Comercial Machuca Y Yañez Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie; la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital libéré
$30.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 70% | $21.000.000 |
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 30% | $9.000.000 |
Administrateurs (2)
JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON
Texte officiel de l’extrait
JACK OVIDIO BEHAR SARAVIA, Notario Titular, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, VIII Región, certifico: Por escritura de hoy, 04 de Octubre de 2016, ante mí, JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, C.I. 8.881.583-1; y CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, C.I. 12.696.716-0, ambos domiciliados en Calle Puelma número doscientos setenta y dos de la ciudad de San Carlos, constituyen Sociedad Responsabilidad Limitada, nombre empresa será “COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA”, objetivo de la Sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE y/o CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, conforme cláusula quinta Escritura Social.- Capital de la Sociedad será la suma de $30.000.000, que lo socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) El socio don JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, aporta la suma de $21.000.000, que entera en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; su aporte representa el 70% del haber social. Y, B) La socia CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, aporta la suma de $9.000.000, que entera en dinero efectivo que ingresa en éste acto a la caja social; su aporte representa el 30% del haber social. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su aporte y/o participación. Responsabilidad socios queda limitada a aportes.- Duración 10 años a contar de ésta fecha y se entenderá renovada tácita y sucesivamente por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones convenidas, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento o de alguna de las prórrogas que estuviere en vigencia.- La sociedad tendrá como domicilio Ciudad de San Carlos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.-Jack Behar Saravia.- Notario Público Titular.- San Carlos, Octubre 04 de 2016.-
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Objet social
La explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital libéré
$30.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 70% | $21.000.000 |
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 30% | $9.000.000 |
Administrateurs (2)
CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON
Texte officiel de l’extrait
JACK OVIDIO BEHAR SARAVIA, Notario Titular, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, VIII Región, certifico: Por escritura de hoy, 04 de Octubre de 2016, ante mí, JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALES, C.I. 8.881.583-1; y CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, C.I. 12.696.716-0, ambos domiciliados en Calle Puelma número doscientos setenta y dos de la ciudad de San Carlos, constituyen Sociedad Responsabilidad Limitada, nombre empresa será “COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA”, objetivo de la Sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE y/o CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, conforme cláusula quinta Escritura Social.- Capital de la Sociedad será la suma de $30.000.000, que lo socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) El socio don JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, aporta la suma de $21.000.000, que entera en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; su aporte representa el 70% del haber social. Y, B) La socia CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, aporta la suma de $9.000.000, que entera en dinero efectivo que ingresa en éste acto a la caja social; su aporte representa el 30% del haber social. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su aporte y/o participación. Responsabilidad socios queda limitada a aportes.- Duración 10 años a contar de ésta fecha y se entenderá renovada tácita y sucesivamente por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones convenidas, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento o de alguna de las prórrogas que estuviere en vigencia.- La sociedad tendrá como domicilio Ciudad de San Carlos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Jack Behar Saravia.- Notario Público Titular.- San Carlos, Octubre 04 de 2016.-
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