Société par actions

Chipiot SpA

CONSTITUCIÓN — 20 déc. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-12-20Voir le PDF (CVE 2586628)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Diego Felipe Goldsack Pérez, quien la administrará y representará judicial y extrajudicialmente, con todas y cada una de las facultades establecidas en los estatutos sociales.

Objet social

El objeto de la Sociedad es, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio nacional o en el extranjero: (a) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro de tecnología; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que acordaren los accionistas; (b) financiar sociedades y otros negocios, como también contratar y otorgar créditos y otorgar garantías; administrar y disponer de propiedad sujeta a inscripción; invertir capital, entre otras actividades, en propiedad sujeta a inscripción y valores mobiliarios tales como acciones y otros certificados de participación, bonos y en otras deudas que devenguen interés, bajo cualquier nombre y de cualquier forma; (c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, de responsabilidad limitadas u otras, comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas, y concurrir a la modificación, transformación, fusión, división, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; (e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar y suscribir toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos, contratos o instrumentos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro;

Capital

Capital total

$900.000

Capital libéré

$900.000

Capital restant dû

$0

Actions

900

Associés (1)

NomParticipation

Asesorías Comerciales Members SpA

Accionista

76.766.793-0

100%

Administrateurs (1)

Diego Felipe Goldsack Pérez

14.xxx.xxx-0Administrador

Représentants auprès du SII (1)

Diego Felipe Goldsack Pérez

14.xxx.xxx-0Representante

Texte officiel de l’extrait

EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, abogado, Notario Público Titular de la 44ª Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura Nº 3724, comuna de Vitacura, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2024, Repertorio N° 1782-2024, ante mí: Diego Felipe Goldsack Pérez, cédula nacional de identidad número 14.541.080-0, en representación de Asesorías Comerciales Members SpA, Rut número 76.766.793-0, constituye una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1) Accionistas: Asesorías Comerciales Members SpA. 2) Razón Social: Chipiot SpA; 3) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir oficinas, sucursales y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; 4) Objeto: El objeto de la Sociedad es, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio nacional o en el extranjero: (a) la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro de tecnología; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que acordaren los accionistas; (b) financiar sociedades y otros negocios, como también contratar y otorgar créditos y otorgar garantías; administrar y disponer de propiedad sujeta a inscripción; invertir capital, entre otras actividades, en propiedad sujeta a inscripción y valores mobiliarios tales como acciones y otros certificados de participación, bonos y en otras deudas que devenguen interés, bajo cualquier nombre y de cualquier forma; (c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, de responsabilidad limitadas u otras, comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas, y concurrir a la modificación, transformación, fusión, división, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; (e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar y suscribir toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos, contratos o instrumentos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro; 5) Capital: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $900.000, dividido en 900 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; 6) Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Diego Felipe Goldsack Pérez, quien la administrará y representará judicial y extrajudicialmente, con todas y cada una de las facultades establecidas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 17 de diciembre de 2024.

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