A&c Pacific SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
a) La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación; b) El estudio, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones; c) La prestación de servicios técnicos, de consultoría y coordinaciones en los diferentes campos de la ingeniería y construcción; d) El desarrollo de construcciones, parcelaciones o, urbanizaciones, divisiones, subdivisiones, loteos en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, edificios, casas, locales comerciales, oficinas, bodegas, galpones, en general toda clase de obras civiles y de ingeniería; e) La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz; f) Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial; g) La ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc.; h) La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos; i) Los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc.; j) Los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo; k) Los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura; l) La construcción de obras e infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos, plataformas para pozos, estación de bombeo, etc.; m) La construcción de estructuras para edificios, puentes, caminos, túneles e infraestructura en general, movimientos de tierra, pavimentación obras en hormigón, acero y otros materiales; n) La enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra; ñ) La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula; o) La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción; p) La sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras; q) La compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios; r) La enajenación a cualquier título de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a incrementar de su patrimonio social; s) La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción, y t) En general, cualquier otra actividad que los socios acuerden para el cumplimiento de su objeto.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
100
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $1.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público, Titular 34 Notaria Santiago, Luis Thayer Ojeda 359 certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí LORENA ALEJANDRA ALFARO SUAZO, domicilio Avenida Vicuña Mackenna 600 G, La Cisterna, Santiago, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos a continuación extracto: Nombre. La sociedad se denominará A&C PACIFIC SpA. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la comuna de La Cisterna, sin perjuicio de poder abrir las sucursales que decida, en cualquier punto del país o en el extranjero. Duración: Su duración es indefinida. Objeto: a) La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación; b) El estudio, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones; c) La prestación de servicios técnicos , de consultoría y coordinaciones en los diferentes campos de la ingeniería y construcción; d) El desarrollo de construcciones, parcelaciones o, urbanizaciones, divisiones , subdivisiones, loteos en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, edificios, casas , locales comerciales, oficinas, bodegas, galpones, en general toda clase de obras civiles y de ingeniería e) La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz; f) Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial; g) La ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc.; h) La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos; i) Los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc.; j) Los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo; k) Los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura; l) La construcción de obras e infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos, plataformas para pozos, estación de bombeo, etc.; m) La construcción de estructuras para edificios, puentes, caminos, túneles e infraestructura en general, movimientos de tierra, pavimentación obras en hormigón, acero y otros materiales; n) La enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra; ñ) La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula; o) La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción; p) La sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras; q) La compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios; r) La enajenación a cualquier título de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a incrementar de su patrimonio social; s) La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción, y t) En general, cualquier otra actividad que los socios acuerden para el cumplimiento de su objeto..Capital. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. El capital y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de tres años contados desde la fecha del aumento respectivo. Al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24/01/2019.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
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CVE 1542201
