Société par actions

Agrícola Silva E Hijos SpA

CONSTITUCIÓN — 18 déc. 2021

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2021-12-18Voir le PDF (CVE 2058853)

Informations sociétaires

SpA
Doñihue, O'Higgins
Administration: Administrador General

Capital

Capital total

$3.000.000

Associés (1)

NomParticipation

José Mauricio Silva Becerra

Accionista

12.xxx.xxx-9

100%

Administrateurs (1)

José Mauricio Silva Becerra

12.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Titular de la Tercera Notaría Pública de Rancagua, Campos 377, certifica: Que por escritura pública de fecha uno de diciembre del año 2021 ante mí; don José Mauricio Silva Becerra, chileno, divorciado, Técnico Agrícola, cédula de identidad número doce millones novecientos catorce mil seiscientos diez guión nueve, con domicilio en Pasaje Málaga casa número cuatrocientos ochenta y ocho, Villa Felipe Martínez, de la comuna y ciudad de Doñihue, de paso en ésta, redujo a escritura publica Sesión Extraordinaria de Accionistas a fin de efectuar el Saneamiento de la inscripción extemporánea y Rectificación del Extracto respecto de la Constitución de la sociedad AGRÍCOLA SILVA E HIJOS SPA”, de la cual es Administrador, Representante Legal y único accionista, Reducción que, en lo pertinente, se extracta cómo sigue “En Doñihue a 29 de noviembre del año 2021, en las oficinas de la Sociedad, ubicada en la ciudad de Doñihue, siendo las nueve horas se lleva a cabo la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad AGRÍCOLA SILVA E HIJOS SPA sesión a la cual fue especialmente convocada por su Administrador General y único accionista. PRIMERO: Don José Mauricio Silva Becerra, Administrador General, Representante Legal y único accionista de la sociedad, señala que la Junta Extraordinaria de Accionistas ha sido convocada en forma legal y que cuenta con el Quorum legal necesario en atención a la asistencia del accionista infraescrito quien detenta la totalidad de las acciones de la presente Sociedad por Acciones, declarando abierta la Junta Extraordinaria de Accionistas. PUNTOS DE LA TABLA: PUNTO PRIMERO: El Administrador General da a conocer que la presente Junta Extraordinaria tiene por motivo: A) Efectuar la Rectificación del extracto de la Constitución de la presente Sociedad, toda vez que dicho Extracto se encuentra datado al final del texto con fecha de “26 de octubre de 2020”, en razón de que la fecha correcta es “26 de octubre de 2021.” Por tal, entonces, se rectifica el extracto mentado en la forma recién señalada indicando que la fecha del extracto es “26 de octubre de 2021”; y B) Efectuar el Saneamiento de la publicación en el Diario Oficial e inscripción extemporanea del Extracto, a que dio origen la constitución de la presente Sociedad por Acciones, publicado en el Diario Oficial con fecha jueves once de noviembre del año dos mil veintiuno, y otorgada ante el Notario Público don Ernesto Montoya Peredo, Titular de la Tercera Notaria de Rancagua, con oficio en calle campos trescientos setenta y seis de la ciudad y comuna de Rancagua, por escritura pública de fecha veintiséis de octubre del año dos mil veintiuno, incorporada en su protocolo o registro público bajo el número seis mil setecientos cuarenta y ocho guión dos mil veintiuno del año dos mil veintiuno, y de un capital total que asciende a la suma de tres millones de pesos, señalando que el Saneamiento del vicio que adolece la constitución de la Sociedad, en los términos señalados en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, es respecto de la publicación errada del extracto de la Constitución en el Diario Oficial, toda vez que el extracto mentado se encontraba con una fecha incorrecta, tal y como se menciona en la letra A) de la presente Acta, y la inscripción extemporánea en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente, los que se subsanan mediante la correcta inscripción de la presente reducción a escritura pública de la Junta de Extraordinaria Accionistas en el Diario Oficial, y en el Registro de Comercio a cargo del conservador competente, respectivamente. Sometido a votación, de forma unánime, se decide aprobar el saneamiento y rectificación propuestos.-” Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Rancagua, uno de diciembre de dos mil veintiuno. Doy Fe.

ConstitutionDiario Oficial · 2021-11-11Voir le PDF (CVE 2039262)

