Société à responsabilité limitée

Agrícola E Inmobiliaira Levante Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 nov. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-11-25Voir le PDF (CVE 1686984)

Informations sociétaires

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Durée: veinte años, contados desde esta fecha, renovable por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con tres meses de anticipación, a lo menos, al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública, y anotada al margen de la escritura societaria en el Registro de Comercio
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Juan Manuel Fernando Vega Artus y Adolfo Patricio Grohnert Mackenna en los términos señalados en las cláusulas quinta y sexta del pacto social

Objet social

a) la adquisición, arrendamiento, mantenimiento, administración y explotación en cualquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y/o forestales, sean propios o ajenos; b) la producción, explotación, venta y comercialización de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, madereros, ganaderos, lácteos y sus derivados, sea por cuenta propia o ajena; c) la compra, venta, elaboración, producción, importación, exportación y comercialización, al por mayor y menor, en Chile o en el extranjero, de toda clase de bienes y productos agrícolas y sus derivados, tales como plantas frutales y ornamentales, frutas, semillas, fertilizantes e insumos de cualquier tipo, clase o especie que sean, y la calibración y envase de dichos productos; d) la comercialización de toda clase de bienes corporales muebles, maquinarias, grúas, enseres, herramientas, accesorios, repuestos en cualquier lugar del país y extranjero, arriendo de bienes corporales muebles, maquinarias, grúas y afines, comercialización de maquinarias y equipos nuevos y usados; e) el corretaje de propiedades urbanas o agrícolas, la preparación, organización y ejecución de actividades de intermediación en la compra y venta de toda clase de bienes, sea mediante remates, licitaciones, la prestación de servicios de tasación, valorización y asesorías inmobiliarias y, en general, cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; f) el empaque, envasado o embalaje de bienes y productos de todo género, fabricados, producidos, comercializados o importados por cuenta propia o por terceros; g) la contratación y prestación de mano de obra agroindustrial; h) la inversión en toda clase de bienes muebles, valores mobiliarios, acciones, debentures, efectos de comercio, instrumentos financieros o cualquier otro título de inversión, sean emitidos por el Estado o instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, su comercialización y explotación, asimismo, la inversión en bienes inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, pudiendo efectuar su explotación bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales; i) toda otra actividad complementaria o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y, en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

INVERSIONES ALTURA CHILE LIMITADA

Socio

80%

Adolfo Patricio Grohnert Mackenna

Socio

20%

Administrateurs (2)

Représentation légale (1)

Texte officiel de l’extrait

JAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público Titular 2 Notaría Rancagua, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Que con fecha 13-11-2019 fue publicado extracto de constitución de AGRÍCOLA E INMOBILIARIA LEVANTE LIMITADA o LEVANTE LTDA. En dicho extracto se incurrió en la omisión del señalamiento de la duración de la sociedad, la cual tendrá una duración de veinte años, contados desde esta fecha, renovable por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con tres meses de anticipación, a lo menos, al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública, y anotada al margen de la escritura societaria en el Registro de Comercio. En consecuencia el extracto debe ser del siguiente tenor: “Por escritura pública de fecha 04-11-2019, Rep. Nº 5760-2019 ante Notario Titular, ADOLFO PATRICIO GROHNERT MACKENNA domiciliado en Carretera El Cobre Km 9, Machalí, y la sociedad INVERSIONES ALTURA CHILE LIMITADA, representado por JUAN MANUEL FERNANDO VEGA ARTUS, domiciliados en Av. Las Condes Nº 9.601, Las Condes, Santiago, y de paso en ésta, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “AGRÍCOLA E INMOBILIAIRA LEVANTE LIMITADA”, sin perjuicio que para fines publicitarios y de propaganda podrán usar la expresión “LEVANTE LTDA.” Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan instalarse en otras ciudades del país o el extranjero. Objeto: a) la adquisición, arrendamiento, mantenimiento, administración y explotación en cualquiera de sus formas, de predios agrícolas, ganaderos y/o forestales, sean propios o ajenos; b) la producción, explotación, venta y comercialización de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, madereros, ganaderos, lácteos y sus derivados, sea por cuenta propia o ajena; c) la compra, venta, elaboración, producción, importación, exportación y comercialización, al por mayor y menor, en Chile o en el extranjero, de toda clase de bienes y productos agrícolas y sus derivados, tales como plantas frutales y ornamentales, frutas, semillas, fertilizantes e insumos de cualquier tipo, clase o especie que sean, y la calibración y envase de dichos productos; d) la comercialización de toda clase de bienes corporales muebles, maquinarias, grúas, enseres, herramientas, accesorios, repuestos en cualquier lugar del país y extranjero, arriendo de bienes corporales muebles, maquinarias, grúas y afines, comercialización de maquinarias y equipos nuevos y usados; e) el corretaje de propiedades urbanas o agrícolas, la preparación, organización y ejecución de actividades de intermediación en la compra y venta de toda clase de bienes, sea mediante remates, licitaciones, la prestación de servicios de tasación, valorización y asesorías inmobiliarias y, en general, cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; f) el empaque, envasado o embalaje de bienes y productos de todo género, fabricados, producidos, comercializados o importados por cuenta propia o por terceros. g) la contratación y prestación de mano de obra agroindustrial; h) la inversión en toda clase de bienes muebles, valores mobiliarios, acciones, debentures, efectos de comercio, instrumentos financieros o cualquier otro título de inversión, sean emitidos por el Estado o instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, su comercialización y explotación, asimismo, la inversión en bienes inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza, pudiendo efectuar su explotación bajo la forma de compraventa, loteos habitacionales, comerciales o industriales; i) toda otra actividad complementaria o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y, en general, cualquier otro objeto que los socios acuerden.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Juan Manuel Fernando Vega Artus y Adolfo Patricio Grohnert Mackenna en los términos señalados en las cláusulas quinta y sexta del pacto social. Capital: $5.000.000.- enterado de la siguiente manera: /i/ “Inversiones Altura Chile Limitada” aporta cuatro millones de pesos, correspondiente al ochenta por ciento de los derechos sociales. /ii/ Adolfo Patricio Grohnert Mackenna aporta su trabajo personal en favor de la sociedad, lo que los comparecientes avalúan de común acuerdo en la suma de $1.000.000.- equivalente al veinte por ciento de los derechos sociales.- Duración: la sociedad tendrá una duración de veinte años, contados desde esta fecha, renovable por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con tres meses de anticipación, a lo menos, al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública, y anotada al margen de la escritura societaria en el Registro de Comercio. Demás estipulaciones en instrumento extractado. Rancagua, 19 de noviembre de 2019.

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