Société à responsabilité limitée88.383.100-4

Gil Hermanos Limitada

MODIFICACIÓN — 22 mai 2026

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2026-05-22Voir le PDF (CVE 2813909)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$4.500.000

Capital libéré

$4.500.000

Capital restant dû

$0

Associés (5)

NomParticipation

CGH SpA

Socio

27.178%

MJGIL SpA

Socio

19.488%

Inversiones AGH SpA

Socio

19.488%

Inversiones Ventros SpA

Socio

16.923%

Inversiones URA SpA

Socio

16.923%

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 27 de abril de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°9133-2026, /i/ Jorge Eduardo Gil Herrera, por sí y en representación de CGH SpA; /ii/ María José Gil Herrera, por sí y en representación de Inversiones MJGIL SpA; /iii/ Anita de los Ángeles Gil Herrera, por sí y en representación de Inversiones AGH SpA; /iv/ Silvia Edith Herrera Brondi; /v/ Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, por sí y en representación de Inversiones Ventros SpA; /vi/ Javiera de los Ángeles Gil Serrano, por sí y en representación de Inversiones URA SpA, y; /vii/ Carmen Elena Serrano Bernal; todos los anteriores, en su calidad de únicos y actuales socios de GIL HERMANOS LIMITADA (la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: (I) Cesión de derechos sociales: A) Jorge Eduardo Gil Herrera, aportó, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 19,998% de los derechos de la Sociedad, a CGH SpA, quien aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; B) María José Gil Herrera, aportó, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 12,308% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones MJGIL SpA, quien aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; C) Anita de los Ángeles Gil Herrera, aportó, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 12,308% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones AGH SpA, quien aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; D) Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, aportó, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 9,2305% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones Ventros SpA, quien aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; E) Javiera de los Ángeles Gil Serrano, cedió y transfirió el 100% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 9,2305% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones URA SpA, quien aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; F) Silvia Edith Herrera Brondi, vendió, cedió y transfirió un 33,33% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 7,18% de los derechos de la Sociedad, a CGH SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; G) Silvia Edith Herrera Brondi, vendió, cedió y transfirió un 33,33% derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 7,18% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones MJGIL SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; H) Silvia Edith Herrera Brondi, vendió, cedió y transfirió un 33,33% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 7,18% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones AGH SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; I) Carmen Elena Serrano Bernal, vendió, cedió y transfirió el 50% los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 7,6925% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones Ventros SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; J) Carmen Elena Serrano Bernal, vendió, cedió y transfirió el 50% de los derechos sociales de los cuales es titular, equivalentes al 7,6925% de los derechos de la Sociedad, a Inversiones URA SpA, quien compró, aceptó y adquirió para sí dichos derechos sociales; y (II) Modificar los estatutos de la Sociedad: Como consecuencia de lo anterior, se acordó modificar y remplazar íntegramente la el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad por la siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo por sus socios y que se distribuye de la siguiente manera: /A/ CGH SpA, con la suma equivalente al veintisiete coma uno siete ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, un millón doscientos veintitrés mil diez pesos; /B/ MJGIL SpA, con la suma equivalente al diecinueve coma cuatro ocho ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, ochocientos setenta y seis mil novecientos sesenta pesos; /C/ Inversiones AGH SpA, con la suma equivalente al diecinueve coma cuatro ocho ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, ochocientos setenta y seis mil novecientos sesenta pesos; /D/ Inversiones Ventros SpA, con la suma equivalente al dieciséis coma nueve dos tres por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, setecientos sesenta y un mil quinientos treinta y cinco pesos, y; /E/ Inversiones URA SpA, con la suma equivalente al dieciséis coma nueve dos tres por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, setecientos sesenta y un mil quinientos treinta y cinco pesos.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de mayo de 2026.

ModificationDiario Oficial · 2026-02-12Voir le PDF (CVE 2769180)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$4.500.000

Capital libéré

$4.500.000

Capital restant dû

$0

Associés (7)

NomParticipation

Jorge Eduardo Gil Herrera

Socio

19.998%

Maria José Gil Herrera

Socio

12.308%

Anita de los Ángeles Gil Herrera

Socio

12.308%

Juan Rafael Alfonso Gil Serrano

Socio

9.2305%

Javiera de los Ángeles Gil Serrano

Socio

9.2305%

Silvia Edith Herrera Brondi

Socio

21.54%

Carmen Elena Serrano Bernal

Socio

15.385%

Historique sociétaire relaté

  1. Succession· 16 octobre 2025

    La sucesión de Jorge Eduardo Gil Valenzuela liquida y adjudica sus derechos sociales en Gil Hermanos entre sus herederos.

