Agrícola Chiripa Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
explotación de predios agrícolas en todas sus formas, así como la producción, comercialización, exportación, compra y venta de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas y de floricultura, ya sea de producción tanto propia como ajena
Capital
Capital total
$40.000.000
Capital libéré
$40.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 25% | $20.000.000 |
María Ignacia Herrera Echeverría Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 25% | Trabajo personal |
Socio 18.xxx.xxx-3 | 18.xxx.xxx-3 | 25% | $20.000.000 |
María Magdalena Santa Cruz Marín Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 25% | Trabajo personal |
Administrateurs (4)
María Ignacia Herrera Echeverría
María Magdalena Santa Cruz Marín
Texte officiel de l’extrait
SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular 1ª Notaría Osorno, oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno; Certifico: Mediante escritura pública de 18 de agosto de 2023, Repertorio Nº 1883-2023, ante mí, comparecen, OCTAVIO PÉREZ DE ARCE DUHALDE, C.I.Nº 16.368.321-0, MARÍA IGNACIA HERRERA ECHEVERRÍA, C.I.Nº 18.169.481-5, ambos domiciliados en Eduardo Hott 1350, Osorno, VICENTE PÉREZ DE ARCE DUHALDE, C.I.Nº 18.393.030-3 y MARÍA MAGDALENA SANTA CRUZ MARÍN, C.I.Nº 18.936.309-5, ambos domiciliados en Manuel Antonio Matta 1139, dpto. 22, Osorno; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Razón Social: “AGRÍCOLA CHIRIPA LIMITADA”, nombre de fantasía: “AGRÍCOLA CHIRIPA LTDA.” Objeto: explotación de predios agrícolas en todas sus formas, así como la producción, comercialización, exportación, compra y venta de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas y de floricultura, ya sea de producción tanto propia como ajena.- Administración: corresponderá a sus cuatros socios los que siempre deberán actuar uno cualquiera de don Octavio Pérez de Arce Duhalde o doña María Ignacia Herrera Echeverría conjuntamente con uno cualquiera de don Vicente Pérez de Arce Duhalde o doña María Magdalena Santa Cruz Marín.- Capital: $40.000.000.- que se entera en este acto por los socios Octavio Pérez de Arce Duhalde y Vicente Pérez de Arce Duhalde a razón de 20 millones de pesos por cada uno. Las socias María Ignacia Herrera Echeverría y María Magdalena Santa Cruz Marín, en su carácter de socias industriales, se obligan a aportar su trabajo personal a la sociedad.- Las utilidades o eventuales pérdidas de la Sociedad se repartirán o soportarán entre los socios razón de un 25% para cada uno de los socios.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años, y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses a la fecha del vencimiento de la Sociedad o el plazo que se renueve.- Domicilio: ciudad de Frutillar, Región de Los Lagos.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Osorno, 25 de agosto de 2023.-
Informations sociétaires
Objet social
explotación de predios agrícolas en todas sus formas, así como la producción, comercialización, exportación, compra y venta de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas y de floricultura, ya sea de producción tanto propia como ajena
Capital
Capital total
$150.000.000
Capital libéré
$150.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-0 | 16.xxx.xxx-0 | 25% | $75.000.000 |
María Ignacia Herrera Echeverría Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 25% | Aporte de trabajo personal |
Socio 18.xxx.xxx-3 | 18.xxx.xxx-3 | 25% | $75.000.000 |
María Magdalena Santa Cruz Marín Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 25% | Aporte de trabajo personal |
Administrateurs (4)
María Ignacia Herrera Echeverría
María Magdalena Santa Cruz Marín
Texte officiel de l’extrait
SEBASTIÁN SADÁ AZNAR, Notario Público Titular 1ª Notaría Osorno, oficio en Manuel Antonio Matta 680, Osorno; Certifico: Mediante escritura pública de 25 de abril de 2023, Repertorio Nº 862-2023, ante mí, comparecen, OCTAVIO PÉREZ DE ARCE DUHALDE, C.I.Nº 16.368.321-0, MARÍA IGNACIA HERRERA ECHEVERRÍA, C.I.Nº 18.169.481-5, ambos domiciliados en Eduardo Hott 1350, Osorno, VICENTE PÉREZ DE ARCE DUHALDE, C.I.Nº 18.393.030-3 y MARÍA MAGDALENA SANTA CRUZ MARÍN, C.I.Nº 18.936.309-5, ambos domiciliados en Manuel Antonio Matta 1139, dpto. 22, Osorno; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Razón Social: “AGRÍCOLA CHIRIPA LIMITADA”, nombre de fantasía: “AGRÍCOLA CHIRIPA LTDA.”.-Objeto: explotación de predios agrícolas en todas sus formas, así como la producción, comercialización, exportación, compra y venta de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas y de floricultura, ya sea de producción tanto propia como ajena.- Administración: corresponderá a sus cuatros socios los que siempre deberán actuar uno cualquiera de don Octavio Pérez de Arce Duhalde o doña María Ignacia Herrera Echeverría conjuntamente con uno cualquiera de don Vicente Pérez de Arce Duhalde o doña María Magdalena Santa Cruz Marín.- Capital: $150.000.000.- que se entera en este acto por los socios Octavio Pérez de Arce Duhalde y Vicente Pérez de Arce Duhalde a razón de 75 millones de pesos por cada uno. Las socias María Ignacia Herrera Echeverría y María Magdalena Santa Cruz Marín, en su carácter de socias industriales, se obligan a aportar su trabajo personal a la sociedad.- Las utilidades o eventuales pérdidas de la Sociedad se repartirán o soportarán entre los socios razón de un 25% para cada uno de los socios.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años, y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses a la fecha del vencimiento de la Sociedad o el plazo que se renueve.- Domicilio: ciudad de Osorno, Región de Los Lagos.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Osorno, 11 de mayo de 2023.
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