Agropecuaria Mirasierra Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
la actividad agrícola, ganadera y/o forestal, en predios propios o de terceros, incluyendo la venta de los frutos y productos provenientes de las actividades primarias antes indicadas; y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores que los socios acuerden. Para el cumplimiento de sus fines podrá organizar otras sociedades o incorporarse a otras ya existentes.
Capital
Capital total
$16.500.000
Capital libéré
$16.500.000
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 3.xxx.xxx-0 | 3.xxx.xxx-0 | - | $12.428.570 |
Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez Socio 7.xxx.xxx-1 | 7.xxx.xxx-1 | - | $214.286 |
Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | - | $1.714.286 |
Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | - | $214.286 |
María Del Pilar Rodríguez Sánchez Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | - | $1.714.286 |
Socio 10.xxx.xxx-4 | 10.xxx.xxx-4 | - | $214.286 |
Administrateurs (6)
Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez
Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez
Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez
María Del Pilar Rodríguez Sánchez
Historique sociétaire relaté
- Décès· 4 mars 2025
Fallece intestada Carmen Sánchez Herranz, cuyos derechos sociales en la sociedad fueron incluidos en su inventario.
- Succession· 30 décembre 2025
Se concede posesión efectiva de la causante a su cónyuge e hijos, quienes pasan a participar en la comunidad hereditaria sobre los derechos sociales.
Héctor Rodríguez Zamorano · Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez · Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez · Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez · María Del Pilar Rodríguez Sánchez · María José Rodríguez Sánchez
- Entrée d’un associé· 30 décembre 2025
Ingresan como nuevos socios Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez y María José Rodríguez Sánchez por adjudicación de derechos sociales.
Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez · Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez · María José Rodríguez Sánchez
- Changement de capital· 30 décembre 2025
Se fija el capital social en $16.500.000 y se redistribuyen las participaciones entre los socios.
Héctor Rodríguez Zamorano · Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez · Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez · Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez · María Del Pilar Rodríguez Sánchez · María José Rodríguez Sánchez
- Changement de nom· 30 décembre 2025
Se sustituye el estatuto y se mantiene la razón social AGROPECUARIA MIRASIERRA LIMITADA.
- Changement d’administrateur· 30 décembre 2025
Se modifica el sistema de administración y representación social.
Héctor Rodríguez Zamorano · Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez · Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez · María José Rodríguez Sánchez · Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez · María Del Pilar Rodríguez Sánchez
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcun y Freire, con domicilio en Antonio Varas N° 979 Temuco, Certifico: que por escritura de fecha 30 de Diciembre del año 2025, Repertorio N°14.095-25, otorgada ante mí, compareció, don Héctor Rodríguez Zamorano, Rut Nº 3.004.348-0, domiciliado en calle Arturo Prat número 847, oficina 806, comuna Temuco; don Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, Rut Nº 7.003.623-1, domiciliado en calle Thiers número 571, departamento 201, comuna de Temuco; don Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, Rut Nº 7.003.625-8, domiciliado en calle San Martín número 802, departamento 802, comuna de Villarrica; don Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, Rut Nº 10.290.922-4, domiciliado en calle Arturo Prat número 847, oficina 806, comuna de Temuco; doña María Del Pilar Rodríguez Sánchez, Rut Nº 7.032.858-5, domiciliada en Avenida Francisco Bilbao número 2828, comuna de Providencia, representada por don Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, antes individualizado; y doña María José Rodríguez Sánchez, Rut Nº 10.290.578-4, domiciliada en calle Riquelme número 4442, comuna de Calama, representada por don Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, antes individualizado, modificaron sociedad AGROPECUARIA MIRASIERRA LIMITADA, Rut Nº 89.575.000-K, inscrita primitivamente a fojas 548, número 172, Registro de Comercio de Temuco del año 1983, en el siguiente sentido: Uno) Se dejó constancia que socia doña Carmen Sánchez Herranz, Rut Nº 3.569.477-3, falleció intestada con fecha 04.03.2025. La posesión efectiva se concedió mediante resolución del Registro Civil a su cónyuge sobreviviente don Héctor Rodríguez Zamorano, y, a sus hijos Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, María Del Pilar Rodríguez Sánchez, y María José Rodríguez Sánchez. En el inventario de los bienes se incluyeron los derechos sociales que la causante poseía en Agropecuaria Mirasierra Limitada.