Société anonyme94.281.000-8

Inmobiliaria Parque Jardin Las Flores S.a.

MODIFICACIÓN — 19 janv. 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-01-19Voir le PDF (CVE 2073867)

Informations sociétaires

S.A.
Administration: Directorio

Capital

Capital total

$30.231.600

Associés (2)

NomParticipation

María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen

Accionista

-

Eduardo Atuán Burgos

Accionista

-

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 20 juillet 1981

    La sociedad fue constituida por escritura pública.

    INMOBILIARIA PARQUE JARDIN LAS FLORES S.A.

  2. Autre acte· 27 avril 2021

    María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen otorga mandato a Egon Cristopher Westerhausen Carbonell.

    María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen · Egon Cristopher Westerhausen Carbonell

Texte officiel de l’extrait

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle Campos 377, Rancagua, certifica, por escritura de hoy, ante mí: don PABLO CÉSAR PIÑA PÉREZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 13.781.829-9, domiciliado para estos efectos en Alameda Libertador Bernardo O’Higgins 0315, redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA PARQUE JARDIN LAS FLORES S.A. R.U.T. 94.281.000-8, de fecha 12 de Noviembre de 2021, cuyo capital es de $30.231.600.-; en donde los accionistas doña María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen, representada por don Egon Cristopher Westerhausen Carbonell, según mandato otorgado por escritura pública de fecha 27 de Abril de 2021, ante el Notario de Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, y don Eduardo Atuán Burgos, modificaron los Estatutos sociales, reduciendo el número de Directores de 6 miembros a 3 miembros; dejaron claramente establecidas y delimitadas las facultades de administración del Gerente General y ratificaron el nombramiento del actual Directorio. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 20 de Julio de 1981, ante el Notario de Santiago, don Alejandro Jara Lazcano, suplente del titular don Eduardo Avello Arellano, y se encuentra inscrita a fojas 14978 Nº8263 año 1981 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Que, habiendo discutido los puntos de tabla, la junta de accionistas acuerda lo siguiente: Modificar la cláusula séptima del estatuto social de fecha 20 de Julio de 1981, ante el Notario de Santiago, don Alejandro Jara Lazcano, suplente del titular don Eduardo Avello Arellano, y que se encuentra inscrita a fojas 14978 Nº8263 año 1981 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, reduciendo los miembros del Directorio de seis a tres miembros. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 25 de Noviembre de 2021.

ModificationDiario Oficial · 2021-12-11Voir le PDF (CVE 2054897)

Informations sociétaires

S.A.
Administration: Directorio

Capital

Capital total

$100.000.000

Associés (2)

NomParticipation

María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen

Accionista

-

Eduardo Atuán Burgos

Accionista

-

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 20 juillet 1981

    Se constituyó la sociedad por escritura pública.

