Agroganadera Quilhues SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
la explotación agrícola, agroindustrial, ganadera y forestal, de predios rústicos propios o arrendados; la prestación de servicios agrícolas, con equipos propios o de terceros; la asesoría y administración de predios agrícolas, ganaderos o forestales; la importación, exportación transformación y comercialización, en cualquiera de sus formas, de productos del y para el agro; y cualquier otra actividad similar, conexa, derivada o diversa a las anteriores que los socios acuerden. Quedan comprendidos en el giro de la sociedad la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos conducentes o convenientes al incremento de los negocios sociales.
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
300
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 33.333333333333336% | $1.000.000 |
Accionista 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 33.333333333333336% | $1.000.000 |
Accionista 15.xxx.xxx-2 | 15.xxx.xxx-2 | 33.333333333333336% | $1.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, comparece: Josefina Grob Yung, RUN: 17.660.060-8, con domicilio en: Fundo Quilhues N° S/N, RIO BUENO, región de LOS RIOS, José Manuel Grob Yung, RUN: 16.338.443-4, con domicilio en: Fundo Quilhues N° S/N, RIO BUENO, región de LOS RIOS, Camila Andrea Grob Yung, RUN: 15.952.458-2, con domicilio en: Fundo Quilhues N° S/N, RIO BUENO, región de LOS RIOS, como únicos accionistas de una sociedad por acciones, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 23 de octubre del 2017, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Agroganadera Quilhues SpA. DOMICILIO: Comuna de Rio bueno, región De los rios, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: la explotación agrícola, agroindustrial, ganadera y forestal, de predios rústicos propios o arrendados; la prestación de servicios agrícolas, con equipos propios o de terceros; la asesoría y administración de predios agrícolas, ganaderos o forestales; la importación, exportación transformación y comercialización, en cualquiera de sus formas, de productos del y para el agro; y cualquier otra actividad similar, conexa, derivada o diversa a las anteriores que los socios acuerden. Quedan comprendidos en el giro de la sociedad la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos conducentes o convenientes al incremento de los negocios sociales. CAPITAL SOCIAL: $3.000.000 de pesos, dividido en 300 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de esta actuación. ARTÍCULOS TRANSITORIOS: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: APORTES ACCIONISTAS: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) JOSEFINA GROB YUNG suscribe: 100 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de CL1.000.000 de pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. B) JOSÉ MANUEL GROB YUNG suscribe: 100 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de CL1.000.000 de pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. C) CAMILA ANDREA GROB YUNG suscribe: 100 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de CL1.000.000 de pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: LIMITACIÓN A LA TRANSFERENCIA DE ACCIONES.-: UNO.- Derecho de compra preferente.- Cuando una parte desee ceder, transferir o disponer bajo cualquier concepto de sus Acciones, sea respecto de una parte de ellas o de todas, deberá ofrecerlas a los otros socios, a prorrata de sus acciones, y si alguno no se interesa podrán adquirirla él o los demás socios interesados íntegramente, y su precio será el valor libro de las mismas o cualquier otro monto inferior que las partes convengan, a menos que los demás socios acuerden y autoricen la venta a terceros, al precio que el vendedor determine. La oferta se hará a través de una carta dirigida al Administrador, que será entregada en las oficinas de la Sociedad, la cual contendrá una oferta irrevocable de venta de todas o parte de las Acciones de propiedad de la vendedora, y en la que se indicará: (i) la intención de la Parte Vendedora de transferir las Acciones Sujetas a Transferencia, (ii) el número de Acciones Sujetas a Transferencia y (iii) el precio de venta de las Acciones Sujetas a Transferencia, y la forma de pago del mismo, en adelante la “Oferta de Venta”. Toda carta o comunicación escrita que las Partes hagan al Administrador en relación a la presente cláusula deberá además enviarse por correo electrónico, a la dirección registrada al efecto, a los demás accionistas. Dentro de los diez días siguientes a la recepción de la Oferta de Venta, el Administrador de la Sociedad la dará a conocer a los demás socios, enviando copia de la misma por carta certificada despachada al domicilio que tenga registrado en el Registro de Accionistas de la Compañía. Los socios interesados tendrán el derecho, pero no la obligación, de comprar la totalidad -y no menos del total- de las Acciones Sujetas a Transferencia, aceptando pura y simplemente las condiciones establecidas en la Oferta de Venta, con la limitación de precio referida, para lo cual deberán dar respuesta a la oferta en el plazo de treinta días contados desde la recepción del Aviso de venta. Si todos o parte de los accionistas aceptan la Oferta de Venta, el Administrador, al día siguiente de la recepción de la aceptación, deberá así comunicarlo por carta certificada a la Parte Vendedora. La compraventa de las Acciones Sujetas a Transferencia deberá celebrarse dentro de un plazo no mayor a sesenta días contados desde la recepción por la Parte Vendedora del Aviso de Aceptación. Si vence el plazo para que la Parte No Vendedora conteste la Oferta de Venta, sin que la hubiere aceptado, se entenderá que la rechaza. En caso que los socios no vendedores resuelvan no ejercer su derecho de compra, no se podrán enajenar o gravar, ni prometer enajenar o gravar, a ningún título, las acciones de las que sea o llegue a ser titular en la presente sociedad, sin previo consentimiento de los demás accionistas. La sociedad no dará curso a los traspasos o constitución de gravámenes que contravengan estas normas, los que además no producirán efecto alguno respecto de la sociedad y los accionistas.- DOS: Fallecimiento de un socio.- Pacto conocido en la doctrina como “Buy-sell agreement”: La sucesión o el heredero que se adjudique las acciones de un socio fallecido estará obligado a vender a los accionistas sobrevivientes para lo cual deberá procederse de la misma forma establecida en el numero UNO precedente. TRES: Obligación de Comunicar y acompañar: Pacto conocido en la doctrina como “Tag Along”: Si uno cualquiera de los socios mayoritarios, entendiéndose aquel que posee mas de un cuarenta por ciento de las acciones, opta por vender su participación en la sociedad, deberá comunicar de este hecho esencial a los accionistas minoritarios a objeto que ellos opten por vender conjuntamente con el mayoritario, o mantener su participación. Si opta por vender, el comprador del socio mayoritario estará obligado a adquirirlas al mismo precio. Toda la comunicación y procedimiento de oferta se hará en los términos señalados en el numeral UNO precedente en lo que fuera pertinente. ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: CORREO ELECTRÓNICO PARA COMUNICACIONES: Para efectos de las comunicaciones entre la sociedad y/o sus accionistas, se fijan las siguientes direcciones de correo electrónico: a) la dirección de don José Manuel Grob Yung será futamaq@gmail.com.- b) La dirección de doña Camila Andrea Grob Yung será camilagrob@gmail.com.- c) La dirección de doña Josefina Grob Yung será josefinagrob3@gmail.com; las que podrán ser reemplazadas u agregar otras alternativas, comunicando el cambio a la sociedad y a los restantes accionistas. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.
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