Société par actions

Arena Recoleta SpA

CONSTITUCIÓN — 28 nov. 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-11-28Voir le PDF (CVE 1857140)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: cinco años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años
Administration: corresponderá a Matías Salvador Bobadilla Orellana, Javiera Mercedes Bobadilla Orellana, Alejandro Patricio Vergara Marín, debiendo actuar al menos dos de ellos, quienes representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad con amplias facultades

Objet social

La sociedad tiene por objeto los siguientes: (i) construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y (ii) estudio, creación, organización, administración, difusión, realización, producción y venta –por cuenta propia o ajena– de actividades culturales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas, musicales y de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, conciertos, manifestaciones; la representación de otras empresas nacionales o extranjeras del área; la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes; la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculos y todo lo que, a las empresas, profesionales y otros intereses, en materia de cursos, simposios, congresos, paseos, reuniones y otros en los que se haga comunicación entre los interesados o para el público; prestar asesorías de toda índole; actuar como agencia de prensa, publicitaria y de difusión; todo lo que, en la actualidad o, de cualquier forma, en el futuro, diga relación con esas labores de difusión, comunicación, arte, descanso, trabajo, intercambio, hotelería y demás; y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$2.500.000

Capital restant dû

$2.500.000

Actions

1 000

Associés (3)

NomParticipation

Matías Salvador Bobadilla Orellana

Accionista

18.xxx.xxx-1

25%

Javiera Mercedes Bobadilla Orellana

Accionista

17.xxx.xxx-5

25%

Alejandro Patricio Vergara Marín

Accionista

11.xxx.xxx-1

50%

Administrateurs (3)

Matías Salvador Bobadilla Orellana

18.xxx.xxx-1Administrador

Javiera Mercedes Bobadilla Orellana

17.xxx.xxx-5Administrador

Alejandro Patricio Vergara Marín

11.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 19ª Notaria de Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, con oficio en Bandera Nº 341, Of. 352, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha de 19 de Noviembre del 2020, bajo el Repertorio Nº 31.153, ante mí: Matías Salvador Bobadilla Orellana, cédula de identidad N° 18.928.990-1, abogado, con domicilio en Las Clarisas N° 124, Las Condes, Región Metropolitana; Javiera Mercedes Bobadilla Orellana, cédula de identidad N° 17.267.802-5, abogada, con domicilio en Las Clarisas N° 124, Las Condes, Región Metropolitana; y Alejandro Patricio Vergara Marín, cédula de identidad N° 11.847.272-1, músico, con domicilio en Avenida Einstein N° 848, Recoleta, Región Metropolitana; quienes constituyen una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Arena Recoleta SpA”. Objeto: La sociedad tiene por objeto los siguientes: (i) construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y (ii) estudio, creación, organización, administración, difusión, realización, producción y venta –por cuenta propia o ajena– de actividades culturales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas, musicales y de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, conciertos, manifestaciones; la representación de otras empresas nacionales o extranjeras del área; la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes; la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculos y todo lo que, a las empresas, profesionales y otros intereses, en materia de cursos, simposios, congresos, paseos, reuniones y otros en los que se haga comunicación entre los interesados o para el público; prestar asesorías de toda índole; actuar como agencia de prensa, publicitaria y de difusión; todo lo que, en la actualidad o, de cualquier forma, en el futuro, diga relación con esas labores de difusión, comunicación, arte, descanso, trabajo, intercambio, hotelería y demás; y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Administración y uso de Razón Social: corresponderá a Matías Salvador Bobadilla Orellana, Javiera Mercedes Bobadilla Orellana, Alejandro Patricio Vergara Marín, debiendo actuar al menos dos de ellos, quienes representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad con amplias facultades. Capital: $5.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) don Matías Salvador Bobadilla Orellana suscribió 250 acciones de la sociedad, por un valor de $1.250.000, las que paga al contado y en dinero efectivo enterándolos en la caja social; b) doña Javiera Mercedes Bobadilla Orellana suscribió 250 acciones de la sociedad, por un valor de $1.250.000, las que paga al contado y en dinero efectivo enterándolos en la caja social; y c) don Alejandro Patricio Vergara Marín suscribió 500 acciones de la sociedad, por un valor de $2.500.000, suma que enterará en el plazo de un año a contar de la fecha de la escritura, en dinero en efectivo u otros bienes. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2020. JAVIER I. HORMAZABAL COLLAO.

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