Texte officiel de l’extrait

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle Campos 377, Rancagua, certifica, por escritura de hoy, ante mí: don PABLO CÉSAR PIÑA PÉREZ, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 13.781.829-9, domiciliado para estos efectos en Alameda Libertador Bernardo O’Higgins 0315, redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA PARQUE JARDIN LAS FLORES S.A. R.U.T. 94.281.000-8, de fecha 12 de Noviembre de 2021, cuyo capital es de $100.000.000.-; en donde los accionistas doña María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen, representada por don Egon Cristopher Westerhausen Carbonell, según mandato otorgado por escritura pública de fecha 27 de Abril de 2021, ante el Notario de Rancagua, don Ernesto Montoya Peredo, y don Eduardo Atuán Burgos, modificaron los Estatutos sociales, reduciendo el número de Directores de 6 miembros a 3 miembros; dejaron claramente establecidas y delimitadas las facultades de administración del Gerente General y ratificaron el nombramiento del actual Directorio. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 20 de Julio de 1981, ante el Notario de Santiago, don Alejandro Jara Lazcano, suplente del titular don Eduardo Avello Arellano, y se encuentra inscrita a fojas 14978 Nº8263 año 1981 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Que, habiendo discutido los puntos de tabla, la junta de accionistas acuerda lo siguiente: I) Modificar la cláusula séptima del estatuto social de fecha 20 de Julio de 1981, ante el Notario de Santiago, don Alejandro Jara Lazcano, suplente del titular don Eduardo Avello Arellano, y que se encuentra inscrita a fojas 14978 Nº8263 año 1981 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, reduciendo los miembros del Directorio de seis a tres miembros. II) Se complementa la cláusula décimo quinta del estatuto social ya indicado, en el sentido de que las facultades que se otorgan al Gerente General, las que serán las siguientes: “1.- Representación legal, administrativa, de compra, venta, adquisición, aporte, enajenación, arriendo de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, derechos de toda clase, incluyendo derechos de aprovechamiento de aguas para regadíos; 2.- Dar o tomar bienes en comodato; 3.- Celebración de contratos de arrendamiento, contratos de leasing de bienes muebles, así como también contratos u operaciones de factoring y cualquier otro de carácter civil o mercantil; 4.- Celebración de contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar o despedir trabajadores y contratar servicios profesionales y/o técnicos sean a honorarios o de cualquier otra forma; 5.- Representación de sociedades ante bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares por ejemplo Banco Santander u/o cualquier otro, ante el Banco del Estado de Chile, Banco Central de Chile, Corporación de Fomento de la Producción etcéteras, Mercados de valores, de capital e inversiones y de toda facultad que puedan necesitarse incluyendo instrucciones, comisiones o de confianza para operar cuentas bancarias, depositar, girar cheques, retirar claves de password dinámicas, imponerse de sus movimientos, aprobar o reconocer, impugnar saldos, autorizar cargos de ellas, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos, dar ordenes de no pago, contratar cuentas corrientes, en moneda nacional o extranjera; sobregirar en cuentas corrientes, retirar talonarios de cheques, suscribir pagarés y demás documentos negociables; contratar mutuos o préstamos; autorizar cargos en cuentas corrientes para operaciones en comercio exterior y cambio internacional; comprar y vender moneda, cheques y documentos en moneda extranjera; celebrar compraventas de divisas a futuro y condicionales; dar órdenes de pago en moneda extranjera; asumir riesgos de diferencia de cambios; liquidar remeses divisas y celebrar contratos de futuro; 6.- Realización de pagos en efectivo, daciones en pago, por consignación, por subrogación, por cesión de bienes y novación, y en general extinguir obligaciones; 7.- Cobros o derechos de percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad ya sea por cualquier persona natural o jurídica, incluso el Fisco, Instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma, instituciones privadas, sea en dinero o en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles y valores mobiliarios; 8.- firmar recibos y otorgar finiquitos o cancelaciones, y en general suscribir documentos públicos o privados pudiendo formular en ellos las declaraciones que se estimen necesarias o convenientes; 9.- Constituir servidumbre activas y/o pasivas; 10.- Instalar agencias sucursales, oficinas o establecimientos dentro o fuera del país; 11.- Entregar y percibir de las oficinas de correos, aduanas o empresas estatales o particulares de trasporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros reembolsos, cargas y encomiendas dirigidas o consignadas; 12.- Efectuar todos los trámites y actuaciones y celebrar todos los contratos y actos conducentes a la importación y/o exportación de bienes, tramitación de pólizas de embarque o trasbordo, extender, endosar o firmar conocimientos y en general toda clase de operaciones aduaneras, endosar o retirar documentos de embarque, solicitar la modificación de las condiciones por las cuales se autorizó una determinada operación y en general ejecutar todos los actos realizar todas las actuaciones para el adecuado cumplimiento del encargo; 13.- Concurrir y representar ante autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduanero, municipales, agrícolas de comercio exterior o de cualquier otro orden y ate cualquier persona e derecho público o privado; 14.- De representación judicial, laboral individual y/o colectiva, tribunales arbitrales, administrativos, revocando toda facultad conferida de conformidad con el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, de comprometer o transigir, de lograr acuerdos y avenir; 15.- De conferir poderes especiales o generales; 16.- En general y en particular todas y cada una de las facultades que se necesiten o requieran para la completa ejecución, total y cabal cumplimiento de la gestión y función encomendada, incluidas las presidir sesiones de directorio”. Se ratifica el nombramiento como directores a doña María Elena Carbonell Belismelis de Westerhausen, a don Erick Alfonso Westerhausen Carbonell y a doña María Elena Westerhausen Carbonell. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 25 de Noviembre de 2021.

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