Société à responsabilité limitée

Agrícola Viento Fresco Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 oct. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-10-04Voir le PDF (CVE 2708383)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: hasta el 31 de diciembre del año 2045, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad una vez cumplidos el plazo de vigencia original, o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a doña Catalina, doña María Loreto, don Guillermo José y don Juan Luis, todos de apellido Hargous Quiroz, quienes, actuando conjuntamente tres cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula duodécima de los estatutos sociales.

Objet social

la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal de bienes raíces propios o ajenos, la adquisición de bienes raíces agrícolas y su arriendo, y la realización de toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con el agro. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (6)

NomParticipation

Cristián Augusto Hargous Quiroz

Socio

9%

Claudia Hargous Quiroz

Socio

9%

Catalina Hargous Quiroz

Socio

24.0333%

María Loreto Hargous Quiroz

Socio

24.0333%

Guillermo José Hargous Quiroz

Socio

9.9%

Juan Luis Hargous Quiroz

Socio

24.0334%

Administrateurs (4)

Représentants auprès du SII (4)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior María Soledad Lascar Merino, Notario Público titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina N° 10, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2025, ante mí, don Cristián Augusto Hargous Quiroz, domiciliado en Camino El Naranjal sin número, Ruta F 326 95, La Cruz y de paso por ésta; doña Claudia Hargous Quiroz, domiciliada en Santiago, Camino el Herrero N°2.387, comuna de Lo Barnechea; doña Catalina Hargous Quiroz, domiciliada en Santiago, calle Corte de Apelaciones N°1.071, departamento N°404, comuna de Vitacura; doña María Loreto Hargous Quiroz, domiciliada en Santiago, calle La Manada N°11.326, comuna de Lo Barnechea; don Guillermo José Hargous Quiroz, del mismo domicilio anterior; y don Juan Luis Hargous Quiroz; del mismo domicilio anterior; constituyeron la sociedad denominada Agrícola Viento Fresco Limitada, que tendrá su domicilio en Santiago, y cuyo objeto será la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal de bienes raíces propios o ajenos, la adquisición de bienes raíces agrícolas y su arriendo, y la realización de toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con el agro. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a doña Catalina, doña María Loreto, don Guillermo José y don Juan Luis, todos de apellido Hargous Quiroz, quienes, actuando conjuntamente tres cualquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en la cláusula duodécima de los estatutos sociales. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios enteran en este acto y en dinero efectivo, como sigue: a) don Cristián Augusto Hargous Quiroz, $90.000; b) doña Claudia Hargous Quiroz, $90.000; c) doña Catalina Hargous Quiroz, $240.333; d) doña María Loreto Hargous Quiroz, $240.333; e) don Guillermo José Hargous Quiroz, $99.000; y f) don Juan Luis Hargous Quiroz $240.334. La sociedad rige desde esta fecha durará hasta el 31 de diciembre del año 2045, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad una vez cumplidos el plazo de vigencia original, o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 26 de septiembre de 2025.

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  1. CONSTITUCIÓN

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