Société à responsabilité limitée

Centro De Neuropsicopedagogia E Innovacion Educativa Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 juin 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-06-09Voir le PDF (CVE 1225920)

Informations sociétaires

Ltda
San Felipe, Valparaíso
Durée: 3 años, renovables automática y tácitamente por periodos iguales y sucesitos de 3 años
Administration: Corresponderá a cada uno de los socios, los que podrán obrar en forma conjunta o por separado

Objet social

La prestación de servicios educacionales, el ejercicio de la docencia por parte de los socios y/o a través de terceros en cualesquiera de las formas que la ley lo permita; la fundación, creación y administración de establecimientos educacionales de toda índole, sean estos institutos profesionales, centros de capacitación, especiales, diferenciales, de educación básica, media o superior, prestación de servicios educacionales, asesorías, charlas, seminarios, cursos y jornadas de instrucción y capacitación relacionadas con el área de psicopedagogía, neuro-psicopedagogía, derecho, docencia y de cualquier tipo dentro de las facultades y limitaciones establecidas por la ley y en general, podrán emprender todas las actividades que de común acuerdo estimen pertinentes los socios y que digan relación con la educación y docencia ya sean en el presente o en lo futuro y de todos aquellos negocios que en una u otra forma se relacionen directa o indirectamente con dicha actividad, pudiendo celebrar todos los actos y contratos y demás convenios que sean conducentes a los objetivos indicados y los que emprendan.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$1.500.000

Capital restant dû

$1.500.000

Associés (2)

NomParticipation

Carol Alexandra Segura Vargas

Socio

50%

Alexander Yordan Bazán Correa

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

ALEX PEREZ DE TUDELA VEGA, Notario Público de San Felipe, con oficio en esta ciudad, calle Prat 106, certifica: Por escritura de hoy, ante mí, CAROL ALEXANDRA SEGURA VARGAS, quien comparece con el ejercicio de su patrimonio reservado de conformidad al Art. 150 del Código Civil, y don ALEXANDER YORDAN BAZAN CORREA, casados entre sí, bajo el régimen de sociedad conyugal, ambos domiciliados en Cañada de San Bartolomé Nº2617, Villa El Descanso, San Felipe, constituyeron sociedad educacional de responsabilidad limitada. Razón Social: "CENTRO DE NEUROPSICOPEDAGOGIA E INNOVACION EDUCATIVA LIMITADA". Nombre de Fantasía: "CENTRO DE NEUROPSICOPEDAGOGIA LTDA.".- Objeto: La prestación de servicios educacionales, el ejercicio de la docencia por parte de los socios y/o a través de terceros en cualesquiera de las formas que la ley lo permita; la fundación, creación y administración de establecimientos educacionales de toda índole, sean estos institutos profesionales, centros de capacitación, especiales, diferenciales, de educación básica, media o superior, prestación de servicios educacionales, asesorías, charlas, seminarios, cursos y jornadas de instrucción y capacitación relacionadas con el área de psicopedagogía, neuro-psicopedagogía, derecho, docencia y de cualquier tipo dentro de las facultades y limitaciones establecidas por la ley y en general, podrán emprender todas las actividades que de común acuerdo estimen pertinentes los socios y que digan relación con la educación y docencia ya sean en el presente o en lo futuro y de todos aquellos negocios que en una u otra forma se relacionen directa o indirectamente con dicha actividad, pudiendo celebrar todos los actos y contratos y demás convenios que sean conducentes a los objetivos indicados y los que emprendan.- Domicilio: San Felipe, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias u oficinas en otros lugares del país o extranjero.- La administración, representación y uso de la Razón Social: Corresponderá a cada uno de los socios, los que podrán obrar en forma conjunta o por separado, con las facultades indicadas en cláusula sexta del pacto social.- Capital: $3.000.000, que socios enteran de la siguiente manera: a) Doña Carol Alexandra Segura Vargas, $1.500.000, aportando en este acto a la caja social $500.000, y el saldo de $1.000.000, en medida que los negocios sociales lo requieran y en todo caso en el plazo máximo de un año a contar esta fecha; y b) Don Alexander Yordan Bazán Correa, $1.500.000, aportando en este acto a la caja social $1.000.000, y el saldo de $500.000, en medida que los negocios sociales lo requieran y en todo caso en el plazo máximo de un año a contar esta fecha.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- Duración: 3 años, renovables automática y tácitamente por periodos iguales y sucesitos de 3 años, forma convenida en pacto social. Otras estipulaciones constan escritura extractada.- San Felipe, 01 de Junio de 2017.-

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