Agrícola E Inversiones Crucero Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$7.700.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO Socio | - | 50% | - |
SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO Socio | - | 50% | - |
Administrateurs (2)
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO
SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
Représentation légale (5)
JULIÁN ENRIQUE ERRÁZURIZ CAÑAS
SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 26 août 1982
Constitución de AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA.
- Entrée d’un associé· 21 octobre 1982
Ingresa como nuevo socio Agrícola Pampas Verdes Limitada y se retira Julián Errázuriz Cañas.
- Changement de capital· 7 septembre 1990
Se acuerda aumento de capital, quedando en $7.700.000.
- Changement d’administrateur· 11 décembre 2015
Se modifica la administración social.
- Cession de droits· 21 septembre 2016
Soledad Errázuriz Donoso, representando a sociedades, vende parte de sus derechos sociales a Rodrigo Errázuriz Donoso.
Soledad Errázuriz Donoso · Rodrigo Errázuriz Donoso
- Cession de droits· 21 septembre 2016
Rodrigo Errázuriz Donoso, representando a sociedades, vende parte de sus derechos sociales a Soledad Errázuriz Donoso.
Rodrigo Errázuriz Donoso · Soledad Errázuriz Donoso
- Autre acte· 30 septembre 2016
Se acuerda cambiar el objeto social, la razón social y la administración.
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO · SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
- Autre acte· 30 juillet 2018
Se rescinden modificaciones anteriores y se reajustan participaciones sociales, administración y razón social.
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO · SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
Texte officiel de l’extrait
MARÍA LIDIA DÍAZ DÍAZ, Notario Público Titular de Río Bueno, con oficio en Ejército Libertador 1059; Certifico: Por escritura pública de 30 de Julio 2018, ante mí, RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO, representado por JULIÁN ENRIQUE ERRÁZURIZ CAÑAS; y, SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO, por sí y en representación de las sociedades AGRÍCOLA RUCAÑANCO LIMITADA, y AGRÍCOLA PAMPAS VERDES LIMITADA, todos domiciliados Fundo Rucañanco, Comuna Río Bueno; resciliaron modificaciones sociales que más adelante se indican, y, modificaron sociedad “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, Rut N°89.079.600-1, constituida por escritura pública de 26 agosto 1982, otorgada Notaría Río Bueno, de don Cristián Sanhueza Pimentel, cuyo extracto se inscribió a Fs. 30 N°18 Registro Comercio año 1982 C.B.R. Río Bueno, publicado Diario Oficial 10 septiembre 1982. Dicha sociedad ha tenido siguientes modificaciones: 1) Por escritura pública otorgada Notaría Río Bueno, de don Cristian Sanhueza Pimentel, de 21 octubre 1982, extracto se publicó Diario Oficial de 29 noviembre 1982, inscrito a Fs. 38 vta. N°25 Registro Comercio C.B.R. Río Bueno, año 1982, en la que se retiró socio Julián Errázuriz Cañas e ingresó como nuevo socio Agrícola Pampas Verdes Limitada; 2) Por escritura pública otorgada Notaría Río Bueno de don Cristian Sanhueza Pimentel, de 7 septiembre 1990, e inscrito el extracto a Fs.10 vta. N°9 Registro Comercio C.B.R. Río Bueno, año 1990, en la que se suscribió aumento de capital, quedando éste en $7.700.000; 3) Por escritura pública otorgada Notaría Osorno de don Cristian Sanhueza Pimentel, de 11 diciembre 2015, extracto se publicó Diario Oficial de 19 diciembre 2015, inscrito a Fs. 95 vta. N°77 Registro Comercio C.B.R. Río Bueno, año 2015, en la que se modificó administración social; 4) Por escritura pública otorgada Notaría Osorno de don Cristian Sanhueza Pimentel, de 21 septiembre 2016, Repertorio 1458-2016, cuyo extracto se publicó Diario Oficial de 24 septiembre 2016, inscrito a Fs.56 vta. N°48 Registro Comercio C.B.R. Río Bueno, año 2016, en la que Soledad Errázuriz Donoso, actuando en representación de sociedades Agrícola Rucañanco Limitada y Agrícola Pampas Verdes Limitada, vendió parte de los derechos sociales que éstas tenían en Agrícola Crucero Limitada, a don Rodrigo Errázuriz Donoso, la primera el 0,65% y la segunda el 49,35%; 5) Por escritura pública otorgada Notaría Osorno de don Cristian Sanhueza Pimentel, también de 21 septiembre 2016, Repertorio 1459-2016, cuyo extracto se publicó Diario