Agrícola y Forestal Santa Magdalena Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la Sociedad es dedicarse por cuenta propia o ajena, o en sociedad con terceros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, a una o más de las siguientes actividades: la plantación de especies arbóreas o arbustivas; explotación de dichas especies, constituyan o no bosques; la explotación, industrialización y comercialización de maderas; explotación de cultivos agrícolas, agropecuarios, de silvicultura, horticultura, fruticultura, apicultura y de todos los derivados de estos productos, así como su elaboración, industrialización y comercialización; importación y exportación de uno o más de los productos antes mencionados; negociaciones sobre materias primas y productos manufacturados, semimanufacturados, industrializados e intermedios y toda clase de productos del campo y de los bosques, sea directamente o en forma asociada con terceros; y toda otra actividad, operación o celebración de actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetos señalados, sin perjuicio de otras actividades u operaciones que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$300.000
Capital libéré
$300.000
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | 16.66% | $50.000 |
María Magdalena Celedón Mardones Socio 7.xxx.xxx-2 | 7.xxx.xxx-2 | 16.66% | $50.000 |
Constanza Magdalena Rivera Celedón Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 16.66% | $50.000 |
Socio 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | 16.66% | $50.000 |
Socio 19.xxx.xxx-0 | 19.xxx.xxx-0 | 16.66% | $50.000 |
Socio 20.xxx.xxx-8 | 20.xxx.xxx-8 | 16.66% | $50.000 |
Administrateurs (2)
María Magdalena Celedón Mardones
Texte officiel de l’extrait
ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la 48 Notaría Santiago, Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, Las Condes, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 31 de julio de 2019, ante mí, don Alejandro Vid Rivera Stambuk, cédula nacional de identidad Nº 7.332.747-4; doña María Magdalena Celedón Mardones, cédula nacional de identidad Nº 7.105.625-2; doña Constanza Magdalena Rivera Celedón, cédula nacional de identidad Nº 17.088.184-2; doña Camila Rivera Celedón, cédula nacional de identidad Nº 17.700.975-k; don Alejandro Rivera Celedón, cédula nacional de identidad Nº 19.438.380-0; y don Matías Vid Rivera Celedón, cédula nacional de identidad Nº 20.074.846-8, todos domiciliados para estos efectos en Boulevard Jardín de los Pájaros Norte Nº 4630, Lo Barnechea, Santiado, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada (en adelante la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Agrícola y Forestal Santa Magdalena Limitada” pudiendo usar también la abreviatura “Agrícola y Forestal Santa Magdalena Ltda” para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante los bancos y autoridades Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad es dedicarse por cuenta propia o ajena, o en sociedad con terceros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, a una o más de las siguientes actividades: la plantación de especies arbóreas o arbustivas; explotación de dichas especies, constituyan o no bosques; la explotación, industrialización y comercialización de maderas; explotación de cultivos agrícolas, agropecuarios, de silvicultura, horticultura, fruticultura, apicultura y de todos los derivados de estos productos, así como su elaboración, industrialización y comercialización; importación y exportación de uno o más de los productos antes mencionados; negociaciones sobre materias primas y productos manufacturados, semimanufacturados, industrializados e intermedios y toda clase de productos del campo y de los bosques, sea directamente o en forma asociada con terceros; y toda otra actividad, operación o celebración de actos, contratos y negocios que directa o indirectamente se relacionen con los objetos señalados, sin perjuicio de otras actividades u operaciones que acuerden los socios. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, según cláusula de prórroga. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de trescientos mil pesos que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: /a/ don Alejandro Vid Rivera Stambuk la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; /b/ doña María Magdalena Celedón Mardones, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento por ciento de los derechos sociales; /c/ doña Constanza Magdalena Rivera Celedón, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; d/ doña Camila Rivera Celedón, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; /e/ don Alejandro Rivera Celedón, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales; y /f/ don Matías Vid Rivera Celedón, la cantidad de cincuenta mil pesos, equivalentes a un dieciséis coma sesenta y seis por ciento de los derechos sociales. Los aportes de capital de cada socio se enteran y pagan en este acto al contado y en dinero efectivo. Administración y Uso Razón Social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderán al señor Alejandro Vid Rivera Stambuk y a la señora María Magdalena Celedón Mardones quienes actuando separada o conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Responsabilidad Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de Agosto de 2019. Roberto Cifuentes Allel, Notario Público.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Agrícola y Forestal Santa Magdalena Limitada
CVE 1632811
