Agricola V Y V Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la sociedad será amplio, abarcando sin ser taxativo el siguiente: a) La explotación en todas sus formas de la actividad agrícola, frutícola, forestal y cualquier otra relacionada con la actividad agropecuaria; b) La reproducción de toda clase de vegetales; c) La adquisición de cualquier tipo y explotación bajo cualquier forma de patentes, privilegios, marcas, royalties, nacionales o extranjeros relacionados con el mismo rubro, la importación y exportación de plantas, patrones, semillas, de cualquier tipo de materia vegetal y su comercialización en cualquier forma; d) Asimismo, podrá desarrollar actividades agroindustriales, por sí misma, o a través de otras personas, comercializar productos, y desarrollar actividades de importación o exportación de productos agropecuarios, como también de insumos necesarios para el desarrollo de sus actividades; y e) La realización de operaciones de toda índole tendientes a la consecución del fin social. En consecuencia, la sociedad podrá realizar actos, contratos y negociaciones tendientes al cumplimiento del objeto social, cualquiera sea la naturaleza jurídica de estos y sin que sea necesario acreditar a terceros finalidad precisa para esas operaciones. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse a ellas.
Capital
Capital total
$3.000.000.000
Capital libéré
$667.607.419
Capital restant dû
$2.332.392.581
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
AGRICOLA DON EMETERIO LIMITADA Socio 76.073.428-4 | 76.073.428-4 | 50% | $1.500.000.000 |
Socio 76.024.021-4 | 76.024.021-4 | 50% | $1.500.000.000 |
Administrateurs (2)
ALEJANDRO NATANIEL VEGA VALLEJOS
Texte officiel de l’extrait
GERARDO CARVALLO CASTILLO, Notario Público Rancagua, Campos 466, certifica: Por escritura de 03 de febrero de 2025, ante mí, Rep. 303-2025, INVERSIONES PCB LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.024.021-4, representada por ALINA DEL CARMEN CASTRO CHAVARRIA y ALEJANDRO NATANIEL VEGA VALLEJOS, todos domiciliados Parcela Fuente de Agua, Faja 20 sin número, comuna de Cunco; y AGRÍCOLA DON EMETERIO LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.073.428-4, representada por JORGE ALEJANDRO VILLA MILLAR, ambos domiciliados en Longitudinal Sur Kilometro Noventa, comuna de Olivar, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “AGRICOLA V y V LIMITADA”, con nombres de fantasía “V y V LIMITADA" o “V&V LIMITADA”, pudiendo utilizar la palabra limitada en forma abreviada. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá indistintamente a don ALEJANDRO NATANIEL VEGA VALLEJOS y a don JORGE ALEJANDRO VILLA MILLAR, amplias facultades indicadas en cláusula Quinta del pacto social, con limitaciones. DOMICILIO: Comuna de Olivar, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en el resto del país. OBJETO: El objeto de la sociedad será amplio, abarcando sin ser taxativo el siguiente: a) La explotación en todas sus formas de la actividad agrícola, frutícola, forestal y cualquier otra relacionada con la actividad agropecuaria; b) La reproducción de toda clase de vegetales; c) La adquisición de cualquier tipo y explotación bajo cualquier forma de patentes, privilegios, marcas, royalties, nacionales o extranjeros relacionados con el mismo rubro, la importación y exportación de plantas, patrones, semillas, de cualquier tipo de materia vegetal y su comercialización en cualquier forma; d) Asimismo, podrá desarrollar actividades agroindustriales, por sí misma, o a través de otras personas, comercializar productos, y desarrollar actividades de importación o exportación de productos agropecuarios, como también de insumos necesarios para el desarrollo de sus actividades; y e) La realización de operaciones de toda índole tendientes a la consecución del fin social. En consecuencia, la sociedad podrá realizar actos, contratos y negociaciones tendientes al cumplimiento del objeto social, cualquiera sea la naturaleza jurídica de estos y sin que sea necesario acreditar a terceros finalidad precisa para esas operaciones. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse a ellas. CAPITAL: $3.000.000.000.-, a razón de $1.500.000.000.- cada socia y equivalente al 50% del capital social cada una, de la siguiente forma: a) La socia AGRICOLA DON EMETERIO LIMITADA, entera aportando y obligándose a aportar dinero y aportar en dominio los siguientes bienes, avaluados por las socias en montos que indica: 1.- La suma de $167.607.419.-, que deberán enterar a la caja social a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de un año a contar de esta fecha; 2.- Aporta inmueble denominado Parcela número Veinticuatro. Proyecto de Parcelación Porvenir, comuna Parral, rol avalúo 418-91, inscrito fojas 3.887 número 1.473 año 2016, Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces de Parral, valorizado en suma de $884.392.581.-; 3.- Aporta inmueble denominado Lote Dos, Parcela 99, de Proyecto de Parcelación “Los Robles”, comuna de Retiro, rol de avalúo 451-670, inscrito fojas 2.952 número 1.420 año 2024, Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces de Parral, valorizado en suma de $409.000.000.-; 4.- Aporta derechos de aprovechamiento de aguas destinados a Lote 2, Parcela 99, Proyecto de Parcelación “Los Robles”, comuna de Retiro, consistentes en 3,61 acciones del Río Longaví, Canal Los Robles Viejos, y 2,45% de derechos de aguas del Canal El Sapo, inscritos fojas 473 número 284 año 2024, Registro Propiedad de Aguas Conservador Bienes Raíces de Parral, valorizados en suma de $10.000.000.-; y 5.- Aporta derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, inscritos fojas 56 número 284 año 2024, Registro Propiedad de Aguas Conservador Bienes Raíces de Parral, valorizado en suma de $29.000.000.-; y b) La socia INVERSIONES PCB LIMITADA, entera aportando y obligándose a aportar dinero de la siguiente forma: 1.- La suma de $500.000.000.-, que ingresan en dinero efectivo a la caja social en este acto; y 2.- La suma de $1.000.000.000.-, que deberá enterar a la caja social a medida que las necesidades sociales lo requieran, en un plazo máximo de un año a contar de esta fecha. La responsabilidad de las socias queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: 10 años a contar de esta fecha, prorrogables por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que uno socios manifiesten voluntad de ponerle término, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos noventa días de anticipación al vencimiento del período respectivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 05 de febrero de 2025.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
AGRICOLA V y V LIMITADA
CVE 2608535
