Société à responsabilité limitée

Comercial Pop Kebab Limitada

CONSTITUCIÓN — 2 mars 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-03-02Voir le PDF (CVE 1188863)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Durée: Veinte años, renovable tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de diez años, sin limitación
Administration: Conjunta

Objet social

La producción, procesamiento, conservación, elaboración, compra, venta, importación, almacenamiento, distribución, y en general la comercialización de todo tipo de alimentos y bebidas; el desarrollo, establecimiento y explotación de líneas de comida rápida, ya sea en locales comerciales o en carros de ventas también conocidos como Food Truck, incluido el otorgamiento de franquicias; así como todo tipo de negocios relacionados con el rubro de la comercialización de alimentos, para lo cual podrá importar, exportar, fabricar, producir, comprar, vender, distribuir, y comercializar todo tipo de productos relacionados con las actividades recién mencionadas; la compra, venta, arrendamiento, y todo otro negocio relacionado con la explotación de bienes muebles e inmuebles y toda otra actividad de inversión, sea en bienes corporales o incorporales, pudiendo para ello formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas; y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las mencionadas precedentemente.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital libéré

$4.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

RODRIGO ALEJANDRO TOBAR TORO

Socio

50%

CRISTIAN JESÚS MARCOS GARCÍA

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en O’Higgins Nº820, certifico: Por escritura pública de fecha 17 Enero 2017, ante mi suplente doña Zunilda Suazo Castillo, Repertorio Nº2176/17, señores RODRIGO ALEJANDRO TOBAR TORO, Dos Norte ciento ochenta y seis, Lonco Oriente, Chiguayante, y CRISTIAN JESÚS MARCOS GARCÍA, Madrigal trescientos diecisiete, Vilumanque, Concepción, constituyeron sociedad responsabilidad limitada monto respectivos aportes. Nombre: "COMERCIAL POP KEBAB LIMITADA", pudiendo reemplazar la expresión LIMITADA POR "LTDA.", nombre de fantasía "POP KEBAB LTDA.”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La producción, procesamiento, conservación, elaboración, compra, venta, importación, almacenamiento, distribución, y en general la comercialización de todo tipo de alimentos y bebidas; b) Desarrollo, establecimiento y explotación de líneas de comida rápida, ya sea en locales comerciales o en carros de ventas también conocidos como Food Truck, incluido el otorgamiento de franquicias; así como todo tipo de negocios relacionados con el rubro de la comercialización de alimentos, para lo cual podrá importar, exportar, fabricar, producir, comprar, vender, distribuir, y comercializar todo tipo de productos relacionados con las actividades recién mencionadas; c) La compra, venta, arrendamiento, y todo otro negocio relacionado con la explotación de bienes muebles e inmuebles y toda otra actividad de inversión, sea en bienes corporales o incorporales, pudiendo para ello formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas; y d) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las mencionadas precedentemente.- Domicilio: Concepción, sin perjuicio sucursales. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá conjuntamente a don RODRIGO ALEJANDRO TOBAR TORO y a don CRISTIAN JESÚS MARCOS GARCÍA, facultades según escritura; Capital: Cuatro millones de pesos, que los socios aportan con la suma de dos millones de pesos cada uno, al contado y en dinero efectivo que ingresan en este acto a la caja social. Duración: La Sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de veinte años y se entenderá renovada tácita y automáticamente, por periodos iguales y sucesivos de diez años, cada uno y sin limitación, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción en extracto de estos estatutos en el Registro de Comercio respectivo, con seis meses de anticipación a lo menos a la fecha de expiración del plazo inicial o periodo que esté en vigencia.- CONCEPCIÓN, 27 Febrero 2017.

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