    Jorge Eduardo Gil Valenzuela · Jorge Eduardo Gil Herrera · Silvia Edith Herrera Brondi · María José Gil Herrera · Anita de los Ángeles Gil Herrera

  2. Succession· 16 octobre 2025

    La sucesión de Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela liquida y adjudica sus derechos sociales en Gil Hermanos entre sus herederos.

    Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela · Juan Rafael Alfonso Gil Serrano · Carmen Elena Serrano Bernal · Javiera de los Ángeles Gil Serrano

  3. Autre acte· 24 novembre 2025

    Se rectifica la escritura de liquidación y adjudicación de la sucesión de Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela.

    Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior MAURICIO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 03 de febrero de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°2570-2026, /i/ Jorge Eduardo Gil Herrera; /ii/ Maria Jose Gil Herrera; /iii/ Anita de los Ángeles Gil Herrera; /iv/ Silvia Edith Herrera Brondi; /v/ Juan Rafael Alfonso Gil Serrano; /vi/ Javiera de los Ángeles Gil Serrano, y; /vii/ Carmen Elena Serrano Bernal, todos los anteriores en su calidad de únicos y actuales socios de “GIL HERMANOS LIMITADA” /“Gil Hermanos” o la “Sociedad”/ acordaron lo siguiente: PRIMERO. Liquidación y adjudicación. Primero.Uno. Por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo el repertorio N°30.253, la sucesión de Jorge Eduardo Gil Valenzuela, compuesta por sus únicos herederos Jorge Eduardo Gil Herrera, Silvia Edith Herrera Brondi, María José Gil Herrera y Anita de los Ángeles Gil Herrera, realizaron, de consuno, la liquidación y adjudicación de los bienes que componían esta comunidad hereditaria /la “Sucesión de Jorge Eduardo Gil Valenzuela”/. Primero.Dos. Por su parte, por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo el repertorio N°30.242, posteriormente rectificada por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2025, otorgada en la misma Notaría, bajo el repertorio N°34.297, la sucesión de Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela, compuesta por sus únicos herederos Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, Carmen Elena Serrano Bernal y Javiera de los Ángeles Gil Serrano, realizaron, de consuno, la liquidación y adjudicación de los bienes que componían esta comunidad hereditaria /la “Sucesión Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela”/. Primero.Tres. Tanto para la Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela como para la Sucesión Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela, los únicos bienes que componían sus respectivas comunidades hereditarias eran los derechos sociales en Gil Hermanos. De esta forma, los únicos herederos procedieron a liquidar las respectivas comunidades hereditarias y, luego, adjudicaron los derechos sociales en las proporciones que se indican a continuación. Primero.Cuatro. Adjudicación Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela. /A/ A Silvia Edith Herrera Brondi se le adjudicó el 40% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela, equivalentes al 21,54% del capital social de Gil Hermanos. /B/ A Jorge Eduardo Gil Herrera se le adjudicó el 20% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela, equivalentes al 10,77% del capital social de Gil Hermanos. /C/ A María José Gil Herrera se le adjudicó el 20% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela, equivalentes al 10,77% del capital social de Gil Hermanos. /D/ A Anita de los Ángeles Gil Herrera se le adjudicó el 20% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela, equivalentes al 10,77% del capital social de Gil Hermanos. Primero.Cinco. Adjudicación Sucesión Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela. /A/ A Carmen Elena Serrano Bernal se le adjudicó el 50% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela, equivalentes al 15,385% del capital social de Gil Hermanos. /B/ A Juan Rafael Alfonso Gil Serrano se le adjudicó el 25% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela, equivalentes al 7,6925% del capital social de Gil Hermanos. /C/ A Javiera de los Ángeles Gil Serrano se le adjudicó el 25% de los derechos sociales de los que es titular en la Sucesión Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela, equivalentes al 7,6925% del capital social de Gil Hermanos. SEGUNDO. Composición societaria posterior a la liquidación y adjudicación. Como consecuencia de las liquidaciones y adjudicaciones antes indicadas, la composición societaria de Gil Hermanos quedó de la siguiente forma: /A/ Jorge Eduardo Gil Herrera, con la suma equivalente al 19,998% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos; /B/ Maria José Gil Herrera, con la suma equivalente al 12,308% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos; /C/ Anita de los Ángeles Gil Herrera, con la suma equivalente 12,308% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos; /D/ Silvia Edith Herrera Brondi, con la suma equivalente al 21,54% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos; /E/ Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, con la suma equivalente al 9,2305% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos; /F/ Javiera de los Ángeles Gil Serrano, con la suma equivalente al 9,2305% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos; /G/ Carmen Elena Serrano Bernal, con la suma equivalente al 15,385% de la participación en los derechos sociales de Gil Hermanos. TERCERO. Modificación de estatutos. Como consecuencia de lo anterior y con el objeto de dejar constancia de las modificaciones anteriores, se acordó, de consuno, modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo por sus socios y que se distribuye de la siguiente manera: /A/ Jorge Eduardo Gil Herrera, con la suma equivalente al diecinueve coma nueve nueve ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, ochocientos noventa y nueve mil novecientos diez pesos; /B/ Maria José Gil Herrera, con la suma equivalente al doce coma tres cero ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, quinientos cincuenta y tres mil ochocientos sesenta pesos; /C/ Anita de los Ángeles Gil Herrera, con la suma equivalente doce coma tres cero ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, quinientos cincuenta y tres mil ochocientos sesenta pesos; /D/ Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, con la suma equivalente al nueve coma dos tres cero cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, cuatrocientos quince mil trescientos setenta y tres pesos; /E/ Javiera de los Ángeles Gil Serrano, con la suma equivalente al nueve coma dos tres cero cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, cuatrocientos quince mil trescientos setenta y tres pesos; /F/ Silvia Edith Herrera Brondi, con la suma equivalente al veintiuno coma cinco cuatro por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, novecientos sesenta y nueve mil trescientos pesos, y; /G/ Carmen Elena Serrano Bernal, con la suma equivalente al quince coma tres ocho cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, seiscientos noventa y dos mil trescientos veinticinco pesos.” En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de febrero de 2026.

