Sociedad Agrícola Tres Acequias Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.753.000.000
Capital libéré
$2.469.000.000
Capital restant dû
$280.313.963
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 0.0545% | $1.500.000 |
Jorge Enrique Pizarro Délano Socio | - | 0.0545% | $1.500.000 |
Inversiones Camilo Pizarro Délano y Cía. Ltda. Socio | - | 99.891% | $2.750.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 23 décembre 2022
Reconocimiento de deuda de Inversiones Camilo Pizarro Délano y Cía. Ltda. con la sociedad por $2.469.000.000
Texte officiel de l’extrait
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Suplente del Titular, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 26 DE Diciembre de 2022, otorgada ante el Titular, María Teresa Pizarro Délano, Jorge Enrique Pizarro Délano e Inversiones Camilo Pizarro Délano y Cía. Ltda., todos Avenida Presidente Riesco N°5111, departamento 133, Las Condes, modificaron “Sociedad Agrícola Tres Acequias Limitada" inscrita a fojas 18.705, N°10.612 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1982. Modificación consiste en el aumento del capital social en $2.750.000.000, pasando de $3.000.000 a $2.753.000.000. Aumento que se materializó mediante el ingreso a la sociedad de Inversiones Camilo Pizarro Délano y Cía. Ltda., que enteró la suma de $2.750.000.000 de la siguiente forma: Con $2.469.000.000, mediante la capitalización de créditos que por igual cantidad tiene contra la sociedad de acuerdo al reconocimiento de deuda efectuado mediante escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022 otorgada ante el notario de Santiago don Álvaro González Salinas y; con $280.313.963 que aportará en dinero efectivo en una o más cuotas, en el plazo de 60 meses contados desde la fecha de la presente escritura. Como consecuencia de lo anterior se reemplaza el artículo quinto de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad, asciende a la suma de $2.753.000.000, que los socios han aportado y aportan de la siguiente manera: a) doña María Teresa Pizarro Délano, la suma de $1.500.000, representativa del 0,0545 por ciento del interés social, pagada con anterioridad a este acto. b) don Jorge Enrique Pizarro Délano, la suma de $1.500.000, representativa del 0,0545 por ciento del interés social, pagada con anterioridad a este acto e; c) Inversiones Camilo Pizarro Délano y Cía. Ltda., la suma de $2.750.000.000. representativa del 99,8910 por ciento del interés social, de la cual paga este acto la suma de $2.469.000.000 mediante la capitalización de créditos que por igual cantidad tiene contra la Sociedad y que constan en el reconocimiento de deuda otorgado por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022 ante el notario de Santiago don Álvaro González Salinas y con $280.313.963 que aportará en dinero efectivo en una o más cuotas, en el plazo de 60 meses contados desde la fecha de la presente escritura. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. ” En todo cuanto no haya sido expresamente modificado por la escritura extractada rige el pacto social. Otras cláusulas en contrato social extractado. Santiago, 20 de Enero de 2023.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Jorge Enrique Pizarro Délano Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Administrateurs (2)
Jorge Enrique Pizarro Délano
Historique sociétaire relaté
- Décès· 23 août 2011
Fallece Teresa Josefina Délano Garland y sus derechos sociales se heredan por sus hijos.
Teresa Josefina Délano Garland · Camilo Pizarro Délano · María Teresa Pizarro Délano · Jorge Enrique Pizarro Délano
- Succession· 23 août 2011
Los herederos adquieren en sucesión por causa de muerte el 28,5% del capital social, en partes iguales de 9,5% cada uno.
Camilo Pizarro Délano · María Teresa Pizarro Délano · Jorge Enrique Pizarro Délano · Teresa Josefina Délano Garland
- Décès· 11 août 2013
Fallece Camilo Roberto Pizarro Délano y sus derechos sociales son heredados por sus hermanos.
Camilo Roberto Pizarro Délano · María Teresa Pizarro Délano · Jorge Enrique Pizarro Délano
- Succession· 11 août 2013
María Teresa Pizarro Délano y Jorge Enrique Pizarro Délano adquieren los derechos sociales de Camilo Roberto Pizarro Délano.
Camilo Roberto Pizarro Délano · María Teresa Pizarro Délano · Jorge Enrique Pizarro Délano
- Changement d’administrateur
Se modifica la administración y representación de la sociedad, estableciendo administración conjunta por María Teresa Pizarro Délano y Jorge Enrique Pizarro Délano, con reglas de sustitución por otros familiares.
María Teresa Pizarro Délano · Jorge Enrique Pizarro Délano · Cecilia Pizarro Domínguez · Tomás Camilo Pizarro Domínguez · Benjamín Jorge Pizarro Domínguez
- Changement de capital
Se fija el capital social en $3.000.000 íntegramente pagado, distribuido en partes iguales entre los dos socios.
