Société par actions

Chile Gas Capital SpA

CONSTITUCIÓN — 18 nov. 2016

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2016-11-18Voir le PDF (CVE 1137184)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración, representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá, estará y recaerá facultativamente en ambos socios accionistas.

Objet social

La construcción en obras civiles, entendiendo este concepto en el más amplio sentido del término, es decir, la construcción de obras civiles, cualquiera sea tu tipo, clase y/o naturaleza, sin perjuicio de que éstas sean del sector privado o público, participando en las obras de construcción en carácter general o particular de la obra, o simplemente para la ejecución de determinados servicios en la obra que el mandante solicite en la construcción de un determinado inmueble, ya sea ésta en forma parcial o especifica, es decir, la ejecución de determinados servicios singularizados en la obra o de algún sector o dependencia exclusiva de un inmueble o bien raíz, según sea el caso, y el tipo de los servicios que se contrata, tales como, entre otros, en edificios, condominios de casa habitación, casa habitación particular, condominios de departamentos, centros comerciales y/o Mall Comercial, Universidades, Hospitales de Salud Pública o Clínicas Médicas, Hoteles, y Casas Habitación dentro y fuera de Santiago, etc.. Es decir, el objeto de la sociedad será la construcción de cualquier obra en particular, y cuya participación en el desarrollo de los servicios que se prestarán, podrán ser contratados por el mandante, en carácter general, total, parcial, simplemente para una finalidad exclusiva en la obra, o de un sector singularizado de la misma, independiente sea su naturaleza, si es privada o pública, y particularmente en la construcción, general o singularizada en las que se requieran los servicios técnicos emanados por el uso del combustible, esto es, el gas, en la ciudad o fuera de ésta, independiente a que la obra esté terminada o no, por lo cual, y sin considerar esta enunciación de forma taxativa, señalo las siguientes prestaciones de servicios: Instalaciones de redes nuevas de gas; sellado de red o de arranque; eliminación o reparación de fuga, ya sean éstas visibles o no visibles; regulación de ventilación; obtención de sello verde, sello de fugas (Prodoral); conversión de artefactos, esto es, calefón, cocina, estufas, calefacción en general, ya sea en gas licuado, natural o de ciudad; cambio de calefón e instalaciones; reparación de Shaft (conductos colectivos); mantención de artefactos de gas; y no menos importante la prueba de hermeticidad es lugares al interior del inmueble con posibles fugas visibles o no visibles e instalación de llaves de paso y flexible de gas, entre otros servicios que prestará eventualmente la empresa, ya sea éstos, al interior o exterior de cualquier clase de inmuebles, según sea el caso, condición o estado en que se soliciten los servicios, incluyendo los que sirvan de instituciones estatales o particulares en general, y de toda clase de construcción de obras civiles que sirvan de proveedores de bienes y servicios, etc., ya sean de cualquier naturaleza, y del sector privado o público.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

2 000

Associés (2)

NomParticipation

JORGE ANTONIO ESCOBAR TORRES

Accionista

50%

DANILO GABRIEL ESCOBAR TORRES

Accionista

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público titular de la 9ª Notaría de Santiago, Teatinos 333 e/p, CERTIFICA: Por escritura pública de 07.11.2016, ante mí, DANILO GABRIEL ESCOBAR TORRES, chileno, viudo, Técnico en Construcción en obras Civiles, e Instalador de Gas, autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible, con domicilio en calle Plutarco 1353, Maipú, ciudad Santiago, Región Metropolitana y JORGE ANTONIO ESCOBAR TORRES, chileno, asesor jurídico, divorciado, Libertad número 1473, depto. 1706 Santiago, constituyen sociedad por acciones. Razón Social “CHILE GAS CAPITAL SpA”, pudiendo también actuar, inclusive, ante los bancos e instituciones financieras, e instituciones que dependan de la orden de justicia o ministerio de justicia, o institución Pública del gobierno de Chile, con el nombre de fantasía o sigla “CHILE GAS CAPITAL SpA”. Domicilio: Será la comuna y ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que la administración acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto. La construcción en obras civiles, entendiendo este concepto en el más amplio sentido del término, es decir, la construcción de obras civiles, cualquiera sea tu tipo, clase y/o naturaleza, sin perjuicio de que éstas sean del sector privado o público, participando en las obras de construcción en carácter general o particular de la obra, o simplemente para la ejecución de determinados servicios en la obra que el mandante solicite en la construcción de un determinado inmueble, ya sea ésta en forma parcial o especifica, es decir, la ejecución de determinados servicios singularizados en la obra o de algún sector o dependencia exclusiva de un inmueble o bien raíz, según sea el caso, y el tipo de los servicios que se contrata, tales como, entre otros, en edificios, condominios de casa habitación, casa habitación particular, condominios de departamentos, centros comerciales y/o Mall Comercial, Universidades, Hospitales de Salud Pública o Clínicas Médicas, Hoteles, y Casas Habitación dentro y fuera de Santiago, etc.. Es decir, el objeto de la sociedad será la construcción de cualquier obra en particular, y cuya participación en el desarrollo de los servicios que se prestarán, podrán ser contratados por el mandante, en carácter general, total, parcial, simplemente para una finalidad exclusiva en la obra, o de un sector singularizado de la misma, independiente sea su naturaleza, si es privada o pública, y particularmente en la construcción, general o singularizada en las que se requieran los servicios técnicos emanados por el uso del combustible, esto es, el gas, en la ciudad o fuera de ésta, independiente a que la obra esté terminada o no, por lo cual, y sin considerar esta enunciación de forma taxativa, señalo las siguientes prestaciones de servicios: Instalaciones de redes nuevas de gas; sellado de red o de arranque; eliminación o reparación de fuga, ya sean éstas visibles o no visibles; regulación de ventilación; obtención de sello verde, sello de fugas (Prodoral); conversión de artefactos, esto es, calefón, cocina, estufas, calefacción en general, ya sea en gas licuado, natural o de ciudad; cambio de calefón e instalaciones; reparación de Shaft (conductos colectivos); mantención de artefactos de gas; y no menos importante la prueba de hermeticidad es lugares al interior del inmueble con posibles fugas visibles o no visibles e instalación de llaves de paso y flexible de gas, entre otros servicios que prestará eventualmente la empresa, ya sea éstos, al interior o exterior de cualquier clase de inmuebles, según sea el caso, condición o estado en que se soliciten los servicios, incluyendo los que sirvan de instituciones estatales o particulares en general, y de toda clase de construcción de obras civiles que sirvan de proveedores de bienes y servicios, etc., ya sean de cualquier naturaleza, y del sector privado o público. Duración. Indefinida Capital: $2.000.000, dividido en 2000 acciones de una sola serie y sin valor nominal, que los constituyentes suscriben y pagan de la siguiente manera: a) Don JORGE ANTONIO ESCOBAR TORRES, paga la suma de $1.000.000, equivalente a 1000 acciones; y b) Don DANILO GABRIEL ESCOBAR TORRES, también paga la suma de $1.000.000, equivalente a 1000 acciones; cuyos pagos se efectúan en este acto, en su totalidad, al contado y en dinero efectivo, e ingresan a la caja de la sociedad que se constituye. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá, estará y recaerá facultativamente EN AMBOS SOCIOS ACCIONISTAS, esto es, en don Danilo Gabriel Escobar Torres, y en don Jorge Antonio Escobar Torres. Demás estipulaciones en escritura extractada.-

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