ModificationDiario Oficial · 2025-05-10Voir le PDF (CVE 2644996)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$4.500.000

Capital libéré

$4.500.000

Capital restant dû

$0

Associés (7)

NomParticipation

Jorge Eduardo Gil Herrera

Socio

9.228%

Maria José Gil Herrera

Socio

1.538%

Anita de los Ángeles Gil Herrera

Socio

1.538%

Juan Rafael Gil Serrano

Socio

1.538%

Javiera de los Ángeles Gil Serrano

Socio

1.538%

Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela

Socio

53.85%

Sucesión Juan Rafael Gil Valenzuela

Socio

30.77%

Historique sociétaire relaté

  1. Décès

    Fallece JORGE EDUARDO GIL VALENZUELA y sus herederos actúan en representación de su sucesión.

    JORGE EDUARDO GIL VALENZUELA · Jorge Eduardo Gil Herrera · Silvia Edith Herrera Brondi · Maria Jose Gil Herrera · Anita de los Ángeles Gil Herrera

  2. Décès

    Fallece JUAN RAFAEL ANGEL GIL VALENZUELA y sus herederos actúan en representación de su sucesión.

    JUAN RAFAEL ANGEL GIL VALENZUELA · Juan Rafael Alfonso Gil Serrano · Carmen Elena Serrano Bernal · Javiera de los Angeles Gil Serrano

  3. Cession de droits· 2 mai 2025

    Maria Cecilia Gil Valenzuela y Ana Maria Gil Valenzuela ceden sus derechos a Jorge Eduardo Gil Herrera, Maria José Gil Herrera, Anita de los Ángeles Gil Herrera, Juan Rafael Gil Serrano y Javiera de los Ángeles Gil Serrano.