Oficial de 24 septiembre 2016, inscrito a Fs. 55 vta. N°47 Registro Comercio C.B.R. Río Bueno, año 2016, en la que Rodrigo Errázuriz Donoso, actuando en representación de las sociedades Agrícola Rucañanco Limitada y Agrícola Pampas Verdes Limitada, vendió parte de los derechos sociales que éstas tenían en Agrícola Crucero Limitada, a Soledad Errázuriz Donoso, la primera el 0,65% y la segunda el 49,35%; y, 6) Por escritura pública otorgada Notaría Osorno de don Cristian Sanhueza Pimentel, de 30 septiembre 2016, Repertorio 1527-2016, cuyo extracto se publicó Diario Oficial de 6 octubre 2016, inscrito a Fs. 64 vta. N°54 Registro Comercio C.B.R. Río Bueno, año 2016, en la que socios acordaron cambiar el objeto social, la razón social y la administración de la sociedad. Resciliación y modificaciones consisten: 1°) Las partes resciliaron y dejaron sin efecto modificaciones indicadas en los números Cuatro), Cinco) y Seis) de la cláusula primera escritura extractada, ya citadas. 2°) Como consecuencia de lo anterior, las partes se retrotrajeron al estado en que se encontraban antes de la celebración de los actos jurídicos que han sido resciliados, y por tanto, la participación social en AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA es la siguiente: a) 1,3% para el socio Agrícola Rucañanco Limitada; y, b) 98,7% para el socio Agrícola Pampas Verdes Limitada. Asimismo, la representación legal y el uso de la razón social quedó supeditada a lo establecido en escritura pública de modificación de sociedad de 11 diciembre 2015. 3°) Los únicos y actuales socios de AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, debidamente representados, Agrícola Rucañanco Limitada y Agrícola Pampas Verdes Limitada, modificaron contrato social de la sociedad estableciendo que el uso del nombre o razón social y la administración corresponderá indistintamente a RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO y a SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO, quienes podrán actuar separadamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con amplias facultades indicadas cláusula Quinta escritura extractada. 4°) Agrícola Rucañanco Limitada, vendió, el 50% de sus derechos o intereses sociales que le corresponden en AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, equivalentes al 0,65% del total de los derechos sociales, a Rodrigo Errázuriz Donoso, en la suma de $150.000, pagada con anterioridad, dinero efectivo. 5°) Agrícola Rucañanco Limitada, vendió, 100% de sus derechos o intereses sociales restantes que le corresponden en AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, equivalentes al 0,65% del total de los derechos sociales, a Soledad Errázuriz Donoso, en la suma de $150.000, pagada con anterioridad, dinero efectivo. 6°) Agrícola Pampas Verdes Limitada, vendió 50% de sus derechos o intereses sociales que le corresponden en AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, equivalentes al 49,35% del total de los derechos sociales, a Rodrigo Errázuriz Donoso, en la suma de $11.750.000, pagada con anterioridad, dinero efectivo. 7°) Finalmente, Agrícola Pampas Verdes Limitada, vendió el 100% de sus derechos o intereses sociales restantes que le corresponden en AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, equivalentes al 49,35% del total de los derechos sociales, a Soledad Errázuriz Donoso, en la suma de $11.750.000, pagada con anterioridad, dinero efectivo. 8°) Como consecuencia de las ventas o cesiones indicadas precedentemente, AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, quedó conformada por siguientes socios y porcentajes: 1) RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO, con un 50% del patrimonio social; y, 2) SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO, con un 50% del patrimonio social. 9°) Los actuales y únicos socios de AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA, acordaron modificar la razón social, sustituyéndola por “AGRÍCOLA E INVERSIONES CRUCERO LIMITADA”, con nombre de fantasía “INVERSIONES CRUCERO LIMITADA”, quienes además ratificaron las facultades de administración señaladas en la cláusula Quinta de escritura extractada. En lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social y sus modificaciones no resciliadas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó para inscribir. Río Bueno, 03 de Agosto de 2018.