Informations sociétaires

SpA
Doñihue, O'Higgins
Durée: Indefinida
Administration: Administrador único

Objet social

A) La intermediación, compra, venta y permuta, al por mayor y detalle de toda clase frutas, verduras, legumbres y cereales, tales como trigo, maíz, avena, arroz, cebada y otros cereales sean secos o no, forrajes de praderas naturales, mejoradas o sembradas, cultivo de porotos o frijoles, lupino, de toda otra clase legumbres; de papas,camotes o batatas, u otros tubérculos, cultivo de raps, de maravilla, de otras oleaginosas, así como la intermediación, compra, venta y permuta, al por mayor o detalle de frutos secos o deshidratados, de plantas aromáticas o medicinales, y todo otro cultivo autorizado; la compra, venta, permuta al por mayor o al detalle de cultivo tradicional de hortalizas frescas, de invernaderos y cultivos hidropónicos, cultivo orgánico de hortalizas, sean de origen nacional o extranjero, de plantas vivas y productos de la floricultura; compra, venta, permuta e intermediación de uva destinada a producción de pisco, aguardiente y de vinos; de uva de mesa, de frutales en árboles o arbustos con ciclo de vida mayor o menor a una temporada, de plantas cuyas hojas o frutas se utilizan para preparar bebidas y cultivo de especias; incluido sus subproductos, pudiendo para estos efectos comprar, vender, permutar, dar o tomar en arriendo, importar y exportar al por mayor o menudeo, toda clase de bienes materiales, inmateriales, tales como partes, piezas, repuestos refacciones, sean principales o auxiliares tales como maquinaria, precursores vegetales, y todo cuanto se relaciones a los procesos mencionados; B) La compra, venta, permuta e intermediación de todo artículo de papelería y escritorio, tales cómo insumos para embalaje, para la oficina, y todo enser e insumo relacionado con ello; y C) Otras actividades de servicios a fines o necesarias para ejecutar todo cuanto el giro de la presente Sociedad por Acciones que se constituye pueda realizar naturalmente o no. Para todo lo anterior podrá efectuar subcontrataciones de todo tipo de proyectos, servicios y asesoría, postular y ejecutar proyectos, con y sin subsidio estatal, a instituciones de administración privada, pública o mixtas, municipales, de administración fiscal o semifiscal y toda otra actividad conexa con el giro de la Sociedad por Acciones que por este acto se constituye pueda realizar naturalmente o no.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

60

Associés (1)

NomParticipation

JOSÉ MAURICIO SILVA BECERRA

Accionista

12.xxx.xxx-9

100%

Administrateurs (1)

José Mauricio Silva Becerra

12.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular de la 3ª Notaría de Rancagua, campos 377, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, JOSÉ MAURICIO SILVA BECERRA, RUT N° 12.914.610-9, con domicilio en pasaje Malaga #488,Villa Felipe Martínez, comuna de Doñihue, de paso en esta, constituyó Sociedad por Acciones, cuyos estatutos son: Nombre: " AGRÍCOLA SILVA E HIJOS SPA”, nombre de fantasía "AGRÍCOLA SILVA E HIJOS SPA”. Objeto: A) La intermediación, compra, venta y permuta, al por mayor y detalle de toda clase frutas, verduras, legumbres y cereales, tales como trigo, maíz, avena, arroz, cebada y otros cereales sean secos o no, forrajes de praderas naturales, mejoradas o sembradas, cultivo de porotos o frijoles, lupino, de toda otra clase legumbres; de papas,camotes o batatas, u otros tubérculos, cultivo de raps, de maravilla, de otras oleaginosas, así como la intermediación, compra, venta y permuta, al por mayor o detalle de frutos secos o deshidratados, de plantas aromáticas o medicinales, y todo otro cultivo autorizado; la compra, venta, permuta al por mayor o al detalle de cultivo tradicional de hortalizas frescas, de invernaderos y cultivos hidropónicos, cultivo orgánico de hortalizas, sean de origen nacional o extranjero, de plantas vivas y productos de la floricultura; compra, venta, permuta e intermediación de uva destinada a producción de pisco, aguardiente y de vinos; de uva de mesa, de frutales en árboles o arbustos con ciclo de vida mayor o menor a una temporada, de plantas cuyas hojas o frutas se utilizan para preparar bebidas y cultivo de especias; incluido sus subproductos, pudiendo para estos efectos comprar, vender, permutar, dar o tomar en arriendo, importar y exportar al por mayor o menudeo, toda clase de bienes materiales, inmateriales, tales como partes, piezas, repuestos refacciones, sean principales o auxiliares tales como maquinaria, precursores vegetales, y todo cuanto se relaciones a los procesos mencionados; B) La compra, venta, permuta e intermediación de todo artículo de papelería y escritorio, tales cómo insumos para embalaje, para la oficina, y todo enser e insumo relacionado con ello; y C) Otras actividades de servicios a fines o necesarias para ejecutar todo cuanto el giro de la presente Sociedad por Acciones que se constituye pueda realizar naturalmente o no. Para todo lo anterior podrá efectuar subcontrataciones de todo tipo de proyectos, servicios y asesoría, postular y ejecutar proyectos, con y sin subsidio estatal, a instituciones de administración privada, pública o mixtas, municipales, de administración fiscal o semifiscal y toda otra actividad conexa con el giro de la Sociedad por Acciones que por este acto se constituye.- Domicilio: Doñihue, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Administración: José Mauricio Silva Becerra.- Duración: Indefinida.- Capital: $3.000.000, divididos en sesenta acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, pagados y suscritos en la siguiente forma: don JOSÉ MAURICIO SILVA BECERRA suscribiendo sesenta acciones, en la suma de cincuenta mil pesos cada una, las cuales se pagan y soluciona en este acto, de contado y en dinero en efectivo, aporte que asciende a tres millones de pesos, lo que equivale al cien por ciento del capital social. Enterándose de esta forma el cien por ciento del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 26 de octubre de 2020. Doy Fe.

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