Société à responsabilité limitée

Araya Y Cancino Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 nov. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-11-27Voir le PDF (CVE 1310184)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 10 años
Administration: Uso de la razón social y la administración conjunta por ambos socios, anteponiendo su firma a la razón social.

Objet social

La distribución, comercialización y venta de todo tipo de productos alimenticios y bebidas naturales o de fantasía, rubros de lácteos, abarrotes, por cuenta propia o de terceros, tanto en el país como en el exterior y cualquier otro negocio que acordaren los socios dedicados al rubro; y todo lo que en la actualidad o en el futuro acordaren los socios.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Paola Andrea Araya Uribe

Socio

11.xxx.xxx-4

50%

Cristian Eugenio Cancino Vallejo

Socio

13.xxx.xxx-8

50%

Administrateurs (2)

Paola Andrea Araya Uribe

11.xxx.xxx-4Administrador

Cristian Eugenio Cancino Vallejo

13.xxx.xxx-8Administrador

Texte officiel de l’extrait

OSVALDO PEREIRA GONZÁLEZ, abogado, Notario Público, Titular de la Décimo Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos número cuatrocientos cuarenta y nueve, sexto piso, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, PAOLA ANDREA ARAYA URIBE, chilena, Administrador de empresas mención Marketing, divorciada, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos sesenta y nueve mil seiscientos diecisiete guión cuatro, con domicilio en El Pilpilen cuatro seis cinco seis, Las Perdices dos, comuna de Puente Alto y de paso en esta, Región Metropolitana; y Don CRISTIÁN EUGENIO CANCINO VALLEJO, chileno, Administrador de empresas, divorciado, cédula nacional de identidad número trece millones treinta y cinco mil ochocientos doce guión ocho, con domicilio en Pasaje Isla Desolación uno dos siete siete, comuna de Conchalí, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada la cual se regirá por sus estatutos contenidos en la presente escritura y por las disposiciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo, además, presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiese estipulado en este contrato. El nombre o razón social será “ARAYA Y CANCINO LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, ante los bancos y sociedades financieras y de la misma manera que con la razón social, usando el nombre de fantasía, incluso para fines comerciales y de propaganda, el de “SÚPER 7”. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del territorio nacional o del extranjero. Duración de la sociedad. El plazo de duración de la sociedad será de diez años a contar de esta escritura y se entenderá renovado por períodos iguales de tiempo en forma tácita y automáticamente, salvo que uno cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del período respectivo, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El objeto de la sociedad será. El objeto de la sociedad será la distribución, comercialización y venta de todo tipo de productos alimenticios y bebidas naturales o de fantasía, rubros de lácteos, abarrotes, por cuenta propia o de terceros, tanto en el país como en el exterior y cualquier otro negocio que acordaren los socios dedicados al rubro; y todo lo que en la actualidad o en el futuro acordaren los socios. Capital Social El capital de la sociedad será de $2.000.000, que cada uno de los socios aporta y se comprometen a enterar de la siguiente forma: a) El socio Paola Andrea Araya Uribe aporta la suma de $1.000.000 mediante el aporte al contado y en efectivo, que ingresan en este acto a la caja social; b) el socio Cristian Eugenio Cancino Vallejo, aporta la suma de UN MILLÓN DE PESOS, $1.000.000 mediante el aporte al contado y en efectivo, que ingresan en este acto a la caja social. La sociedad será administrada y representada por El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a Paola Andrea Araya Uribe y a Cristian Eugenio Cancino Vallejo quienes actuarán conjuntamente anteponiendo su firma a la razón social, tendrán todas las facultades del giro ordinario de la sociedad. La sociedad practicará un balance general y una cuenta de ganancias y pérdidas y formará un inventario de los bienes y obligaciones sociales. Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por los socios, a prorrata de sus respectivos aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago 2 de noviembre del 2017.-

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