Société à responsabilité limitée

Amasandería Y Pastelería Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 janv. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-01-13Voir le PDF (CVE 1335651)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años a contar de esta fecha, renovables por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años c/u, en la forma indicada en la escritura
Administration: Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña ROSA LUZ ANGÉLICA OYARZÚN QUEGLAS

Objet social

La preparación y venta de pan, empanadas, masas, dulces, pastelería y sus derivados en general, además de abarrotes, dulces e insumos para la fabricación de pan, empanadas y sus derivados. En general, podrá la sociedad desarrollar y ejecutar todas las actividades que directa o indirectamente se encuentren relacionadas con el giro principal referido.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$5.000.000

Associés (2)

NomParticipation

JORGE ANTONIO PALMA OYARZÚN

Socio

50%

JORGE IGNACIO PALMA MATAMALA

Socio

50%

Administrateurs (1)

ROSA LUZ ANGÉLICA OYARZÚN QUEGLAS

9.xxx.xxx-3Administrador

Texte officiel de l’extrait

ESMERALDA LUZ MUÑOZ IGLESIAS, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio en Gran Avenida 12.536, El Bosque, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, JORGE ANTONIO PALMA OYARZÚN, con domicilio en calle La Granja número 8.451, comuna de La Cisterna y JORGE IGNACIO PALMA MATAMALA, con domicilio en calle La Granja número 8.451, comuna de La Cisterna, constituyen sociedad responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “AMASANDERÍA Y PASTELERÍA LIMITADA” nombre fantasía: “LA ESPIGA DORADA LTDA.” Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña ROSA LUZ ANGÉLICA OYARZÚN QUEGLAS, cédula nacional de identidad número nueve millones seiscientos ocho mil doscientos cincuenta y tres guión tres. Capital: $10.000.000.- que los socios aportarán de la siguiente manera: a) JORGE ANTONIO PALMA OYARZÚN, la suma de $5.000.000.- equivalentes al 50% del capital social, que entera en este acto y en dinero efectivo, los que la sociedad declara recibir a su entera conformidad e ingresados en arcas sociales; b) JORGE IGNACIO PALMA MATAMALA, la suma de $5.000.000.- equivalentes al 50% del capital social, que enterará dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura social. Objeto: La preparación y venta de pan, empanadas, masas, dulces, pastelería y sus derivados en general, además de abarrotes, dulces e insumos para la fabricación de pan, empanadas y sus derivados. En general, podrá la sociedad desarrollar y ejecutar todas las actividades que directa o indirectamente se encuentren relacionadas con el giro principal referido. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Duración: 5 años a contar de esta fecha, renovables por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años c/u, en la forma indicada en la escritura. Demás estipulaciones en pacto extractado. El Bosque, 09 de Enero de 2.018.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    AMASANDERÍA Y PASTELERÍA LIMITADA

    CVE 1335651

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