Informations sociétaires
Objet social
La inversión en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y en toda clase o especie de documentos mercantiles o crediticios, valores mobiliarios, bonos, acciones, cuotas de Fondos Mutuos u otros documentos negociables; participación en sociedades de cualquier tipo o naturaleza, negocios, explotación y administración de predios agrícolas propios o ajenos, arrendamiento de vehículos, maquinarias, equipos y muebles en general, comercialización de todo tipo de bienes y productos, comisiones y representaciones y, en general en todo tipo de actividades civiles o comerciales en Chile o en extranjero y, en general, en todos los demás actos o negocios que acuerden los socios.
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Soledad Errázuriz Donoso Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | - | - |
Rodrigo Errázuriz Donoso Socio 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | - | - |
Administrateurs (2)
Rodrigo Errázuriz Donoso
Soledad Errazuriz Donoso
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 26 août 1982
Constitución de Agrícola Crucero Limitada.
- Cession de droits· 21 septembre 2016
Agrícola Rucañanco Limitada y Agrícola Pampas Verdes Limitada ceden el 100% de sus derechos en Agrícola Crucero Limitada.
Agrícola Rucañanco Limitada · Agrícola Pampas Verdes Limitada
- Autre acte· 6 octobre 2016
Modificación de objeto, nombre y administración de la sociedad.
Soledad Errázuriz Donoso · Rodrigo Errázuriz Donoso
Texte officiel de l’extrait
CRISTIAN SANHUEZA PIMENTEL, Abogado, Notario Público Titular Osorno, Matta 694, certifica. Por escritura hoy ante mí, SOLEDAD ERRAZURIZ DONOSO, chilena, soltera, agricultora, C.I.N° 9.888.435-1, y RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO, chileno, casado, empleado, C.I.N° 9.922.253-0, ambos domiciliados en Fundo Rucañanco, comuna de Río Bueno, modificaron “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, sociedad constituida con fecha 26 de agosto de 1982, en Notaría Sanhueza de Río Bueno, extracto inscrito a Fs. 30 N°18 Registro de Comercio de 1982, del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. Esta sociedad ha tenido modificaciones, siendo actualmente los comparecientes los únicos socios de “Agrícola Crucero Limitada”, por la adquisición de la totalidad de derechos en ella, realizada por escrituras de fecha 21 de septiembre de 2016, en la Notaría Sanhueza de Osorno, que consistió en la cesión 100% de los derechos que tenía en ella de las sociedades “Agrícola Rucañanco Limitada” y “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, que a su vez eran, a la sazón, los socios de “Agrícola Crucero Limitada”. El extracto de esta escritura se inscribió a Fs 55 Vta. N°47 y a Fs 56 Vta. N°48, Registro de Comercio de 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO y RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO, en el carácter de únicos socios de “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, acuerdan introducir al pacto social las siguientes modificaciones: a) Cambiar el objeto social, para lo cual sustituyen la cláusula tercera del pacto social, por la siguiente: “TERCERO: El Objeto de la sociedad será la inversión en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y en toda clase o especie de documentos mercantiles o crediticios, valores mobiliarios, bonos, acciones, cuotas de Fondos Mutuos u otros documentos negociables; participación en sociedades de cualquier tipo o naturaleza, negocios, explotación y administración de predios agrícolas propios o ajenos, arrendamiento de vehículos, maquinarias, equipos y muebles en general, comercialización de todo tipo de bienes y productos, comisiones y representaciones y, en general en todo tipo de actividades civiles o comerciales en Chile o en extranjero y, en general, en todos los demás actos o negocios que acuerden los socios.” b) Modificar el nombre de la sociedad: Con este objeto cambian la cláusula segunda del pacto social, por la siguiente: El nombre de la sociedad será “AGRÍCOLA E INVERSIONES CRUCERO LIMITADA”, pudiendo usar la razón social “INVERSIONES CRUCERO LIMITADA”. c) Cambiar la administración de la sociedad y el uso de la razón social. Con