- Dos) Se convino efectuar la partición de la comunidad hereditaria formada con motivo del fallecimiento de doña Carmen Sánchez Herranz, en lo que respecta a los derechos que la causante tenía en Agropecuaria Mirasierra Limitada, equivalentes a $1.500.000 del capital estatutario, conviniendo adjudicar estos derechos sociales en proporción de dos séptimos para el cónyuge sobreviviente don Héctor Rodríguez Zamorano, y un séptimo para cada uno de los hijos: don Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, don Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, don Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, doña María del Pilar Rodríguez Sánchez y doña María José Rodríguez Sánchez.- Tres) En concordancia con lo anterior, se acordó formalizar mediante la correspondiente reforma de estatutos de Agropecuaria Mirasierra Limitada, la adjudicación de los derechos sociales de la manera recién indicada, esto es: (i) A don Héctor Rodríguez Zamorano, se le adjudicaron dos séptimas partes de los derechos sociales que la causante tenía en esta sociedad, equivalentes a una participación en el capital de $428.570; (ii) A don Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, se le adjudicó una séptima parte de los derechos sociales que la causante tenía en esta sociedad, equivalentes a una participación en el capital de $214.286; (iii) A don Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, se le adjudicó una séptima parte de los derechos sociales que la causante tenía en esta sociedad, equivalentes a una participación en el capital de $214.286; (iv) A don Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, se le adjudicó una séptima parte de los derechos sociales que la causante tenía en esta sociedad, equivalentes a una participación en el capital de $214.286; (v) A doña María del Pilar Rodríguez Sánchez, se le adjudicó una séptima parte de los derechos sociales que la causante tenía en esta sociedad, equivalentes a una participación en el capital de $214.286; y (vi) A doña María José Rodríguez Sánchez, se le adjudicó una séptima parte de los derechos sociales que la causante tenía en esta sociedad, equivalentes a una participación en el capital de $214.286.- Cuatro) Como consecuencia de las adjudicaciones indicadas anteriormente, ingresaron como nuevos socios don Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, don Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez y doña María José Rodríguez Sánchez, mientras que don Héctor Rodríguez Zamorano, don Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, y doña María del Pilar Rodríguez Sánchez, aumentaron su respectiva participación societaria; quedando el capital social según estatutos, ascendente a la suma de $16.500.000, aportado por los socios en la siguiente proporción: a) Héctor Rodríguez Zamorano, $12.428.570; b) Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, $214.286; c) Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, $1.714.286; d) Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, $214.286; e) María del Pilar Rodríguez Sánchez, $1.714.286; y f) María José Rodríguez Sánchez, $214.286.- Cinco) Socios acordaron sustituir el estatuto que rige esta sociedad, otorgando uno nuevo, cuyas principales cláusulas son las siguientes: Razón social: AGROPECUARIA MIRASIERRA LIMITADA.- Objeto social: la actividad agrícola, ganadera y/o forestal, en predios propios o de terceros, incluyendo la venta de los frutos y productos provenientes de las actividades primarias antes indicadas; y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores que los socios acuerden. Para el cumplimiento de sus fines podrá organizar otras sociedades o incorporarse a otras ya existentes.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá, indistintamente: (a) de manera individual, a don Héctor Rodríguez Zamorano; o, (b) de manera conjunta, a uno cualquiera de: (i) don Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, (ii) don Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, o (iii) doña María José Rodríguez Sánchez, con uno cualquiera de: (i) don Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, o (ii) doña María Del Pilar Rodríguez Sánchez.- Actuando en la forma indicada, y anteponiendo su respectiva firma a la razón social, quien o quienes ejerzan la administración representarán y obligarán a la sociedad, en todos los actos en que ésta sea parte o tenga interés, dentro y fuera de su giro ordinario, con las más amplias facultades de administración y disposición.- Capital social: $16.500.000 , íntegramente pagado, aportado por socios siguiente proporción: a) Héctor Rodríguez Zamorano, $12.428.570 ; b) Héctor Eduardo Basilio Rodríguez Sánchez, $214.286 ; c) Esteban Eugenio Rodríguez Sánchez, $1.714.286 ; d) Francisco Andrés Vicente Rodríguez Sánchez, $214.286 ; e) María del Pilar Rodríguez Sánchez $1.714.286 ; y f) María José Rodríguez Sánchez, $214.286.- Socios limitaron su responsabilidad a sus aportes.- Duración de la sociedad: será de 1 año contado desde el fallecimiento de don Héctor Rodríguez Zamorano. Una vez cumplido el plazo antes señalado, la sociedad se entenderá renovada tácita e indefinidamente, por períodos iguales y sucesivos de 1 año cada uno, salvo aviso dado forma indicada en escritura. Domicilio social: comuna de Temuco, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- DOY FE.- Temuco, 02 de Enero del año 2026.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGROPECUARIA MIRASIERRA LIMITADA
CVE 2750985
