Entreprise individuelle à responsabilité limitée

Asesorias Silvoagropecuarias, Servicios Profesionales Ernesto Higueras Barria Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 janv. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-01-18Voir le PDF (CVE 1169335)

Informations sociétaires

E.I.R.L.
Río Negro, Los Lagos
Durée: a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por igual periodo; a menos que el compareciente le ponga término mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción de constitución de la empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en un plazo de seis meses antes del vencimiento del respectivo periodo
Administration: corresponderá al constituyente quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades

Objet social

La prestación de servicios y asesorías en el área silvoagropecuaria, forestal, ganadera, apícola, acuícola, frutícola, ortícola, turísticos, riego, mineros y energéticos a productores y/o agricultores, ya sea de manera particular y/o a través de programas de fomento brindados por servicios gubernamentales como SAG, INDAP, SERCOTEC, CORFO, CONAF, entre otros; la producción y explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos, apícolas, acuícolas, fritucolas, ortícolas, turísticos, mineros, energéticos o forestales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, paking y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios e insumos de cualquier índole; asesorías administrativas, contable, asesorías profesionales en estas áreas en general, capacitación, consultorías, elaboración, implementación y ejecución de todo tipo de proyectos relacionados con el giro social, la comercialización de todo tipo de productos, comisionista, corretajes, la promoción, difusión, realización de todo tipo de eventos, a través de todo tipo de medios de comunicación social y la realización de otras actividades relacionadas con las finalidades señaladas precedentemente y, en general, todo negocio o actividad relacionada con los giros indicados.

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$5.000.000

Associés (1)

NomParticipation

ERNESTO ENRIQUE HIGUERAS BARRIA

Titular

10.xxx.xxx-1

100%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO PATRICIO CESAR FERRER FIGUEROA, Notario y Conservador de Bienes Raíces Titular de las comunas de Río Negro y Purranque, con oficio calle Vicuña Mackenna 243, Río Negro, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada ante hoy ante mí, Rp.27-2017; ERNESTO ENRIQUE HIGUERAS BARRIA, soltero, Asesor Agrícola, cuarenta y ocho años de edad, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos setenta y siete mil sesenta y tres guión uno, domiciliado en calle Santo Domingo número treinta, comuna de Purranque, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “ASESORIAS SILVOAGROPECUARIAS, SERVICIOS PROFESIONALES ERNESTO HIGUERAS BARRIA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” pudiendo utilizar indistintamente ante toda persona natural y/o jurídica, sean publicas o privadas, incluso ante bancos e instituciones financieras, y ante el Servicio de Impuestos Internos con el nombre de fantasía de “HIGUERA ASESORES E.I.R.L.” Objeto: La prestación de servicios y asesorías en el área silvoagropecuaria, forestal, ganadera, apícola, acuícola, frutícola, ortícola, turísticos, riego, mineros y energéticos a productores y/o agricultores, ya sea de manera particular y/o a través de programas de fomento brindados por servicios gubernamentales como SAG, INDAP, SERCOTEC, CORFO, CONAF, entre otros; la producción y explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos, apícolas, acuícolas, fritucolas, ortícolas, turísticos, mineros, energéticos o forestales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, paking y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios e insumos de cualquier índole; asesorías administrativas, contable, asesorías profesionales en estas áreas en general, capacitación, consultorías, elaboración, implementación y ejecución de todo tipo de proyectos relacionados con el giro social, la comercialización de todo tipo de productos, comisionista, corretajes, la promoción, difusión, realización de todo tipo de eventos, a través de todo tipo de medios de comunicación social y la realización de otras actividades relacionadas con las finalidades señaladas precedentemente y, en general, todo negocio o actividad relacionada con los giros indicados. Administración, representación y uso razón social: corresponderá al constituyente quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades, según forma indicada cláusula cuarta escritura constitutiva.- Capital: $8.000.000, que se entera de la siguiente forma: a) con la suma de tres millones de pesos, que se enteran en este acto, al contado en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; y b) el saldo de cinco millones de pesos, que deberán ser ingresados a las arcas sociales en un plazo de tres años a contar de esta fecha.- Domicilio: Río Negro, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el constituyente acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por igual periodo; a menos que el compareciente le ponga término mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción de constitución de la empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en un plazo de seis meses antes del vencimiento del respectivo periodo.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Río Negro, Enero 12 de 2017.-

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