    Maria Cecilia Gil Valenzuela · Ana Maria Gil Valenzuela · Jorge Eduardo Gil Herrera · Maria José Gil Herrera · Anita de los Ángeles Gil Herrera · Juan Rafael Gil Serrano · Javiera de los Ángeles Gil Serrano

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2025 otorgada ante el notario suplente Mauricio Reinoso Cifuentes, bajo el repertorio N°12.792-2025, /Uno/ Jorge Eduardo Gil Herrera, domiciliado en Cerro Colorado N°6110, departamento 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Silvia Edith Herrera Brondi, domiciliada en Robinson Crusoe N974, departamento 43, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Maria Jose Gil Herrera, domiciliada en calle Charles Hamilton N°10.046, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y; Anita de los Angeles Gil Herrera, domiciliada en calle Mateo de Toro y Zambrano N°1601 casa E, comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; todos los anteriores por sí y en su calidad de únicos herederos, actuando de consuno y en representación de la sucesión del fallecido don JORGE EDUARDO GIL VALENZUELA /“Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela”; /Dos/ Juan Rafael Alfonso Gil Serrano, domiciliado en Pasaje Crepúsculo N°9632, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Carmen Elena Serrano Bernal, domiciliada en Avenida Chamisero N°13.316 casa 30, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; Javiera de los Angeles Gil Serrano, domiciliada en Bosques de Montemar Oriente N°2053, comuna y ciudad de Concón, Región de Valparaíso, y de paso en esta; todos los anteriores por sí y en su calidad de únicos herederos, actuando de consuno y en representación de la sucesión del fallecido don JUAN RAFAEL ANGEL GIL VALENZUELA /“Sucesión Juan Rafael Angel Gil Valenzuela”/; /Tres/ MARIA CECILIA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado N°6110, departamento 221, comuna Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; /Cuatro/ ANA MARIA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado N°6110, departamento 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, todos los anteriores en su calidad de únicos y actuales socios de “GIL HERMANOS LIMITADA” /la “Sociedad”/ acordaron: /i/ Cesión de derechos: La cesión de los derechos de Maria Cecilia Gil Valenzuela y Ana Maria Gil Valenzuela en la Sociedad, a Jorge Eduardo Gil Herrera, a Maria José Gil Herrera, a Anita de los Ángeles Gil Herrera, a Juan Rafael Alfonso Gil Serrano y a Javiera de los Ángeles Gil Serrano, en los términos, proporciones y condiciones indicados en la referida escritura. /ii/ Modificación de estatutos: En razón de lo anterior, y con el objeto de dejar constancia de las cesiones acordadas, se modificó el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, el cual se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo por sus socios y que se distribuye de la siguiente manera: /A/ Jorge Eduardo Gil Herrera, con la suma equivalente al nueve coma doscientos veintiocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, cuatrocientos quince mil doscientos sesenta pesos; /B/ Maria José Gil Herrera, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; /C/ Anita de los Ángeles Gil Herrera, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; /D/ Juan Rafael Gil Serrano, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; /E/ Javiera de los Ángeles Gil Serrano, con la suma equivalente al uno coma quinientos treinta y ocho por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, sesenta y nueve mil doscientos diez pesos; /F/ Sucesión Jorge Eduardo Gil Valenzuela, integrada por Silvia Edith Herrera Brondi, cónyuge sobreviviente, Jorge Eduardo Gil Herrera, Maria José Gil Herrera y Anita de los Ángeles Gil Herrera con el cincuenta y tres coma ochenta y cinco por ciento de la participación en los derechos sociales, esto es, dos millones cuatrocientos veintitrés mil doscientos cincuenta pesos, y; /G/ Sucesión Juan Rafael Gil Valenzuela, integrada por Carmen Elena Serrano Bernal, cónyuge sobreviviente, Juan Rafael Alfonso Gil Serrano y Javiera de los Ángeles Gil Serrano, con el treinta como setenta y siete por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, un millón trescientos ochenta y cuatro mil seiscientos cincuenta pesos.” En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de mayo de 2025.

ModificationDiario Oficial · 2022-11-02Voir le PDF (CVE 2210852)

Informations sociétaires

Ltda

Objet social

A) Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades, acciones, bonos, valores mobiliarios y en general efectos de comercio, administrarlos y explotarlos bajo cualquier forma, percibir sus frutos y reinvertirlos, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones. B) Adquirir y enajenar toda clase de bienes corporales e incorporales, incluso derechos y acciones con propósito de inversión o renta. C) La compra y venta de bienes inmuebles, como también la administración de estos, el desarrollo, ejecución y administración de toda clase de proyectos y negocios, y la participación en empresas y otras sociedades, como socio de ellas o en cualquier otra calidad y cualquiera sea su objeto. D) Realizar cualquier otro objeto que los socios acuerden.

