Agrícola Cascabel Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones, derechos sociales, cuotas de participación y toda clase de valores o instrumentos representativos de capital o deuda de sociedades o cooperativas, nacionales o extranjeras, que desarrollen o fomenten actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias; la adquisición, compra, venta, arrendamiento, explotación, administración y tenencia a cualquier título, de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como la percepción de los frutos, utilidades y rentas que de ellos provengan; la explotación por cuenta propia o de terceros de actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias en general y la prestación de asesorías y servicios relacionados a dicha explotación; y, en general, la realización de cualquier actividad conexa con las anteriores, ya sea de forma directa, o a través de otras sociedades en que esta participe.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 50% | $500.000 |
Bernarda del Pilar Larraín Undurraga Socio 9.xxx.xxx-2 | 9.xxx.xxx-2 | 50% | $500.000 |
Administrateurs (2)
Bernarda del Pilar Larraín Undurraga
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, comuna de Providencia, Santiago, certifico ante mi: Por escritura pública de fecha 6 de marzo de 2026, ante mí, bajo el repertorio número 3.683-2026: don TOMÁS HURTADO CRUZAT, cédula de identidad número 10.160.147-1, y doña BERNARDA DEL PILAR LARRAÍN UNDURRAGA cédula de identidad número 9.883-260-2, ambos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy 9.070, piso 13, comuna de Vitacura, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “AGRÍCOLA CASCABEL LIMITADA” (la “Sociedad”). Administración: La administración y el uso de su razón social corresponderá a don Tomás Hurtado Cruzat y a doña Bernarda del Pilar Larraín Undurraga quienes, actuando individual y separadamente, y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones. Capital: $1.000.000 el que ha sido enterado y pagado en el acto de constitución de la forma siguiente: (i) don Tomás Hurtado Cruzat, aporta la cantidad de $500.000 pesos, equivalentes a un 50% de participación en el capital social, que entera y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo ; y (ii) doña Bernarda del Pilar Larraín Undurraga aporta la cantidad de $500.000 pesos, equivalentes a un 50% de participación en el capital social, que entera y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones, derechos sociales, cuotas de participación y toda clase de valores o instrumentos representativos de capital o deuda de sociedades o cooperativas, nacionales o extranjeras, que desarrollen o fomenten actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias; Dos) La adquisición, compra, venta, arrendamiento, explotación, administración y tenencia a cualquier título, de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como la percepción de los frutos, utilidades y rentas que de ellos provengan; Tres) La explotación por cuenta propia o de terceros de actividades agrícolas, agroindustriales, forestales o pecuarias en general y la prestación de asesorías y servicios relacionados a dicha explotación; y Cuatro) En general, la realización de cualquier actividad conexa con las anteriores, ya sea de forma directa, o a través de otras sociedades en que esta participe. Duración: La Sociedad tendrá una duración de cinco años, plazo que se prorrogará tácita, automática e indefinidamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su deseo de poner término a la Sociedad. Responsabilidad de los socios: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2026.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
Agrícola Cascabel Limitada
CVE 2784094
