Société à responsabilité limitée

Agricola E Inversiones Pérez Ramírez Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 juil. 2017

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2017-07-26Voir le PDF (CVE 1246132)

Informations sociétaires

Ltda
Rengo, O'Higgins
Durée: 10 años renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales
Administration: Administración, representación y uso de la razón social conjunta de al menos dos de los administradores o gerentes designados

Objet social

a) la realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones; b) efectuar por cuenta propia o a través de terceros la explotación agrícola de predios que la sociedad posea a cualquier título; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas; c) la prestación de todo tipo de servicios relacionados al giro agrícola y toda otra actividad complementaria y/o relacionada con las anteriores; y d) cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen

Capital

Capital total

$80.000.000

Capital libéré

$80.000.000

Associés (6)

NomParticipation

Luis Antonio Pérez Rojas

Socio

51.25%

Rosa Inés Pérez Ramírez

Socio

9.75%

Luis Hernán Pérez Ramírez

Socio

9.75%

Haydé del Carmen Pérez Ramírez

Socio

9.75%

Gladys de las Mercedes Pérez Ramírez

Socio

9.75%

Víctor Antonio Pérez Ramírez

Socio

9.75%

Administrateurs (3)

Texte officiel de l’extrait

EDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ÁLVAREZ, Notario Público Titular de Rengo, con oficio en calle Portales n° 102 B, CERTIFICA: Por escritura pública de hoy, ante mí, don LUIS ANTONIO PÉREZ ROJAS, domiciliado en La Esmeralda, Parcela número treinta y cinco, Rosario, comuna de Rengo, VI Región; ROSA INÉS PÉREZ RAMÍREZ, domiciliada en La Esmeralda, sin número, Rosario, comuna de Rengo, VI Región ; LUIS HERNÁN PÉREZ RAMÍREZ, domiciliado en La Esmeralda, Parcela número treinta y siete, Rosario, comuna de Rengo, VI Región; HAYDÉ DEL CARMEN PÉREZ RAMÍREZ, domiciliada en calle Santa María, número quinientos cincuenta y uno, comuna de Pichidegua, VI Región; GLADYS DE LAS MERCEDES PÉREZ RAMÍREZ, domiciliada en La Esmeralda Parcela número treinta y cinco, Rosario, comuna de Rengo, VI región; y VÍCTOR ANTONIO PÉREZ RAMÍREZ, domiciliado en La Esmeralda, Huerto número treinta y dos, Rosario, comuna de Rengo, VI Región; constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, Razón social “AGRICOLA E INVERSIONES PÉREZ RAMÍREZ LIMITADA”, Objeto de la Sociedad será: a) la realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones; b) efectuar por cuenta propia o a través de terceros la explotación agrícola de predios que la sociedad posea a cualquier título; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas; c) la prestación de todo tipo de servicios relacionados al giro agrícola y toda otra actividad complementaria y/o relacionada con las anteriores; y d) cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen; Capital: ochenta millones de pesos ($80.000.000.-), que los socios aportan en este acto, en dinero efectivo, de la siguiente manera: 1.) Don LUIS ANTONIO PÉREZ ROJAS aporta y entera la suma de cuarenta y un millones de pesos ($41.000.000.-), equivalente al 51,25 % del capital social; 2.) Doña ROSA INÉS PÉREZ RAMÍREZ aporta y entera la suma de siete millones ochocientos mil pesos ($7.800.000.-), dinero que será solicitado mediante un crédito bancario por un periodo de cinco años, después de constituida la sociedad, equivalente al 9,75 % del capital social; 3.) Don LUIS HERNÁN PÉREZ RAMÍREZ aporta y entera la suma de siete millones ochocientos mil pesos ($7.800.000.-), dinero que será solicitado mediante un crédito bancario por un periodo de cinco años, después de constituida la sociedad, equivalente al 9,75 % del capital social; 4.) Doña HAYDÉ DEL CARMEN PÉREZ RAMÍREZ aporta y entera la suma de siete millones ochocientos mil pesos, ($7.800.000.-), dinero que será solicitado mediante un crédito bancario por un periodo de cinco años, después de constituida la sociedad, equivalente al 9,75 % del capital social; 5.) Doña GLADYS DE LAS MERCEDES PÉREZ RAMÍREZ aporta y entera la suma de siete millones ochocientos mil pesos, ($7.800.000.-), dinero que será solicitado mediante un crédito bancario por un periodo de cinco años, después de constituida la sociedad, equivalente al 9,75 % del capital social; y finalmente 6.) Don VÍCTOR ANTONIO PÉREZ RAMÍREZ aporta y entera la suma de siete millones ochocientos mil pesos, ($7.800.000.-), dinero que será solicitado mediante un crédito bancario por un periodo de cinco años, después de constituida la sociedad, equivalente al 9,75 % del capital social. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Sociedad comenzara a regir: el día de la inscripción en el registro de comercio de la escritura de constitución de la sociedad y tendrá una duración de Diez (10) años renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, Un (1) año antes de fin del respectivo período. Administración: La administración, representación y uso de la razón social, en adelante Administradores o Gerentes, corresponderá a don Luis Antonio Pérez Rojas¸ doña Rosa Inés Pérez Ramírez y don Víctor Pérez Ramírez, quienes anteponiendo, a lo menos dos de ellos, su firma a la razón social la obligará y representarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades, sin perjuicio, de las limitaciones y otras estipulaciones señaladas en la escritura pública extractada. Rengo, 14 de julio de 2017.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    AGRICOLA E INVERSIONES PÉREZ RAMÍREZ LIMITADA

    CVE 1246132

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario Oficial