Société à responsabilité limitée

Asesorías Profesionales Trinidad Dos Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 janv. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-01-03Voir le PDF (CVE 2246486)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, todo ello mediante escritura pública que se deberá inscribir al margen de la inscripción social con a lo menos tres meses de anticipación a la expiración del respectivo período
Administration: Corresponderá a a don Jose Felipe Aguilera Navarro, a doña María Angélica Zepeda Provis, y a doña Maria Trinidad Aguilera Zepeda quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad frente a terceros, con amplias facultades indicadas en escritura extractada.

Objet social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales, en toda clase de asuntos jurídicos, de cualquier naturaleza o especie, especialmente asesorías en el orden judicial, civil, comercial, inmobiliario, administrativo, contable, tributario, financiero e internacional.

Capital

Capital total

$300.000

Associés (3)

NomParticipation

Jose Felipe Aguilera Navarro

Socio

5%

María Angélica Zepeda Provis

Socio

5%

Maria Trinidad Aguilera Zepeda

Socio

90%

Représentants auprès du SII (3)

Texte officiel de l’extrait

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada el 19 de diciembre de 2022, Repertorio N°11857, ante mí, MARÍA ANGÉLICA ZEPEDA PROVIS, abogado, JOSE FELIPE AGUILERA NAVARRO, abogado, y MARIA TRINIDAD AGUILERA ZEPEDA, licenciada en ciencias jurídicas y sociales, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte N° 1090, piso 12, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “ASESORÍAS PROFESIONALES TRINIDAD DOS LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales, en toda clase de asuntos jurídicos, de cualquier naturaleza o especie, especialmente asesorías en el orden judicial, civil, comercial, inmobiliario, administrativo, contable, tributario, financiero e internacional. Administración y uso razón social: Corresponderá a a don Jose Felipe Aguilera Navarro, a doña María Angélica Zepeda Provis, y a doña Maria Trinidad Aguilera Zepeda quienes actuando separada e indistintamente uno cualquiera de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad frente a terceros, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. Capital social: $300.000 que los socios aportan, enteran y pagan como sigue: uno) Jose Felipe Aguilera Navarro aporta la suma de $15.000, equivalente al 5% de los derechos sociales, que entera y paga en este acto, de contado, en dinero efectivo y que ingresan en caja social; y dos) María Angélica Zepeda Provis, aporta la suma de $15.000, equivalente al 5% de los derechos sociales, que entera y paga en este acto, de contado, en dinero efectivo y que ingresan en caja social y tres) Maria Trinidad Aguilera Zepeda, aporta la suma de $270.000, equivalente al 90% de los derechos sociales, que entera y paga en este acto, de contado, en dinero efectivo y que ingresan en caja socia.. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término al final del período que estuviere en curso, todo ello mediante escritura pública que se deberá inscribir al margen de la inscripción social con a lo menos tres meses de anticipación a la expiración del respectivo período. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2022. HQM. Not. Pub.

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