María Teresa Pizarro Délano · Jorge Enrique Pizarro Délano
Texte officiel de l’extrait
Osvaldo Pereira González, Notario Público Titular 14º Notaría Santiago, Teatinos Nº 449 piso 6º, Santiago, certifica: por escritura pública de hoy, otorgada ante mí, doña MARÍA TERESA PIZARRO DÉLANO, con domicilio en Avenida Presidente Riesco número 5111, departamento 113, comuna de Las Condes, Santiago; y don JORGE ENRIQUE PIZARRO DÉLANO, con domicilio en Avenida Presidente Riesco número 5111, departamento 133, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron “SOCIEDAD AGRÍCOLA TRES ACEQUIAS LIMITADA”, a fojas 18.705 N° 10.612 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1982, en los siguientes términos: 1) Con fecha 23 de agosto 2011 falleció la socia doña Teresa Josefina Délano Garland. La heredaron por sucesión por causa de muerte sus hijos Camilo Pizarro Délano, María Teresa Pizarro Délano y don Jorge Enrique Pizarro Délano. Dentro de los bienes adquiridos por los herederos se encontraron los derechos en la Sociedad Agrícola Tres Acequias Limitada por un total de 28,5% del capital social, adquirido por cada uno de ellos en un porcentaje de nueve coma cinco por ciento. Quedaron como únicos socios don Camilo Roberto Pizarro Délano, doña María Teresa Pizarro Délano y don Jorge Enrique Pizarro Délano con los siguientes porcentajes: a/ doña María Teresa Pizarro Délano, con el 20,25%; b/ don Jorge Enrique Pizarra Délano, con el 20,25% por ciento; y c/ don Camilo Roberto Pizarro Délano con 59,5%. 2) Con fecha 11 de agosto del 2013 falleció el socio don Camilo Roberto Pizarro Délano. Lo heredaron por sucesión por causa de muerte sus hermanos doña María Teresa Pizarro Délano y don Jorge Enrique Pizarro Délano. Dentro de los bienes adquiridos por los herederos se cuentan los derechos del señor Camilo Roberto Pizarro Délano en la “Sociedad Agrícola Tres Acequias Limitada” por un total de 59,5%. Teniendo en cuenta las transferencias de dominio sucedidas a consecuencia del fallecimiento de don Camilo Roberto Pizarro Délano, los actuales socios de “Sociedad Agrícola Tres Acequias Limitada” son los siguientes y con los siguientes porcentajes: a/ doña María Teresa Pizarro Délano, con el 50%; y, b/ don Jorge Enrique Pizarra Délano, con el 50%. 2) En base a lo anterior, los socios acuerdan las siguientes modificaciones a los estatutos de la Sociedad: a) Reemplazar el artículo séptimo de los estatutos de la Sociedad, relativa a la representación y administración de la sociedad y uso de su razón social, la que queda como sigue: "ARTÍCULO SÉPTIMO: Sin que ello constituya una cláusula esencial de este contrato, la administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán conjuntamente a los socios doña María Teresa Pizarro Délano y don Jorge Enrique Pizarro Délano, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de fallecimiento, ausencia o impedimento de doña María Teresa Pizarro Délano, circunstancia que no será necesaria de ser acreditada ante terceros para la validez de lo obrado, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a don Jorge Enrique Pizarro Délano actuando conjuntamente con uno cualquiera de doña Cecilia Pizarro Domínguez, don Tomás Camilo Pizarro Domínguez y don Benjamín Jorge Pizarro Domínguez, también con las más amplias facultades de administración disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de fallecimiento ausencia o impedimento de don Jorge Enrique Pizarro Délano, circunstancia que no será necesaria de ser acreditada ante terceros para la validez de lo obrado, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a doña María Teresa Pizarro Délano actuando conjuntamente con uno cualquiera de doña Cecilia Pizarro Domínguez, don Tomás Camilo Pizarro Domínguez y don Benjamín Jorge Pizarro Domínguez, también con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de fallecimiento, ausencia o impedimento de doña María Teresa Pizarro Délano y don Jorge Enrique Pizarro Délano, circunstancia que no será necesaria de ser acreditada ante terceros para la validez de lo obrado, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a doña Cecilia Pizarro Domínguez, don Tomás Camilo Pizarro Domínguez y don Benjamín Jorge Pizarro Domínguez, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos”. Facultades singularizadas en escritura extractada. b) Reemplazar el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad relativo al capital el que queda como sigue: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la Sociedad es la cantidad de $3.000.000.- íntegramente pagado con anterioridad a este acto. A cada socio le corresponde la siguiente cantidad y proporción de dicho capital: a) doña María Teresa Pizarro Délano la cantidad de $1.500.000.- representativa del 50%; y, b) don Jorge Enrique Pizarro Délano la cantidad de $1.500.000.- pesos, representativa del 50%.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de agosto de 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Sociedad Agrícola Tres Acequias Limitada
CVE 2258649
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD AGRÍCOLA TRES ACEQUIAS LIMITADA
CVE 1473056
