Société à responsabilité limitée

Canales Y González Limitada

CONSTITUCIÓN — 7 sept. 2016

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2016-09-07Voir le PDF (CVE 1108789)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años, prorrogable por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario manifestada en escritura que extracto
Administration: Indistintamente, a cualquiera de los socios, ejerciendo conjunta o separadamente, anteponiendo a su firma la razón social.

Objet social

Actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial la fabricación, importación, exportación, compra, venta, comercialización y distribución por cuenta propia o ajena de toda clase de calzados, artículos de cuero y de plástico, intermediación, representación, difusión, publicidad, marketing, comisión y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, bienes y servicios para todos los objetos antes indicados, y todos los negocios que los socios acuerden; cualquiera otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; y toda otra actividad que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ANGÉLICA MARIÓN CANALES SAAVEDRA

Socio

17.xxx.xxx-6

50%

JORGE CARLOS GONZÁLEZ ESCOBAR

Socio

18.xxx.xxx-7

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, Notario Público, Titular 14ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 449, 6º piso, Santiago, certifica: que por escritura pública, hoy, ante mí, ANGÉLICA MARIÓN CANALES SAAVEDRA, chilena, vendedora de calzado, soltera, C.I. Nº 17.047.695-6, domiciliada en Pje. Sotero Ciprés Nº9.657, La Granja, de paso en ésta ciudad de Santiago; y, JORGE CARLOS GONZÁLEZ ESCOBAR, chileno, vendedor, soltero, C.I. Nº 18.725.299-7, domiciliado en Pje. Tabaqueros Nº 9.236, La Granja, de paso en ésta ciudad de Santiago; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, bajo el nombre o razón social de “CANALES Y GONZÁLEZ LIMITADA”. Domicilio. Ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias, representaciones o sucursales que puedan establecer otros puntos del país o extranjero. Objeto. Actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial la fabricación, importación, exportación, compra, venta, comercialización y distribución por cuenta propia o ajena de toda clase de calzados, artículos de cuero y de plástico, intermediación, representación, difusión, publicidad, marketing, comisión y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de productos, bienes y servicios para todos los objetos antes indicados, y todos los negocios que los socios acuerden; cualquiera otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; y toda otra actividad que los socios acuerden. Ejercicio Objeto Social. Para llevar a cabo todas las actividades que integran el objeto social antes descrito, la sociedad podrá hacerlo tanto dentro del país, a nivel local o nacional, como en el extranjero, ya sea directa o indirectamente a través de la participación, minoritaria o mayoritaria, en terceras personas, sean estas sociedades u otras entidades jurídicas con objeto idéntico o similar. Administración. Corresponderá, indistintamente, a cualquiera de los socios, ejerciendo conjunta o separadamente, quienes, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades, indicadas en escritura que extracto. Capital. $2.000.000, que se aportarán siguiente forma: 1) ANGÉLICA MARIÓN CANALES SAAVEDRA, $1.000.000, equivalente al 50% capital social, en dinero efectivo, e ingresa a caja social éste acto a entera satisfacción de la Sociedad. 2) JORGE CARLOS GONZÁLEZ ESCOBAR, $1.000.000, equivalente al 50% capital social, en dinero efectivo, e ingresa a caja social en éste acto a entera satisfacción de la Sociedad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duracion. La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde esta fecha, prorrogable períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario manifestada escritura que extracto. Distribución de Utilidades. Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada balance, se distribuirán entre los socios en 50% c/u. Demás estipulaciones orden interno escritura que extracto. SANTIAGO, 09 de agosto 2016.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    CANALES Y GONZÁLEZ LIMITADA

    CVE 1108789

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial