nombre social don JORGE ALBERTO MOLINA SANCHEZ.- Domicilio: Concepción, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.- Duración: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, contados desde esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos tres meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- Responsabilidad: Los accionistas serán sólo responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Concepción, 30 de Enero de 2018.
Informations sociétaires
Objet social
a) La comercialización, distribución, importación, exportación, manufactura, adquisición, enajenación y cualquier forma de explotación, administración y/o representación en materia de artículos de hilos, lanas, tejidos, proceso de lanas y en general todo tipo de manualidades, b) Transporte de carga y pasajeros, ya sea en vehículos propios o ajenos, ya sea por cuenta propia o de terceros; para lo cual podrá adquirir y explotar a cualquier título, toda clase de vehículos y maquinarias c) otros giros u objetos que los accionistas acuerden llevar a cabo, similares y relacionados con los anteriores
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
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100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | 100% | $2.000.000 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
ERNESTO VALENZUELA NORAMBUENA, Abogado Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, Certifico: Por escritura pública otorgada ante mi Suplente Jorge Quintana Miranda, con fecha 26 de Enero de 2018, Don JORGE ALBERTO MOLINA SANCHEZ, C.I.N°12.699.459-1, empresario, domiciliado en calle Marcela Paz N°1.611, Santa Sabina, comuna de Concepción; viene en constituir sociedad por acciones que se denomina COMERCIALIZADORA, DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTES LANASNORSUR SpA, pero podrá actuar ante toda clase de personas, utilizando el nombre de fantasía LANASNORSUR SpA.- Objeto: a) La comercialización, distribución, importación, exportación, manufactura, adquisición, enajenación y cualquier forma de explotación, administración y/o representación en materia de artículos de hilos, lanas, tejidos, proceso de lanas y en general todo tipo de manualidades, b) Transporte de carga y pasajeros, ya sea en vehículos propios o ajenos, ya sea por cuenta propia o de terceros; para lo cual podrá adquirir y explotar a cualquier título, toda clase de vehículos y maquinarias c) otros giros u objetos que los accionistas acuerden llevar a cabo, similares y relacionados con los anteriores. Capital: $2.000.000, dividido en 100 acciones, se suscribe y paga por el constituyente, en este acto, en dinero efectivo, enterado en la caja social. En consecuencia queda íntegramente suscrito y pagado el capital social.- Administrará Las Sociedad: La representará y usará del nombre social don JORGE ALBERTO MOLINA SANCHEZ.- Domicilio: Concepción, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.- Duración: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará 5 años, contados desde esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los accionistas manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación de, a lo menos tres meses antes del respectivo vencimiento o de sus prórrogas.- Responsabilidad: Los accionistas serán sólo responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Concepción, 30 de Enero de 2018.-
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