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 14 septembre 1981

    Constitución de la sociedad GIL HERMANOS LIMITADA

  2. Autre acte· 10 octobre 1984

    Primera modificación de la sociedad

  3. Autre acte· 4 mai 1988

    Segunda modificación de la sociedad

  4. Autre acte· 2 mai 2022

    Última modificación anterior a la publicada

Texte officiel de l’extrait

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, piso 2, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública, de fecha 25 de octubre de 2022, Repertorio Nº46369, otorgada ante mí: La comunidad hereditaria o sucesión de don Jorge Eduardo Gil Valenzuela compuesta por don JORGE EDUARDO GIL HERRERA, domiciliado en Cerro Colorado Nº 6221, departamento Nº 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación, de doña SILVIA EDITH HERRERA BRONDI, domiciliada en Robinson Crusoe Nº 964, departamento Nº43, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana, de doña MARÍA JOSÉ GIL HERRERA, domiciliada en Petrouska Nº 1513, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, región Metropolitana y de doña ANITA DE LOS ÁNGELES GIL HERRERA, domiciliada en Alonso de Camargo Nº 6167, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana; La comunidad hereditaria o sucesión de don Juan Rafael Ángel Gil Valenzuela compuesta por don JUAN RAFAEL ALFONSO GIL SERRANO, domiciliado en El Manantial Nº 1770, departamento Nº 304, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación, de doña CARMEN ELENA SERRANO BERNAL, domiciliada en avenida Chamisero Nº 15921, casa Nº 27, comuna de Colina, ciudad de Santiago, región Metropolitana, y de doña JAVIERA DE LOS ÁNGELES GIL SERRANO, domiciliada en José María Escrivá de Balaguer Nº 930 Torre A, departamento 401, comuna y ciudad de Concón, región de Valparaíso; Doña ANA MARÍA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado Nº 6110, departamento Nº 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana; y doña MARÍA CECILIA GIL VALENZUELA, domiciliada en Cerro Colorado Nº 6110, departamento Nº 221, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, región Metropolitana, acuerdan modificar la sociedad “GIL HERMANOS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 1981 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.414, Nº 10.155, del año 1981; la cual fue modificada por escritura pública de fecha 10 de octubre de 1984 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 17.168, Nº 9.265, del año 1984; modificada por escritura pública de fecha 04 de mayo de 1988 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 10.718, Nº 5.762, del año 1988; la última modificación de la sociedad consta en escritura pública de fecha 02 de mayo de 2022 e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 54.176 Nº 24.107 del año 2022; en los siguientes términos: modificar el objeto social y reemplazar la cláusula “Dos” del pacto social de la Sociedad, quedando del siguiente tenor: “Dos: El objeto de la sociedad será: A) Realizar todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades, acciones, bonos, valores mobiliarios y en general efectos de comercio, administrarlos y explotarlos bajo cualquier forma, percibir sus frutos y reinvertirlos, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionados con estas inversiones. B) Adquirir y enajenar toda clase de bienes corporales e incorporales, incluso derechos y acciones con propósito de inversión o renta. C) La compra y venta de bienes inmuebles, como también la administración de estos, el desarrollo, ejecución y administración de toda clase de proyectos y negocios, y la participación en empresas y otras sociedades, como socio de ellas o en cualquier otra calidad y cualquiera sea su objeto. D) Realizar cualquier otro objeto que los socios acuerden.” En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas originales del pacto social y sus modificaciones. Santiago, 27 de Octubre de 2022.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    GIL HERMANOS LIMITADA

    CVE 2813909

  2. MODIFICACIÓN

    GIL HERMANOS LIMITADA

    CVE 2769180

  3. MODIFICACIÓN

    GIL HERMANOS LIMITADA

    CVE 2644996

  4. MODIFICACIÓN

    Gil Hermanos Limitada

    CVE 2210852

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)