esta finalidad sustituyen la cláusula sexta del pacto social, por la siguiente: “la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Rodrigo Errázuriz Donoso y a doña Soledad Errázuriz Donoso, para que cualquiera de ellos, actuando separada e indistintamente puedan efectuar, sin que la siguiente enunciación sea taxativa o limitativa, en representación de la sociedad, en todos los asuntos, juicios y negocios de cualquier naturaleza que sean, y que actualmente tengan pendientes u ocurran en el futuro, facultando a los mandatarios para que practiquen cuantas diligencias sean necesarias y en general, sin que esta enunciación sea taxativa o limitativa, podrán comprar, vender, permutar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, incluso valores mobiliarios y acciones; dar y tomar en arrendamiento, administración y concesión toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; dar y tomar bienes en comodato; dar y tomar bienes en mutuo; dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea necesario o voluntario; resciliar, rescindir, resolver y dejar sin efecto actos y contratos; renunciar derechos o acciones resolutorias o de otra índole; ceder y aceptar cesiones de crédito y otros derechos, sean nominativo, a la orden o al portador, y en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio; aceptar en favor de la sociedad toda clase de garantías reales y personales; recibir en donación, incluso bienes raíces; novar, transigir y comprometer; dar y tomar dinero en préstamo, con o sin intereses, con o sin reajustes, a corto o a largo plazo, con o sin garantía, en moneda nacional o extranjera; operar en el mercado de capitales pudiendo comprar, vender y negociar en cualquier forma, acciones, bonos pagarés, debentures, valores hipotecarios reajustables y cualquiera clase de valores mobiliarios, letras de cambio y efectos de comercio, sean emitidos por el Estado o por particulares; celebrar toda clase de operaciones con el Banco Central de Chile, Bancos e Instituciones Financieras, Corporación de Fomento de la Producción y demás instituciones públicas y privadas de crédito nacionales o extranjeras, y en especial contratar con estos bancos o instituciones, mutuos, préstamos bancarios de cualquier índole, préstamos con letras, pagarés, sobregiros, avances contra aceptación y cualquier otro tipo de operaciones de crédito en cualquier forma y condiciones; celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, prorrogar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio y de correduría; Celebrar contratos de censo, de renta vitalicia, y anticresis; Celebrar contratos colectivos de trabajo; celebrar y modificar contratos de trabajo, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término, otorgar finiquitos, pagar sueldos, salarios gratificaciones, bonificaciones, conceder anticipos, estipular las remuneraciones en moneda nacional o extranjera; pactar viáticos, traslados, y demás condiciones que estime conveniente; representar a la sociedad ante todas las autoridades o reparticiones fiscales, semifiscales, de administración autónoma; organismos de previsión, de salud, de Admi- nistración de Fondos de pensiones u otros organismo de previsión social, y presentar ante ellas solicitudes de cualquier especie; suscribir con ellas o ante ellas todos los instrumentos públicos o privados que sean necesarios; efectuar declaraciones juradas de cualquier especie o materia; asistir a reuniones, comparendos y citaciones que hagan tales auto- ridades; abrir cuentas corrientes bancarias y comerciales, de depósito y de crédito en Chile y en el extranjero; girar y sobregirar en ellas; aceptar y rechazar saldos; adquirir y retirar talonarios de cheques; celebrar toda clase de operaciones relacionadas con el contrato de cambio y demás obligaciones mercantiles y en especial girar, tomar, suscribir, aceptar, reaceptar, descontar, prorrogar, endosar en dominio o en otra forma, revalidar letras de cambio, pagarés, cheques, libranzas, certificados de depósito y demás efectos negociables de comercio; contratar boletas de garantía bancaria; contratar cajas de seguridad o de otra especie; girar, endosar en cobranza y/o en garantía letras de cambio, colocar y retirar valores en custodia o garantía; depositar y retirar de cajas de seguridad toda clase de bienes y valores mobiliarios; representar a la sociedad con voz y voto en todas las sociedades, comunidades, cooperativas, asociaciones, empresas y organismos privados de que la sociedad forme parte o en que tenga participación o interés, aunque no sea pecuniario, con facultad para intervenir en las reuniones, asambleas, comités y demás órganos de tales entidades, en lo que corresponda conforme a la ley y estatutos o convenios que las rijan y para que ejerza todos los derechos que con ellas correspondan a la sociedad, tomar parte o interés en sociedades, comunidades, cooperativas, asociaciones o empresas civiles o comerciales, de carácter colectivo, en comandita, anónimas o de cualquiera otra naturaleza, ya formadas o que formen y concurrir con voz y voto a sus resoluciones, modificación o liquidación; solicitar el registro de marcas comerciales, patentes de invención y modelos industriales e inscribir el dominio intelectual; realizar todos los actos y gestiones destinados a proteger y amparar la propiedad industrial e intelectual; y mantener su vigencia, solicitando las renovaciones o ampliaciones de plazos que fueren procedentes, convenir licencias de explotación de marcas comerciales, patentes de invención, modelos industriales y de la propiedad intelectual y celebrar toda clase de contratos en relación con estas especies de dominio; realizar importaciones y exportaciones y toda clase de operaciones de comercio exterior y cambios internacionales; ejecutar los actos destinados a la realización de tales operaciones y en especial abrir acreditivos en moneda extranjera; retirar y endosar documentos de embarque, retirar de correos y aduanas toda clase de encomiendas, giros postales, telegráficos u otra clase de documentos, cartas, remesas y correspondencia, sean certificadas o no; cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente cuanto se adeude a la sociedad, por cualquier título, motivo o concepto, ya sea en dinero, especies, valores o en cualquier forma, y otorgar recibos; otorgar finiquitos, cancelaciones y alzar total o par- cialmente toda clase de garantías personales o reales que se vean extinguidas como consecuencia del pago de las obligaciones caucionadas; representar judicialmente a la sociedad ante toda clase de Tribunales sean estos ordinarios, del trabajo, aduaneros, administrativos, arbitrales o de otra especie, y ejercer todas las acciones civiles, criminales, tributarias, del trabajo, aduaneras o administrativas que correspondan a la sociedad, con las facultades ordinarias del mandato judicial y la de percibir; además de lo anterior, en el ejercicio de la representación de la sociedad puedan ejercer ante toda clase de Tribunales, para representar a la sociedad con todas las facultades extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en el inciso segundo del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios, percibir y delegar; el compareciente, en la representación que conduce otorga a los mandatarios la facultad de autocontratar, delegar todo o en parte de las facultades que se le confieren y reasumir; conferir mandatos generales o especiales en una o más personas y aceptar cuentas de mandatarios; finalmente, además podrá celebrar toda clase de contratos nominados, innominados, típicos o atípicos, sean civiles, comerciales, administrativos, procesales o del trabajo, y, al efecto, estipular en ellos el objeto, las modalidades, precios, cláusulas penales y todas las cláusulas o condiciones que sean convenientes y/o necesarias. En todo lo no modificado queda vigente pacto social y responsabilidad de socios sigue limitada a monto de aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 30 de septiembre de 2016.
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1.3% | - |
Agrícola Pampas Verdes Limitada Socio | - | 98.7% | - |
Représentation légale (2)
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO
RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 26 août 1982
Se constituye Agrícola Crucero Limitada.
- Autre acte
Agrícola Rucañanco Limitada y Agrícola Pampas Verdes Limitada son las únicas socias de Agrícola Crucero Limitada.
Agrícola Rucañanco Limitada · Agrícola Pampas Verdes Limitada
Texte officiel de l’extrait
CRISTIAN SANHUEZA PIMENTEL, Abogado, Notario Público Titular Osorno, Matta 694, certifica. Por escritura hoy ante mí, RODRIGO ERRÁZURIZ DONOSO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, C.I.N° 9.922.253-0, en nombre y en representación de las sociedades “Agrícola Rucañanco Limitada” y “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, que a su vez, son las únicas socias de “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, y SOLEDAD ERRAZURIZ DONOSO, chilena, soltera, agricultora, C.I.N° 9.888.435-1, todos domiciliados en Fundo Rucañanco, comuna de Río Bueno. Las sociedades “Agrícola Rucañanco Limitada” y “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, como se dijo son las únicas socias de “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, en porcentajes, a la fecha de la extensión la escritura extractada, de 1,3 % para la primera y de 98,7% para la segunda. “Agrícola Crucero Limitada” fue constituida por escritura pública de 26 de agosto de 1982, en Notaría Sanhueza de Río Bueno, con extracto inscrito a Fojas 30 Nº18, en el Registro de Comercio de 1982, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. Esta sociedad ha tenido modificaciones, la actual consiste en la venta, cesión y transferencia, en la suma de $150.000, al contado, que hace “Agrícola Rucañanco Limitada“ a doña Soledad Errázuriz Donoso, del 0.65% de los derechos sociales que ésta tiene en “Agrícola Crucero Limitada”, y en la venta, cesión y transferencia que hace “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, en la suma de $11.750.000, al contado, a doña Soledad Errázuriz Donoso, del 49.35% de los derechos sociales que ésta tiene en “Agrícola Crucero Limitada”. En todo lo no modificado queda vigente pacto social. Demás antecedentes constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 21 de septiembre de 2016.
Informations sociétaires
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 0.65% | $150.000 |
Agrícola Pampas Verdes Limitada Socio | - | 49.35% | $11.750.000 |
RODRIGO ERRAZURIZ DONOSO Socio 9.xxx.xxx-0 | 9.xxx.xxx-0 | - | - |
Représentation légale (2)
SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 26 août 1982
Agrícola Crucero Limitada fue constituida por escritura pública.
- Cession de droits
Agrícola Rucañanco Limitada cede el 0,65% de sus derechos sociales a Rodrigo Errázuriz Donoso.
Agrícola Rucañanco Limitada · RODRIGO ERRAZURIZ DONOSO
- Cession de droits
Agrícola Pampas Verdes Limitada cede el 49,35% de sus derechos sociales a Rodrigo Errázuriz Donoso.
Agrícola Pampas Verdes Limitada · RODRIGO ERRAZURIZ DONOSO
Texte officiel de l’extrait
CRISTIAN SANHUEZA PIMENTEL, Abogado, Notario Público Titular Osorno, Matta 694, certifica. Por escritura hoy ante mí, SOLEDAD ERRÁZURIZ DONOSO, chilena, soltera, agricultora, C.I.N° 9.888.435-1, en nombre y en representación de las sociedades “Agrícola Rucañanco Limitada” y “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, a su vez, son las únicas socias de “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, y RODRIGO ERRAZURIZ DONOSO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empleado, C.I.N° 9.922.253-0, todos domiciliados en Fundo Rucañanco, comuna de Río Bueno. Las sociedades “Agrícola Rucañanco Limitada” y “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, como se dijo son las únicas socias de “AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA”, en porcentajes, a la fecha de la extensión la escritura extractada, de 1,3 % para la primera y de 98,7% para la segunda. “Agrícola Crucero Limitada “fue constituida por escritura pública de 26 de agosto de 1982, en Notaría Sanhueza de Río Bueno, con extracto inscrito a Fojas 30 Nº18, en el Registro de Comercio de 1982, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno. Esta sociedad ha tenido modificaciones la actual consiste en la venta, cesión y transferencia, en la suma de $150.000, al contado, que hace “Agrícola Rucañanco Limitada“ a don Rodrigo Errázuriz Donoso, del 0.65% de los derechos sociales que ésta tiene en “Agrícola Crucero Limitada”, y en la venta, cesión y transferencia que hace “Agrícola Pampas Verdes Limitada”, en la suma de $11.750.000, al contado, a don Rodrigo Errázuriz Donoso, del 49.35% de los derechos sociales que ésta tiene en “Agrícola Crucero Limitada”. En todo lo no modificado queda vigente pacto social. Demás antecedentes constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 21 de septiembre de 2016.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA E INVERSIONES CRUCERO LIMITADA
CVE 1442701
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA E INVERSIONES CRUCERO LIMITADA
CVE 1120372
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA
CVE 1116124
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA CRUCERO LIMITADA
CVE 1116120
